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Carrera de derecho



UNIVERSIDAD AUTÓNOMA INDÍGENA DE MÉXICO
Derecho Constitucional

CARRERA DE DERECHO



MOCHICAUI EL FUERTE DE SINALOA.
“La Constitución”
En definitiva, el concepto de Constitución se construye a partir de la jerarquía entre normas. Las normas Constitucionales no se diferencian de las demas por su objeto, que puede ser cualquiera, y no necesariamente la Organización del estado ni la función normadora de sus órganos superiores. Tampoco se identifican por su forma, por estar incluidas en un texto aprobado como constitución escrita. Se identifican por la relación que guardan con las demas: por la superioridad respecto de la legislación, de toda la creación normativa y de todos los actos de aplicación de la misma.


De Otto Ignacio, Derecho Constitucional
Sistema de Fuentes, Pagina 17.
ISBN 978-84-344-1530-0

Rafael de Pina Varaentiende por constitución como “Orden jurídico que constituye el estado, determinando su estructura política, sus funciones características, los encargados de cumplirlas, los derechos y obligaciones de los ciudadanos y el sistema de garantías necesarias para el mantenimiento de la legalidad.
Ignacio Burgoa hace referencia a este concepto señalando: “Es el ordenamiento fundamental y supremo y supremo en el que se proclaman los fines primordiales del estado y se establecen las normas basicas a las que debe ajustarse su poder público de imperio para realizarlos.
Burgoa Ignacio, Derecho Constitucional
Mexicano, p. 281.

Jorge Carpizo concibe a la Ley fundamental como: “La constitución real en un país de Constitución escrita no es ni la realidad, ni la hoja de papel, sino el punto de realidad jurídica valorada y el folleto se infieren, así la constitución de un país es un eterno duelo entre ser y debe ser, entre la realidad y norma.

Mario de la Cueva menciona: “La constitución vivida o creada es la fuente primaria colocada por encima delEstado, porque contiene la esencia del orden político y jurídico, por lo tanto, la fuente de la que van a emanar todas las normas de la conducta de los hombres y la determinan la estructura y actividad del Estado.”
En primera instancia se hizo lugar a las dos pretensiones de la novia pero la Camara revocó la sentencia en cuanto ésta había acogido favorablemente la pretensión indemnizatoria porque consideró que no se encontraba probado el dolo o culpa de la finalización del noviazgo; puso de resalto la libertad de casarse y al de no hacerlo; señaló que el rompimiento de un noviazgo de por sí no da derecho a indemnizar el daño moral que puede causar a quien se ve rechazado. Entendió que para que exista tal responsabilidad debeexistir un obrar culpable o doloso que en el caso no lo consideró configurado porque: (i) no había fecha de matrimonio (ii) se entendió que la ruptura no había sido intempestiva.
B. Casos en los que se pretende la restitución de donaciones.
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Demanda por fraude
En el año 1954 un hombre soltero se puso de 'novio' con una mujer casada, ésta le prometió divorciarse de su marido y casarse con él. El joven le compró un departamento a la mujer, lo inscribió a su nombre y le hizo regalos importantes. La relación duró hasta principios del año 1955 fecha en la cual la mujer cambió la cerradura del departamento y le impidió el ingreso a quien se lo regalara, motivo por el cual él la denunció penalmente por defraudación y se constituyó en querellante. La mujer fue condenada en primera instancia y absuelta por la Camara quien consideró que no hubo ardid en los términos requeridos por el Código Penal totalmente justificable de acuerdo a la índole de relaciones mantenidas. Si la demanda hubiera sido entablada en sede civil, el novio frustrado podría haber tenido éxito si lo hubiera encarado por la restitución de donaciones hecha con el animo de celebrar matrimonio (8) Restitución de anillo de familia
La sala F de la Camara Nacional Civil de la Capital hizo lugar a la pretensión de un novio quien ante el fracaso de su relación reclamó la devolución de un anillo regalado a su prometida, que era una joya quehabía pertenecido a su abuela. El tribunal entendió que la entrega del anillo le había sido hecho con fines del matrimonio, de acuerdo a la costumbre, y que la no celebración de éste obligaba a su devolución (9) Restitución de televisor, equipo de música y lustra aspiradora, regalados a la novia. Donación condicionada al matrimonio.
La sala B del mismo tribunal consideró que el televisor, la lustra aspiradora y el tocadisco regalados a la novia lo habían sido con causa de matrimonio y que la no celebración de éste obligaba a restituir las donaciones, aún cuando fuera el donante el culpable de la finalización del noviazgo (10) Restitución de muebles. Aplicación de las reglas del contrato de depósito. Dos fallos resueltos por tribunales diferentes dieron diferente solución al problema de las compras realizadas por un novio y entregadas al otro. La sala 2ª de la Camara Civil y Comercial de Rosario y la sala A de la Camara Nacional Civil de la Capital (11) entendieron que en estos casos los muebles habían sido entregados en depósito y que si el noviazgo fracasaba aquel que los tenía bajo su custodia debía entregarlos al otro cónyuge. En el caso fallado por la sala A, no se hizo lugar a la pretensión del novio que se le devolvieran los muebles que él decía que le había entregado a su novia por cuanto no se consideró probado que éstos fueran comprados por el reclamante, ya que la novia trabajaba y logróacreditar que no debía aportar a su hogar para su manutención, motivo por el cual el tribunal presumió que los bienes en cuestión habían sido comprados por la mujer con el producido de su trabajo, ya que el novio había adquirido el inmueble que sería sede del hogar conyugal (12).
En el caso fallado en Ro Garza García Cesar, Derecho
Constitucional Mexicano, p.24.

Conclusión

Se ha llegado a la conclusión de que la Constitución, debe realizarse con el objeto de establecer distintos puntos con respecto al aseguramiento para los miembros de una comunidad social entre los cuales podemos mencionar las funciones sus poderes del Estado, su actividad, así como los derechos individuales y las garantías constitucionales que se le deben reconocer a los ciudadanos.
También que la Constitución, es una constitución de orden escrito y que para su modificación requiere de un proceso especial, aunque el hecho de que sea una ley escrita no puede considerarse como un papel en el que se escribe muchas palabras y no se cumplen, sino que es la misma necesidad social la que origina que estas normas sean creadas y reformadas para su buen funcionamiento.


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