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Convenios multilaterales objetivos - convenio simon rodriguez



CONVENIOS MULTILATERALES

Es un escrito celebrado entre Estados con un grado de formalidad mucho menor al de un tratado. Normalmente un convenio es acordado en aspectos económicos y comerciales entre los Estados. Los convenios pueden estar dados entre dos Estados, denominado un convenio bilateral, normalmente celebrado para brindar facilidades en materias comerciales. Pero también existe otra forma de convenios celebrados entre mas de dos Estados, el cual se denomina multilateral, en el cual, el acuerdo tiene un caracter mas normativo respecto de aspectos contemplados dentro del Derecho Internacional.
En un convenio por lo regular se hace la negociación de temas que afectan de manera general los miembros de la comunidad internacional.

CONVENIO ANDRES BELLO
El Convenio Andrés Bello es una organización de caracter intergubernamental e internacional con sede en Bogota, Colombia, que desde 1970 trabaja en procesos de integración educativa, científica, tecnológica y cultural en el ambito iberoamericano.

ORIGEN
A comienzos de junio de 1969, durante una reunión preparatoria del Consejo Interamericano de Educación, Ciencia y Cultura (CIECC), que se llevaría a cabo en Puerto España (Trinidad), Octavio Arizmendi Posada, ministro de Educación de Colombia, propuso a sus homólogos de los países andinos la iniciación de un esfuerzo conjunto en los campos educativo, científico y cultural. La iniciativa se concretó en la Declaración de Puerto España, documento en el cual se acepta la realización de una reunión deministros de Educación de la región andina para dar mayor fluidez y celeridad a obras comunes en la Educación, la Ciencia la Tecnología y la Cultura en general.
La reunión del Consejo Interamericano de Educación, Ciencia y Cultura (CIECC) se realizó en Bogota, Colombia, el 27 de enero de 1970 y el 31 del mismo mes, durante la sesión de clausura, se suscribió el convenio que empezó a regir el 24 de noviembre del mismo año.
La organización se vio fortalecida con el ingreso de Panama en 1980, España en 1982 y Cuba en 1998. En el año 2001, con la adhesión de Paraguay, la organización se acerca a los países integrantes del


Mercosur. En 2004, adhiere a México y en el año 2006 lo hace República Dominicana.
El sector educativo del Mercosur ha iniciado una cooperación con el Convenio Andrés Bello desde 1997 y los temas centrales de las reuniones entre ambos organismos se refieren al reconocimiento de estudios, títulos y grados, y a la enseñanza de la historia y la geografía.

En 1998 el convenio comenzó a institucionalizar la participación de las universidades con la creación de las 'Catedra Andrés Bello'. La primera reunión de coordinación se llevó a efecto en Bogota en octubre de 1998 y en dicha oportunidad el Secretario Ejecutivo manifestó el interés que han demostrado Brasil y Paraguay para adherirse al Convenio. En esta ocasión se contó con la participación de la Universidad de Río de Janeiro, Brasil, que tendra a su cargo la catedra Andrés Bello sobre juventud, educación y empleo.
El 14 de noviembre de 2007, en lareunión extraordinaria de ministros de educación del Convenio Andrés Bello, celebrada en Cartagena de Indias, Colombia, el Director de Cooperación Internacional de la Secretaría de Educación de la República Argentina, señor Miguel Vallone, hizo entrega oficial de la comunicación del Secretario de Educación de Argentina, Juan Carlos Tedesco, en la que solicita formalmente la adhesión de la República Argentina a la Organización Internacional del Convenio Andrés Bello.
Hace algunos meses, éste convenio ha estado viviendo una fuerte crisis, originada por una malversación de fondos por parte de un funcionario de la Secretaría, ubicada en Bogota, Colombia. Como una forma de cubrir los gastos, se optó por vender y cerrar ésa sede. El día Domingo 20 de Junio de 2010 se ha citado a una junta en República Dominicana, en la cual se definira el futuro de éste convenio y su nueva sede.



CONVENIO SIMON RODRIGUEZ

El Convenio Simón Rodríguez es el foro de debate, participación y coordinación para los temas socio-laborales de la Comunidad Andina y forma parte del Sistema Andino de Integración (SAI). Participan de sus trabajos, en igualdad de número y condiciones, representantes del Consejo Asesor de Ministros de Trabajo y de los Consejos Consultivos, Empresarial y Laboral Andinos.
 

OBJETIVOS  

1.
Proponer y debatir iniciativas en los temas vinculados al ambito socio-laboral que signifiquen un aporte efectivo al desarrollo de la Agenda Social de la Subregión, contribuyendo con la actividad de los demasórganos del Sistema Andino de Integración (SAI).
2. Definir y coordinar las políticas comunitarias referentes al fomento del empleo, la formación y capacitación laboral, la seguridad y salud en el trabajo, la seguridad social, las migraciones laborales; así como otros temas que puedan determinar los países miembros.
3. Proponer y diseñar acciones de cooperación y coordinación entre los países miembros en la tematica socio-laboral andina.
 

ORGANOS DEL CONVENIO SIMÓN RODRIGUEZ
 

El Convenio tiene tres órganos principales:
La Conferencia, instancia maxima del Convenio, adopta sus Recomendaciones por consenso. Esta integrada por los Ministros de Trabajo de los países miembros de la Comunidad Andina, los Coordinadores de los Capítulos Nacionales del Consejo Consultivo Empresarial Andino y los Coordinadores de los Capítulos Nacionales del Consejo Consultivo Laboral Andino.
Las Comisiones Especializadas de Trabajo, que se constituyen por decisión de la Conferencia y brindan asesoría al Convenio. Estan integradas de manera tripartita, por representantes designados por los Ministerios de Trabajo y por los Consejos Consultivos Empresarial y Laboral Andinos.
La Secretaría Técnica, que es la instancia de coordinación y apoyo del Convenio Simón Rodríguez. La Secretaría General de la Comunidad Andina asume las funciones de Secretaría Técnica del Convenio. No obstante, la Conferencia podra someter a consideración del Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores la conveniencia de establecer la sedepermanente del Convenio en Quito, Ecuador.
 
VIGENCIA

El Protocolo Sustitutorio del Convenio Simón Rodríguez entrara en vigencia cuando todos los países miembros hayan efectuado el depósito del instrumento de ratificación ante la Secretaría General de la Comunidad Andina.
Después de su entrada en vigencia, el Convenio Simón Rodríguez quedara abierto a la adhesión de cualquier otro país que alcance la condición de país miembro asociado de la Comunidad Andina.

Las fechas de depósito del instrumento de ratificación del Convenio Simón Rodríguez ante la Secretaría General de la Comunidad Andina han sido las siguientes:
Perú: 5 de diciembre de 2001.
Ecuador: 14 de abril de 2003.
Bolivia: 2 de diciembre de 2004.
Venezuela: 2 de mayo de 2005.
Colombia: pendiente de completar este tramite.
 
ANTECEDENTES  

El Protocolo Sustitutorio del Convenio Simón Rodríguez fue suscrito por los Ministros de Relaciones Exteriores de los países miembros de la Comunidad Andina en la ciudad de Valencia, República Bolivariana de Venezuela, el 23 de julio de 2001, luego de mas de dos años de intensos trabajos desplegados por el Consejo Asesor de Ministros de Trabajo de la Comunidad Andina en la formulación del proyecto técnico correspondiente. Dicho consejo, como se sabe, recibió este especial mandato de parte del Consejo Presidencial Andino en su reunión de Cartagena de Indias en Mayo de 1999.


Como su nombre lo indica, este Protocolo sustituye los textos del original Convenio firmado elaño 1973 así como su modificación del año 1976. Como se sabe, en esa época el Convenio Simón Rodríguez funcionó como un foro exclusivo de Ministros de Trabajo de los países andinos.
El actual Protocolo Sustitutorio transforma al Convenio Simón Rodríguez en el privilegiado espacio de convergencia y concertación de intereses de los tres sectores involucrados con la tematica socio-laboral dentro del proceso andino de integración, esto es, el Consejo Asesor de Ministros de Trabajo y los Consejos Consultivos Empresarial y Laboral Andinos.

CONVENIO RODRIGO LARA BONILLA

Fue firmado en Lima, Perú el 30 de Abril de 1986 y sus miembros son los países asociados del Acuerdo de Cartagena, fue creado con la finalidad de prevenir el uso indebido y la represión del trafico ilícito de estupefacientes y sustancias psicotrópicas.

Atendiendo a los compromisos que han contraído como partes en los instrumentos multilaterales vigentes sobre la materia y a la recomendación No. 93 del Parlamento Andino de Mayo de 1994. A la Declaración de Quito contra el Narcotrafico del 10 de agosto de 1984 y a la Declaración de Nueva York contra el trafico y uso ilícito de drogas del 1 de Octubre de 1984, recordando que el trafico ilícito de drogas constituye un delito contra la humanidad, conscientes que es un deber combatir este delito en todas sus formas teniendo en cuenta las dificultades que plantea la lucha contra el trafico ilícito de drogas en las areas de frontera de difícil acceso.
Hay interesados en fomentar la cooperación parala prevención del uso indebido y la represión del trafico ilícito de drogas, mediante la armonización de políticas y la ejecución de programas concretos, de conformidad con sus respectivos ordenamientos constitucionales y legales resuelven suscribir el presente Convenio.

CONVENIO IBEROAMERICANO DE SEGURIDAD SOCIAL

DESARROLLO DEL CONVENIO

La iniciativa de este Convenio parte de la V Conferencia Iberoamericana de Ministros y Maximos Responsables de la Seguridad Social, celebrada en Segovia, España, en 2005 y unanimemente acogida por la XV Cumbre Iberoamericana de Jefes de Estado y de Gobierno que tuvo igualmente lugar en España, en Salamanca, en ese mismo año y que encomendó a la Secretaría General Iberoamericana y a la Organización Iberoamericana de Seguridad Social los trabajos necesarios para su implementación.

Se inicia a partir de entonces un proceso, muy rico, de intercambio de experiencias, de elaboración de propuestas, de analisis, debate y búsqueda de soluciones que, con la inestimable colaboración de los gobiernos e instituciones de Seguridad Social de los países implicados y tras múltiples borradores y varias reuniones técnicas culmina en 2007, cuando la VI Conferencia Iberoamericana de Ministros y Maximos Responsables de la Seguridad Social aprueba consensuada mente el texto definitivo del Convenio en la ciudad de Iquique, en Chile. Texto que, también en 2007, es adoptado por unanimidad por la XVII Cumbre Iberoamericana de Santiago de Chile y que, en ese mismo acto, fue ya suscrito por doce delos países participantes en la Cumbre.

Entra así el Convenio en una segunda fase en la que, por una parte, los países firmantes, catorce ya en la actualidad, deben someter el texto a ratificación parlamentaria de acuerdo con su legislación interna, puesto que como antes se apuntaba - se trata de un acuerdo multilateral entre países, que a pesar de estar unidos por importantes lazos históricos, culturales, económicos y sociales, no dispone de una estructura jurídico-política común, como es el caso de la Unión Europea. Y por otra parte y en paralelo con ese proceso se inicia, a su vez y con la misma metodología, el de elaboración del Acuerdo de Aplicación del Convenio, norma de desarrollo necesaria para su efectiva vigencia, cuyo texto es aprobado el pasado año 2009 por la VII Conferencia de Ministros y Maximos Responsables de la Seguridad Social, en Lisboa, y acogido por la XIX Cumbre Iberoamericana celebrada en Estoril (Portugal).

Se cierra con ello, en un plazo comparativamente muy corto, el desarrollo normativo de este instrumento internacional que entrara en vigor una vez haya sido formalmente ratificado por siete países de la Comunidad Iberoamericana, lo que en estos momentos han hecho ya cinco de ellos, estando en varios otros en avanzado estado de tramitación, lo que hace aventurar que esa vigencia pueda producirse en este mismo año 2010.

CONTENIDO DEL CONVENIO

Se trata de un Convenio de coordinación de legislaciones nacionales que, partiendo del mas absoluto respecto a las mismas, así como de lavigencia de los convenios bilaterales cruzados existentes entre los 22 países de la Comunidad Iberoamericana, viene a complementar estos últimos, extendiendo y completando su ambito de acción y, en su caso, incorporando las nuevas realidades existentes. De manera que cuando en un mismo supuesto sean aplicables tanto el Convenio Multilateral, como un convenio bilateral vigente entre dos países, se aplicaran las disposiciones que resulten mas favorables al beneficiario.

El ambito material de aplicación del Convenio Multilateral Iberoamericano de Seguridad Social abarca las prestaciones económicas contributivas de invalidez, vejez, supervivencia y las derivadas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales. Mientras que se excluyen expresamente las prestaciones no contributivas, las de asistencia social y las reconocidas a favor de víctimas de guerra. Se excluyen también las prestaciones sanitarias, dadas las mayores dificultades de coordinación en este campo, pero el propio Convenio recoge la posibilidad de que dos o mas Estados Parte del mismo puedan ampliar entre ellos este ambito material de aplicación, inscribiendo los acuerdos bilaterales o multilaterales alcanzados en el Anexo previsto a tal efecto.

El Convenio recoge y respeta plenamente los principios generales comúnmente aceptados en los instrumentos de coordinación en materia de Seguridad Social en el ambito internacional y que constituyen también la base de los Reglamentos Europeos.

CONVENIO HIPOLITO INANUE

ANTECEDENTES

El OrganismoAndino de Salud – Convenio Hipólito Inanue es un acuerdo de cooperación firmado en 1.971 por los Ministros de Salud de Bolivia, Colombia, Chile; Ecuador, Perú y Venezuela, con el propósito de contribuir al mejoramiento de la salud de sus poblaciones y desarrollar acciones coordinadas para enfrentar problemas comunes en salud. Esta dirigido por la Reunión de Ministros de Salud del Area Andina (REMSAA) y cuenta con una secretaría ejecutiva con sede permanente en la ciudad de Lima, Perú. A partir de 1.998 es adscrito al Sistema Andino de Integración y se incorpora a su nombre el Organismo Andino de Salud.

El ORAS CONHU tiene como misión promover y facilitar la armonización de políticas, el intercambio de experiencia entre los países, y la generación de respuesta a los problemas comunes de salud, en el marco de la Integración Andina y la concepción de la salud como Derecho social fundamental.

PROPOSITO

El ORAS CONHU y UDUAL han considerado que tienen una afinidad institucional por cuanto las dos orientan sus acciones hacia el desarrollo social en sus campos de competencia, en este orden una sinergia entre sus potenciales y capacidades servira para generar la cooperación interinstitucional en temas relacionados con el desarrollo de Recursos Humanos en general, investigaciones conjuntas sobre temas de relevancia relacionados con la teoría y practica de salud pública, así como la producción documental de trabajos relevantes relacionados con la salud y la educación superior en América Latina y del Caribe.




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