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Manejo de la economia nacional




AUTORIDADES ECONÓMICAS, MONETARIAS, CAMBIARIAS, BURSATILES Y FINANCIERAS
* ORGANISMOS DE REGULACION, CONTROL Y VIGILANCIA DEL SECTOR FINANCIERO:
* CONPES: El Consejo Nacional de política Económica y S o c i a l – CONPES –
* PLANEACIÓN NACIONAL
* MINISTERIO DE HACIENDA
* MINISTERIO DE COMERCIO EXTERIOR
* FOGAFIN
* SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA
* BANCO DE LA REPÚBLICA
* 1 . 1 . C O N P E S
* E l Consejo   Nacional de política Económica  y Social – C O N P E S - ,  
Presidido Por El Jefe De Estado y Con  La Participación De  Varios Ministros, Entre Ellos Los Jefes De Las Carteras De Hacienda, Desarrollo, Comercio Exterior  y  Agricultura, Así Como El  Jefe De Plantación  Nacional, De Fine Las Pautas y Programas  a Partir De Los  Cuales El Ejecutivo Desarrolla Sus Políticas De Desarrollo Económico y Social .


* 1 . 2 . P L A N E A C I Ó N   N A C I O N A L
El Departamento Nacional De Planeación, como Organismo Institucional, Y El Con pes Como Organismo Asesor Principal De La Administración, Constituyen El Conducto Por Medio Del Cual, El Presidente De La República Ejerce Su función De Maximo Orientador De La Planeador Nacional
1. 3 . M I N I S T E R I O   D E   H A C I E N D A
Tiene Como Objetivo La Definición, Formulación y Ejecución De La Política Económica Del País.
De Los PlanesGenerales, Programas y Proyectos Relacionados, Así Como La Preparación De Las Leyes, Decretos y Regulación, En Materia Fiscal, Tributaria, Aduanera, De Crédito Publico, Presupuesta, De Tesorería, Cooperativa, Financiera, Cambiaría, Monetaria, y Crediticia Sin Prejuicio Las Atribuciones Conferidas Ala Junta Directiva Del Banco De La República
* 1.4. Ministerio de Industria, Turismo, y Comercio 
Es el órgano de Gobierno de la Administración General del Estado encargado de apoyar la actividad empresarial, productora de bienes, servicios y tecnología, así como la gestión turística de las diferentes regiones. El actual ministerio es el resultado de la fusión, operada en 2002, entre los ministerios de Desarrollo Económico y Comercio Exterior.

4. Los miembros de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional en actividad, y

5. Los demás casos que la Constitución prevé.'

Artículo 92.- Función y mandato del congresista. Incompatibilidades
La función de congresista es de tiempo completo; le está prohibido desempeñar cualquier cargo o ejercer cualquier profesión u oficio, durante las horas de funcionamiento del Congreso.

El mandato del congresista es incompatible con el ejercicio de cualquiera otra función pública, excepto la de Ministro de Estado, y el desempeño, previa autorización del Congreso, de comisiones extraordinarias de carácter internacional.

La función de congresista es, asimismo, incompatible con la condición de gerente, apoderado, representante, mandatario, abogado, accionista mayoritario o miembro del Directorio de empresas que tienen con el Estado contratos de obras, de suministro o de aprovisionamiento, o que administran rentas públicas oprestan servicios públicos.

La función de congresista es incompatible con cargos similares en empresas que, durante el mandato del congresista, obtengan concesiones del Estado, así como en empresas del sistema crediticio financiero supervisadas por la Superintendencia de Banca y Seguros. (*)

(*) Último párrafo modificado por el Artículo 3 de la Ley N° 28484, publicada el 05 Abril 2005, cuyo texto es el siguiente:

'La función de congresista es incompatible con cargos similares en empresas que, durante el mandato del congresista, obtengan concesiones del Estado, así como en empresas del sistema crediticio financiero supervisadas por la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones.'

Artículo 93.- Inmunidad Parlamentaria
Los congresistas representan a la Nación. No están sujetos a mandato imperativo ni a interpelación.

No son responsables ante autoridad ni órgano jurisdiccional alguno por las opiniones y votos que emiten en el ejercicio de sus funciones.

No pueden ser procesados ni presos sin previa autorización del Congreso o de la Comisión Permanente, desde que son elegidos hasta un mes después de haber cesado en sus funciones, excepto por delito flagrante, caso en el cual son puestos a disposición del Congreso o de la Comisión Permanente dentro de las veinticuatro horas, a fin de que se autorice o no la privación de la libertad y el enjuiciamiento.

CONCORDANCIAS: LEY Ns 27399
TUO del Reg. del Congreso de la Rep., Art. 16

Artículo 94.- Reglamento del Congreso
El Congreso elabora y aprueba su Reglamento, que tiene fuerza de ley; elige asus representantes en la Comisión Permanente y en las demás comisiones; establece la organización y las atribuciones de los grupos parlamentarios; gobierna su economía; sanciona su presupuesto; nombra y remueve a sus funcionarios y empleados, y les otorga los beneficios que les corresponden de acuerdo a ley.

Artículo 95.- Irrenunciabilidad del Mandato Legislativo
El mandato legislativo es irrenunciable.

Las sanciones disciplinarias que impone el Congreso a los representantes y que implican suspensión de funciones no pueden exceder de ciento veinte días de legislatura.

Artículo 96.- Facultad de solicitar información a las Entidades Públicas
Cualquier representante a Congreso puede pedir a los Ministros de Estado, al Jurado Nacional de Elecciones, al Contralor General, al Banco Central de Reserva, a la Superintendencia de Banca y Seguros, a los gobiernos locales y a las instituciones que señala la ley, los informes que estime necesarios.(*)

(*) Primer párrafo modificado por el Artículo 4 de la Ley N° 28484, publicada el 05 Abril 2005, cuyo texto es el siguiente:

'Artículo 96.- Cualquier representante al Congreso puede pedir a los Ministros de Estado, al Jurado Nacional de Elecciones, al Contralor General, al Banco Central de Reserva, a la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, a los Gobiernos Regionales y Locales y a las instituciones que señala la ley, los informes que estime necesarios.'

El pedido se hace por escrito y de acuerdo con el Reglamento del Congreso. La falta de respuesta da lugar a las responsabilidades de ley.Artículo 97.- Función Fiscalizadora

El Congreso puede iniciar investigaciones sobre cualquier asunto de interés público. Es obligatorio comparecer, por requerimiento, ante las comisiones encargadas de tales investigaciones, bajo los mismos apremios que se obser 1.5. FOGAFIN
* El Fondo de Garantías de Instituciones Financieras (Fogafin), creado por la Ley 117 de 1985, es una persona jurídica autónoma de derecho público y de naturaleza única, sometida a la vigilancia de la Superintendencia Financiera de Colombia.
* El objeto general de Fogafin consiste en la protección de la confianza de los depositantes y acreedores en las instituciones financieras inscritas, preservando el equilibrio y la equidad económica e impidiendo injustificados beneficios económicos o de cualquier otra naturaleza de los accionistas y administradores causantes de perjuicios a las instituciones financieras
1.6. LaSuperintendencia Financiera de Colombia:
* Surgió de la fusión de la Superintendencia Bancaria de Colombia en la Superintendencia de Valores, según lo establecido en el artículo 1 del Decreto 4327 de 2005. La entidad es un organismo técnico adscrito al Ministerio de Hacienda y Crédito Público, con personería jurídica, autonomía administrativa y financiera y patrimonio propio
* El Banco de la República es el banco central de Colombia, su objetivo de política monetaria es el logro de tasas de inflación coherentes con el mandato constitucional de garantizar la estabilidad de precios, en coordinación con una política macroeconómica general que propenda por el crecimiento del producto y el empleo.
ECONOMIA NACIONAL
* POLITICA MONETARIA
* Objetivo:
* El objetivo primario de la política monetaria es alcanzar y mantener una tasa de inflación baja y estable, y lograr que el producto crezca alrededor de su tendencia de largo plazo.
* Esta es la única manera de lograr un crecimiento sostenido que genere empleo y mejore el nivel de vida de la población. Por el contrario, si la economía crece a un ritmo que no es sostenible, tarde o temprano se generara una crisis con consecuencias graves para la economía, deterioro de los indicadores sociales, pérdida de confianza de la población y caídas en la inversión y en el empleo.
Como afecta la política monetaria a Colombia ?


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