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Adopcion - trabajo monografico- sintesis



TRABAJO MONOGRAFICO- SINTESIS-

ADOPCION: institución que viene a dar una respuesta a situaciones de indefensión en las que se encuentra el menor (sujeto de derecho).-
Dicha institución no es una creación de éste siglo, ya la conocían en la remota antigüedad.-

ARGENTINA: Vélez Sarfield no la incorporó al Código Civil.-

1.- LEY 13.252 (Año 1.948): ingresa el instituto de la adopción a nuestro derecho positivo pero limitado a la modalidad de “SIMPLE”.-
* Solo podían adoptarse menores de 18 años, y un menor de cada sexo; excepción: adopciones efectuadas todas en un mismo acto.-
* Adoptante: 40 años cumplidos, o menos si se trataba de matrimonio con mas de 8 años de casados y sin hijos; debía ser 18 años mayor que el adoptado.-
* Un hermano no podía adoptar a otro pero los abuelos si podían adoptar a los nietos.-


* Previo a la adopción debía cumplirse con el requisito de “tener durante 2 años los cuidados de un padre” respecto del menor que se pretendía adoptar (la GUARDA LEGAL fue incorporada por la ley posterior).-

2.- LEY 19.134 (Año 1.971): incorporó la modalidad de la “ADOPCION PLENA”.-
* Establecía que todo menor “no emancipado” podía ser adoptado.-
* Adoptante: 35 años de edad cumplidos o matrimonios que llevaran mas de 5 añosde casados o menos si acreditaban la imposibilidad de procrear; debía existir una diferencia de 18 años entre adoptante y adoptado.-
* Prohibía a los abuelos adoptar a los nietos.-
* Estableció el requisito de la “GUARDA” previa a la adopción, fijandole un plazo de duración de un año.-
* Admitió la adopción simultanea o sucesiva de uno o varios menores, de uno u otro sexo.-
* FORMA: otorgada por juez competente (el del domicilio del adoptante o lugar donde se otorgó la guarda). No exigía la citación del Padre/Madre al juicio de adopción; tampoco admitía que se presentaran espontaneamente cuando “hubieren manifestado expresamente su voluntad de que el menor sea adoptado, ante el órgano estatal competente, autoridad judicial o por instrumento público” (ello fue calificado por la doctrina desde el primer momento como “una aberración legal” ya que el estado de familia es irrenunciable.-

3.- LEY 24.779 (Año 2.004): presenta como hecho novedoso la “incorporación” del texto normativo sobre adopción al Código Civil, dentro de la Sección II, del Libro I, Art. 311 a 345.-

- WILLIAM A. GOMEZ ARANGO.
Capital: $40.000.000.
No. Cuotas: 8

- JHOVANA GARZON MALDONADO.
Capital: $45.000.000.
No. Cuotas: 9

- NINI JHOHANA BERDUGO.
Capital: $35.000.000.
No. Cuotas: 7

- SANDRA GORDILLO ACOSTA.
Capital: $30.000.000.
No. Cuotas: 6

Todos los socios pagaron sus cuotas en dinero efectivo, para un total de ciento cincuenta millones de pesos moneda corriente ($150.000.000).

PAR. La responsabilidad de todos y cada uno de los socios esta limitada hasta el monto de sus aportes.

ART. 6°. La sociedad podra aumentar sucapital por nuevos aportes de sus socios o por admisión de nuevos socios o por acumulación de partidas no inferiores a treinta millones de pesos ($30.000.000) tomados de las utilidades que produzca la sociedad y por determinación mayoritaria de los socios. Siempre que haya el aumento, la sociedad reformara sus estatutos.

ART. 7°: Ninguno de sus socios tiene sus cuotas representadas en títulos, ni son negociables en el mercado accionario, pero si podran cederse, previa aprobación de la Junta de Socios. Toda cesión implica una reforma estatutaria y la escritura sera otorgada por el representante legal, cedente y el cesionario.

ART. 8. El socio que pretenda ceder sus cuotas las ofrecera a los demas socios por conducto del representante legal de la compañía, quien les dara traslado inmediatamente y por escrito a fin de que dentro de los quince días habiles siguientes al traslado manifiesten si tienen interés en adquirirlas. Transcurrido este lapso los socios que acepten la oferta tendran derecho a tomarlas a prorrata de las cuotas que posean. En caso de que alguno o algunos no las tomen, su derecho acrecera a los demas, también a prorrata. El precio, el plazo y las demas condiciones de la cesión se expresan en la oferta.
ART. 9. Si los socios interesados en adquirir las cuotas discreparen respecto del precio o plazo, se designaran peritos, conforme al procedimiento que indique la ley para que fijen uno u otro. El justiprecio y el plazo determinados seranobligados por las partes. Sin embargo, éstas podran convenir en que las condiciones de la oferta sean definitivas si fueren mas favorables a los presuntos cesionarios que las fijadas por los peritos.
ART. 10. Si ningún socio manifiesta interés en adquirir las cuotas dentro del plazo señalado en el artículo 8°, ni se obtiene el voto de la mayoría 60% de las cuotas en que se divide el capital social para el ingreso de un extraño, la sociedad presentara por conducto de su representante legal, dentro de los sesenta días habiles siguientes a la petición del cedente, una o mas personas que las adquieran, aplicando para el caso las normas que antes se han expresado. Si dentro de los veinte días habiles siguientes no se perfecciona la cesión, los socios optaran por decretar la disolución de la sociedad o la exclusión del socio interesado en ceder las cuotas, las que se liquidaran en las formas indicadas en los artículos anteriores.
ART. 11. La dirección y administración de la sociedad estara a cargo de los siguientes órganos

a- La junta general de socios;
b- El gerente; y
c- Subgerente.

La sociedad también podra tener un revisor fiscal, cuando así lo dispusiere cualquier número de socios excluidos de la administración que representen no menos del veinte por ciento (20%) del capital o cuando las leyes preexistes lo exijan.

ART. 12. La junta general la integran los socios reunidos con el quórum y demas condiciones establecidas en los estatutos y enla ley.
Sus reuniones seran ordinarias o extraordinarias. Las ordinarias se celebraran dentro de los tres (3) primeros meses de cada año, por convocatoria hecha por el gerente o el 20% de los socios de la sociedad, mediante comunicación escrita dirigida a cada uno de los socios con quince (15) días habiles de anticipación y su objeto sera tratar y examinar cualquier situación relacionada con el giró no En ésta ley el principio rector es“EL SUPERIOR INTERES DEL MENOR”, concepto que debe analizarse en cada caso concreto, conforme a las particularidades que presente el mismo, y que noadmite una definición en abstracto. Lo que si puede decirse, es que tiende a que se respeten las necesidades del menor, de acuerdo a sus requerimientos físicos, mentales, emocionales, educativos y religiosos; constituyendo una pauta interpretativa para resolver conflictos cuando confluyen factores de riesgo.-
* Estable que es admisible la adopción de todo menor no emancipado.-
* El adoptante debe ser 18 años mayor que el adoptado. No pudiendo adoptar quienes no hayan cumplido 30 años de edad, salvo el caso de matrimonios con mas de tres años de casados, o incluso menos si acreditaren la imposibilidad de procrear.-
* No pueden los ascendientes adoptar a los descendientes; ni un hermano a otro hermano o medio hermano.-
* Para otorgar la guarda exige que se cite al progenitor, a fin de que otorgue su consentimiento. Este período tiene un plazo mínimo de seis meses y maximo de un año (lo fija el juez). Solo puede ser otorgada legalmente.-
* Prohíbe expresamente “la entrega de menores en guarda mediante Escritura Pública o Acto Administrativo”.-
* Admite dos tipos de adopción: SIMPLE y PLENA.-

SALTA: Acordada 8.640, establece la creación de un Registro Único de Aspirantes a la Adopción (en el anexo de la Acordada se encuentra el Reglamento).-


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