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Actores fundamentales de los sistemas de las relaciones industriales



Las adecuadas relaciones de trabajo ayudaran a dirigir tu empresa de una manera eficiente. Puede mantener la moral entre tus empleados con el tipo adecuado de relaciones laborales. Las relaciones laborales son mas un arte que una ciencia, equilibrar una serie de factores para obtener la correcta relación entre capital y trabajo. Conocer los factores que afectan a las relaciones de trabajo te ayudara a calibrar adecuadamente esta relación.


Comunicación
La comunicación actúa como un factor clave en las relaciones laborales. La comunicación bidireccional entre el trabajo y el capital permite a los trabajadores mantenerse plenamente informados de las expectativas del lugar de trabajo, así como de los cambios que les afectan. La administración debe tener conocimiento de los problemas que puedan surgir, en lugar de aprender acerca de las cosas después de haber llegado a un punto de crisis. De este modo, pueden abordar las cuestiones de una manera pronta y mantener los rumores, insinuaciones y la desinformación a un mínimo.




Los sindicatos
Los sindicatos pueden afectar las relaciones laborales en una serie de complejas formas. Cuando un sindicato llega a un lugar de trabajo, las personas ya no negociaran por su cuenta. Por el contrario, estan representados colectivamente por un tercero. Esto puede hacer que los empleados sientan que tienen mas de una voz. También puede proporcionar un medio de arbitraje colectivo de los conflictos laborales. Los empleados también tienen un medio para registrar su descontento conpartes de su trabajo a través del procedimiento de queja. Los sindicatos también pueden complicar las cosas al traer las preocupaciones de un tercer agente, es decir, el sindicato, en el proceso de negociación.
Salarios y beneficios
Los salarios y beneficios son tal vez el factor mas obvio que afecta las relaciones laborales. Mientras que los salarios y beneficios no hacen que las relaciones laborales funcionen mejor por sí solas, pueden ayudar a que los empleados se sientan mas valorados. Pocas cosas son mas frustrantes que trabajar por menos de lo que sientes que vales. Mantener los salarios y beneficios en línea con estandares de la industria, o mas, ayuda a mantener una tapa sobre el descontento de los trabajadores.
Ideología
Cada compañía tiene una ideología, como parte de su cultura corporativa. Esta ideología necesariamente incluye un componente sobre cómo se relaciona la gestión con la mano de obra. La actitud que tiene una empresa hacia sus empleados y cómo trata con ellos, por ejemplo si hay un mayor énfasis en recompensas o castigos, tiene necesariamente un efecto en las relaciones laborales.



DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS TRABAJADORES Y PATRONES
Para el trabajador y el dirigente es indispensable conocer cuales son los derechos cuales sus obligaciones, con esto podemos recordar el principio general del derecho, que a todo derecho le corresponde una obligación.      
Las obligaciones institucionales participan de la naturaleza de la institución. En medida surgen como un modelo, o de un patrón ordenador ' de unavastísima gama de relaciones.
Vamos a ver algunas obligaciones de los patrones:
OBLIGACIONES DE DAR
Atendiendo a las obligaciones mencionadas en el Artículo. 132, encontramos las siguientes:
A. A)      Pagar los salarios e indemnizaciones.
B. B)      Proporcionar oportunamente a los trabajadores los útiles, instrumentos y materiales necesarios, de buena calidad y en buen estado para la ejecución del trabajo y repararlos tan luego dejen de ser eficientes, siempre y cuando los trabajadores no se haya comprometido a usar herramientas propias.
C. C)      Proporcionar local seguro para la guarda de los instrumentos y útiles de trabajo pertenecientes al trabajador.
D. D)      Proporcionar a los trabajadores el número suficientes de asientos o sillas, en las casas comerciales, oficinas, hoteles, restaurantes y otros centros de trabajos analogos y en los establecimientos industriales cuando lo permita la naturaleza del trabajo.
E. E)      Pagar lo necesario para el sostenimiento en forma decorosa de los estudios técnicos, industriales o practicos, en centros nacionales o extranjeros, de uno de sus trabajadores o de uno de los hijos de estos.
F. F)      Proporcionar a sus trabajadores los medicamentos profilacticos que determine la autoridad sanitaria en los lugares donde existan enfermedades tropicales o endémicas o cuando exista peligro de epidemia.
G. G)     Reservar, cuando la población fija de un centro rural de trabajo exceda de 200 habitantes un espacio de terreno no menor de 5000 metros cuadrados para el establecimientode mercados públicos, edificios para los servicios municipales y centros recreativos, siempre que dicho centro de trabajo este a una distancia no menor de 5 kilómetros de la población mas próxima,
H. H)      Proporcionar a los sindicatos, en los centros rurales, un local para que instalen sus oficinas.
OBLIGACIONES DE HACER
 A)      Expedir cada 15 días, solicitud de los trabajadores, una constancia escrita de números de días trabajados y del salario percibido.
A. B)      Expedir al trabajador que lo solicite o se separe de la empresa dentro del término de 3 días, una constancia escrita relativa a sus servicios.
B. C)      Poner en conocimiento del sindicato titular del contrato colectivo y de los trabajadores de la categoría inmediata anterior los puestos de nueva creación, las vacantes definitivas y las temporales que deban cubrirse.
C. D)      Fijar y difundir las disposiciones conducentes de los reglamentos de higiene y seguridad en lugar visible de los establecimientos y lugares donde se presta el trabajo.
D. E)      Hacer las deducciones que soliciten los sindicatos de las cuotas ordinarias.
E. F)      Hacer las deducciones de las cuotas para la constitución y fomento de sociedades cooperativas y cajas de ahorro.
OBLIGACIONES DE NO HACER
 A)      Maltratar a los trabajadores de palabra o de obra.
A. B)      Rechazar trabajadores por razón de su edad o de su sexo.
B. C)      Exigir que los trabajadores compren sus artículos de consumo en tienda o lugar determinado.
C. D)      Exigir o aceptar dinero de los trabajadorescomo gratificación porque se les admita en el trabajo o por cualquier otro motivo que se refiera a las condiciones de este.


D. E)      Intervenir en la vida sindical de sus trabajadores.
E. F)      Hacer o autorizar colectas o suscripciones en los establecimientos y lugares de trabajo.
F. G)     Ejecutar cualquier acto que restrinja a los trabajadores los derechos que otorga las leyes.
G. H)      Hacer propaganda política o religiosa dentro del establecimiento.
H. I)         Poner en el 'índice' (las llamadas listas negras), a los trabajadores que se separen o sean separados del trabajo para que no se les vuelva a dar ocupación.
I. J)       Portar armas en el interior de los establecimientos ubicados dentro de las poblaciones.
J. K)      Presentarse en los establecimientos en estado de embriaguez o bajo la influencia de un narcótico o droga enervante. 
OBLIGACIONES DE TOLERAR
 A)      Permitir a los trabajadores que para ejercer el derecho del voto en las elecciones populares y para el cumplimiento de los servicios de jurados, electorales y censales, falten a su trabajo, cuando esas actividades deban realizarse en horas de trabajo.
A. B)      Permitir a los trabajadores faltar a su trabajo para desempeñar una comisión accidental o permanente de su sindicato o el estado, siempre que avisen con la oportunidad debida, y que el número de trabajadores comisionado no sea tal que perjudique la marcha del establecimiento. Si la comisión es permanente los trabajadores podran volver al puesto que ocupaban siempre y cuando regresena su trabajo dentro del término de 6 años.
B. C)      Permitir la inspección y vigilancia que las autoridades de trabajo practiquen en su establecimiento para cerciorarse del cumplimiento de las normas de trabajo y darle los informes que a ese efecto sean indispensables, cuando lo soliciten. 
OBLIGACIONES COMPLEJAS 
A. A)      Colaborar con las autoridades del trabajo y de educación, de conformidad con las leyes y reglamentos a fin de lograr la alfabetización de los trabajadores.
B. B)      Capacitar y adiestrar a sus trabajadores.
C. C)      Instalar las fabricas, talleres, oficinas y demas lugares en que deban ejecutarse los trabajos, de acuerdo con los principios de seguridad e higiene.
D. D)      Observar las medidas adecuadas y las que fijan las leyes para prevenir accidentes en el uso de maquinaria, instrumentos o materiales de trabajo y disponer en todo tiempo de medicamentos y material de curación indispensable, a juicio de las autoridades que corresponda.
E. E)      Contribuir al fomento de las actividades culturales y del deporte entre sus trabajadores y proporcionar los equipos y útiles indispensables.
F. F)      Hacer las deducciones previstas en la Fracción IV del artículo 97 y la VII del Articulo 110, y entregar los descuentos a las instituciones bancarias acreedoras.
G. G)     Proporcionar a las mujeres embarazadas, la protección que establezcan los reglamentos. 

LAS OBLIGACIONES INSTITUCIONALES A CARGO DE LOS TRABAJADORES
OBLIGACIONES DE DAR
Como es lógico suponer ya que la principal obligación de lostrabajadores, es de hacer, esto es, realizar el trabajo contratado, las obligaciones de dar a su cargo, son mínimas.
OBLIGACIONES DE HACER
 A)      Ejecutar el trabajo con la intensidad, cuidado y esmero apropiado y en la forma, tiempo y lugar convenidos.
A. B)      Dar aviso inmediato al patrón salvo caso fortuito o fuerza mayor de las causas justificadas que le impidan incurrir al trabajo.
B. C)      Prestar auxilios en cualquier tiempo que se necesite, cuando por siniestro o riesgo inminente peligren personas o los intereses del patrón o de sus compañeros de trabajo.
C. D)      Integrar los organismos que establece la ley fundamentalmente comisiones mixtas a nivel, empresarial.
D. E)      Comunicar al patrón las enfermedades contagiosas que padezca, tan pronto tenga conocimiento de ellas.
E. F)      Comunicar al patrón o a su representante las deficiencias que adviertan, a fin de evitar daños y perjuicios a los intereses y vidas de sus compañeros de trabajo o de los patrones. 
OBLIGACIONES DE NO HACER
A. A)      Guardar escrupulosamente (no divulgar), los secretos técnicos, comerciales y de fabricación, de los productos que elabore la empresa y asuntos administrativos reservados, cuando su divulgación pueda causar perjuicios a ala empresa.
B. B)      Ejecutar actos que puedan poner en peligro su propia seguridad y las de sus compañeros de trabajo o la de terceras personas, así como la de los establecimientos o lugares en que el trabajo se desempeña.
C. C)      Faltar al trabajo, sin causa justificada o sin permisodel patrón.
D. D)      Sustraer de la empresa o establecimiento útiles de trabajo o materia prima elaborada.
E. E)      Presentarse al trabajo en estado de embriaguez.
F. F)      Presentarse al trabajo bajo influencia de algún narcótico o droga enervante, salvo que exista prescripción médica. En todo caso debera de poner en conocimiento al patrón.
G. G)     Portar armas en el lugar de trabajo, salvo que este lo exija.
H. H)      Suspender las labores sin autorización del patrón.
I. I)         Hacer colectas en el establecimiento o lugar de trabajo.
J. J)       Usar los útiles y herramientas suministrados por el patrón, para objeto distinto de aquél a que estan destinados.
K. K)      Hacer cualquier clase de propaganda en las horas de trabajo dentro del establecimiento.
OBLIGACIONES COMPLEJAS
 A)      Cumplir las disposiciones de las normas de trabajo que le sean aplicables.
A. B)      Observar las medidas preventivas e higiénicas que acuerden las autoridades competentes y las que indiquen los patrones para seguridad y protección personal de los trabajadores.
B. C)      Desempeñar el servicio bajo la dirección del patrón o de su representante, a cuya autoridad estaran subordinados en todo lo concerniente al trabajo.
C. D)      Observar buenas costumbres durante el servicio.
D. E)      Someterse a los reconocimientos médicos previstos en el reglamento interior de trabajo y demas normas vigentes en la empresa o establecimiento, para comprobar que no padece de alguna incapacidad o enfermedad de trabajo contagiosa oincurable. 
EL DEBER DE FIDELIDAD
 A)      Guardar los secretos de la empresa.
A. B)      Abstención de actos de competencia.
B. C)      Obligación de trabajar eficientemente
C. D)      Obligación humanitaria de asistencia.
D. E)      Obligación de actuar con honestidad.
DERECHOS Y OBLIGACIONES LABORALES PARA TRABAJADORES Y PATRONES
La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, Título Sexto, Artículo 123, Apartado A y la Ley Federal del Trabajo constituyen el marco jurídico que regula la relación laboral de los trabajadores.
Todo trabajador tiene derecho al trabajo digno y socialmente útil, bajo condiciones que aseguren la vida, salud y un nivel económico decoroso para él y su familia. No pueden hacerse distinciones por raza, sexo, edad, credo religioso, doctrina política o condición social y se debe promover y vigilar la capacitación y adiestramiento del trabajador.             
TRABAJO
Es un derecho y un deber social. No es artículo de comercio, exige respeto para las libertades y dignidad de quien lo presta. Debe efectuarse en condiciones que aseguren la vida, la salud y un nivel económico decoroso para el trabajador y su familia.
MARCO JURÍDICO
La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en su Artículo 123, y la Ley Federal del Trabajo constituyen el marco jurídico que regula la relación de trabajo. No pueden hacerse distinciones por motivos de edad, sexo, raza, credo religioso, doctrina política o condición social.
CONDICIONES GENERALES DEL TRABAJO
(Ley Federal del Trabajo Art. 25 y 56;279 al 284)
La Ley Federal del Trabajo dispone que en ningún caso las condiciones de trabajo pueden ser inferiores a las fijadas en la propia Ley. 
La jornada de trabajo no puede exceder el maximo legal, de ocho horas para la diurna, siete para la nocturna y siete y media para la mixta. 
Por cada seis días de trabajo se tiene derecho a disfrutar, por lo menos, de un día de descanso con goce de salario íntegro. 
Por mas de un año de servicios se debera disfrutar de un periodo anual de vacaciones pagadas.
En ningún caso podra ser inferior a seis días laborables y aumentara en dos días laborables hasta llegar a doce por cada año subsiguiente de servicios; después del cuarto año, el período de vacaciones aumenta en dos días por cada cinco de servicio.
En ningún caso las condiciones de trabajo pueden ser inferiores a las fijadas en la propia ley; es importante que consten por escrito. Por ello, deberas solicitar a quien requiera de sus servicios, la firma de un contrato en el que se estableceran de manera clara y precisa los términos de la contratación:
El nombre, nacionalidad, edad, sexo, estado civil, domicilio (tuyos y del patrón).
Si trabajas por obra, tiempo determinado, o por tiempo indeterminado.
El tipo de trabajo se va a realizar.
El lugar o lugares donde tiene que presentarte a laborar.
Las horas de la jornada (nunca mas de 8 horas).
Cómo y cuanto van a pagar.
Día y lugar del pago.
Días de descanso.
Vacaciones. 
OBLIGACIONES DE LOS TRABAJADORES
(Ley Federal de Trabajo Art. 134)
Asistir puntualmente a tutrabajo.
Desempeñar con cuidado y dedicación las labores que te han sido encomendadas, en la forma, tiempo y lugar convenidos.
Desempeñar el servicio bajo las instrucciones del patrón o jefe inmediato.
Conservar en buen estado las herramientas que le proporcione el patrón.
Prestar auxilio en caso de incendios o desastres graves, que pongan en peligro la vida o los bienes del patrón o de los compañeros de trabajo.
Informar al patrón si sufres de alguna enfermedad contagiosa en seguida que tenga conocimiento de la misma.
Cumplir con esmero las labores derivadas del contrato de trabajo. 
Obedecer las medidas de seguridad e higiene señaladas en el centro de trabajo.
Observar buenas costumbres durante el servicio.
Participar en las Comisiones Mixtas integradas en el centro de trabajo. 
No ingerir bebidas alcohólicas en el trabajo o presentarse a laborar en estado de embriaguez.     
OBLIGACIONES DE LOS PATRONES
Preferir en igualdad de circunstancias a los trabajadores que le hayan servido satisfactoriamente por mayor tiempo. 
Guarda la debida consideración y buen trato. 
Proporciona capacitación y adiestramiento para el mejor desempeño en el trabajo. 
Cumplir las disposiciones de seguridad e higiene para prevenir accidentes y enfermedades de trabajo.
DERECHOS DE LOS TRABAJADORES
(Ley Federal del Trabajo Art. 132, 133, 136 al 153-X)
El pago del salario mínimo cuando menos y en efectivo, semanalmente en el lugar donde trabaje.
Pago de aguinaldo anual.
Participar de las utilidades de la empresa.
Sin costo, habitacionesadecuadas e higiénicas, con espacio suficiente para el y su familia (esposa e hijos en su caso).
Por cada 6 días que trabaje, un día de descanso.
Capacitación para el trabajo.
El pago por el tiempo excedente, al doble de lo fijado para las horas normales.
Buen trato en el trabajo.
Cuando tus herramientas ya no sirvan, deberan reponerlas o repararlas sin costo alguno sin costo alguno para el trabajador.
Si el lugar donde prestan los servicios se encuentra a 100 o mas kilómetros de la población en que vives, el patrón debera pagar el transporte hasta el centro de trabajo y si es necesario también el de su familia.
Es importante que sepa el trabajador que su patrón tiene la obligación de inscribirlo en el Instituto Mexicano del Seguro Social para contar con los beneficios de las prestaciones que otorga:
a. Por enfermedad ordinaria: atención médica, medicinas y hospitalización para el trabajador, esposa, hijos o padres en su caso.
b. En caso de que sufran accidente de trabajo, atención medica y medicinas, sin costo.
c. Servicio de guardería para sus hijos.
d. Si el accidente de trabajo le impidiera laborar, se pagara su salario íntegro hasta que sane.
e. Pensión por invalidez, por accidente o enfermedad que contradiga en el trabajo.
PROHIBICIONES DE LOS TRABAJADORES
(Ley Federal del Trabajo Art. 135.)
Faltar al trabajo sin causa justificada o sin permiso de tu patrón.
Presentarse a trabajar en estado de embriaguez o bajo la influencia de drogas, así como hacer uso de éstas durante el desempeño de sus labores.
Tomar dellugar de trabajo herramientas o productos propiedad del patrón sin su permiso.
Portar armas de cualquier clase durante las horas de trabajo a menos que te lo permitan por el puesto que desempeñes.
Realizar cualquier acto que ponga en peligro su propia seguridad, la de sus compañeros o la del lugar donde trabajas. 
DERECHOS LABORALES DE LA MUJER
(Ley Federal del Trabajo, Art. 164 al 172)
Tiene los mismos derechos y obligaciones que los hombres, salvo que esté embarazada o amamantando.
Si esta embarazada, no se le pueden obligar a realizar trabajos pesados, que pongan en peligro su salud y la de su hijo que espera; tampoco se le obligara a estar presente cuando fumiguen o hayan fumigado, ni cuando apliquen agroquímicos.
También tiene derecho a descansar seis semanas antes y seis después de que nazca el bebé; en este período recibira el pago completo del salario y conservara su empleo.
 Durante el tiempo en que amamante al recién nacido, tienes derecho a descansar media hora, dos veces al día.
TRABAJADORES DE 14 Y 16 AÑOS.
(Ley Federal del Trabajo, Art. 173 al 180)
En la jornada de trabajo no puede ser mayor de seis horas diarias, divididas en dos períodos maximos de tres horas y entre cada uno, una hora de reposo.
No pueden obligar ha trabajar los domingos y días de descanso obligatorio.
El patrón debe dar el tiempo necesario para que asistas a la escuela.
No podran obligar a realizar labores que pongan en peligro su salud y crecimiento (por ejemplo: aplicar fumigantes o agroquímicos)
La Ley prohíbe el trabajo delos niños menores de 14 años (Art. 123 Constitucional, Apartado 'A' Fracción III)          
DERECHOS LABORALES PARA PERSONAS
MAYORES DE 60 AÑOS
En la actualidad la vejez tiene una definición legal, al establecer una edad en la que las personas puedan optar por retirarnos del trabajo y obtener el beneficio social de una pensión.  
En México, sin embargo, las tendencias demograficas demuestran un considerable incremento de adultos mayores en mejores condiciones de salud y con una esperanza de vida creciente, lo que facilita la posibilidad de recibir una segunda orientación vocacional y con ella el adiestramiento para reincorporarnos a la fuerza laboral de nuestro país.    
PREFERENCIAS
Él Articulo 154 nos indica que si no existe un Contrato Colectivo de Trabajo o el celebrado o no tiene la clausula de admisión los patrones estan obligados a ser sus preferencias con respecto a lo anterior.
La Ley señala la obligación patronal de emplear no menos de un 90% de trabajadores mexicanos, el patrón podra emplear temporalmente a trabajadores extranjeros, en una proporción que no exceda del 10% de los de la especialidad. Los trabajadores extranjeros tendran solidariamente la obligación de capacitar a trabajadores mexicanos en la especialidad que se trate. Las limitaciones en materia extranjera no son aplicables a los directores y administradores.
El extranjero emigrante o visitante tienen diversas limitaciones que no le permiten trabajar, en una empresa determinada, necesita la autorización de la Secretaría deGobernación.
La Ley ordena que las vacantes definitivas, las provisionales con duración mayor de 30 días y los puestos de nueva creación seran cubiertas escalafonariamente por el trabajador de la categoría inmediata inferior, del respectivo oficio o profesión. El escalafón ciego es el mayor enemigo del progreso.
En él Articulo 43 Fracción de la Ley Federal Del Trabajo Al Servicio Del Estado se ordena dar preferencia, en igualdad de condiciones, conocimientos aptitudes y antigüedad.
En él Articulo 157 L.F.T. si el patrón no respeta los derechos de preferencia, los trabajadores excluidos podran solicitar a la Junta de Conciliación y Arbitraje que se les otorgue el puesto o se les indemnice con el importe de 3 meses de salario, ademas del pago de los salarios caídos.
Cuando un trabajador tenga mas de 20 años de prestar sus servicios al patrón solo podra rescindir su relación de trabajador las causas que señala él Articulo 47, en caso de reincidencia procedera el despido.
En realidad, no existiendo un sistema legal de clasificación de méritos que sea de observancia obligatoria, el requisito de la igualdad de circunstancias se puede convertir en un facil instrumento para eludir el mandato legal. Puede pensarse que sera muy sencillo para el patrón invocar circunstancias particulares y aún objetivas.
Los factores de preferencia que marca la Ley, a partir de la reforma, son las siguientes:
1. 1.       Nacionalidad mexicana.
2. 2.       Servicios prestados satisfactoriamente, por mayor tiempo.
3. 3.       El hecho de tener a su cargo a unafamilia, y no tener otra fuente de ingresos económicos.
4. 4.       El de pertenecer al sindicato.
PAGOS
Para entender en concepto de salario es conveniente entender las siguientes características:
a. a)       Debe ser remunerado.
b. b)       Debe ser por lo menos equivalente al mínimo.
c. c)       Debe ser suficiente
d. d)       Deber ser determinado o indeterminable.
e. e)       Debe cubrirse periódicamente.
f. f)         El salario en efectivo debe pagarse en moneda de curso legal.
g. g)       El salario en especie debe ser apropiado y proporcional al salario pagado en efectivo.
h. h)       Debe haber reciprocidad entre el salario y el servicio.
CLASIFICACION DE SALARIOS.
a. Solo en efectivo.
En efectivo y en especie.
b. a)       Por su naturaleza
Por unidad de tiempo.
Por unidad de obra.
Por comisión.
De cualquier otra manera.
c. b)       Por la fórmula de valuación.
1.- En cuanto a la cuantía.
Salario mínimo general.
Salario mínimo profesional
Salario remunerado.
2.- En cuanto su origen de su fijación.
Legal.
Individual.
Por contrato colectivo de trabajo.
Por contrato-ley.
Por resolución de la Junta de Conciliación y Arbitraje.
d. c)       Por su determinación.
Ordinaria.
Extraordinario.
Excepcional (gratificación especial).
Anual (aguinaldo)
e. d)       Por causa que lo origina.
Nómina o tabular.
Por cuota diaria.
Integral.
f. e)       Por los factores que lo integran.
g. f)         Por la oportunidad de pago.
Semanal.
Quincenal.
Mensual.
Anual.
La Ley señala como una obligación delos patrones pagar a los trabajadores los salarios e indemnizaciones, de conformidad con las normas vigentes en la empresa o establecimiento. No consiste solamente en pagar los salarios convenido, sino hacerlo en el tiempo, lugar y forma como lo indica la L.F.T.
El cumplimiento de esta obligación de lugar a la acción de rescisión del contrato por el trabajador, con la consiguiente responsabilidad del patrón, consiste en indemnizar con 3 meses de salario y el pago de otras cantidades que expresa el Articulo 50 de la Ley.
HABITACIONES OBRERAS
En caso de empresas que se establezca en un lugar retirado que su población exceda de 200 habitantes debera reservar un espacio de terreno de 5000 metros cuadrados, para el establecimiento de un mercado público, instalación de edificios, servicios municipales centros recreativos.
La Ley de INFONAVIT trata de sustituir la obligación patronal, de alquilar casa a los trabajadores con una contribución del 5% de los salarios que pague. El patrón a fin de constituir un fondo que otorgue a los trabajadores créditos baratos y suficiente para adquirir en propiedad habitaciones cómodas e higiénicas, para su casa-habitación y el pago de pasivos adquiridos por ese concepto Articulo 137 de la Ley.
La asamblea general de INFONAVIT se constituye en forma tripartita, se integra de 15 miembros designados por las organizaciones de trabajadores; 15 miembros por las organizaciones patronales y el ejecutivo federal designaran a los 15 miembros que representan al estado.
SEGURIDAD E HIGIENE EN EL TRABAJO
Unode los objetivos principales de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, es promover la mejoría de las condiciones físicas y ambientales en que se desempeña el trabajo de los centros productivos del país, para de este modo contribuir al beneficio mutuo de los trabajadores y de las empresas.
La Dirección General de Seguridad e Higiene en el Trabajo, tiene el compromiso de propiciar una mejor normativa a fin de generar un medio ambiente laboral seguro y productivo, abatir los índices de riesgo de enfermedades y accidentes y facilitar al empresario y al trabajador el cumplimiento de las disposiciones legales en materia de seguridad e higiene, para contribuir al incremento de la productividad y el bienestar de la salud de los trabajadores.
NORMAS OFICIALES MEXICANAS DE SEGURIDAD E HIGIENE
(Ley Federal de Trabajo, Art. 512; Norma Oficial Mexicana NOM-017-STPS-1994)
 Cuando se aplique fumigantes o cualquier tipo de agroquímicos, tu patrón tiene la obligación de darle el equipo de protección adecuado como: mascarilla, guantes, botas y traje, para prevenir que sufra enfermedades y accidentes de trabajo.
El patrón debe enseñar a usar, conservar, mantener, guardar y reponer el equipo de protección que le sea proporcionado.
Darle a conocer el programa de seguridad e higiene en el trabajo y capacitarle para ejecutar el mismo.
PREVENCION DE ACCIDENTES
La Fracción XVII del Articulo 132 impone al patrón la obligación de cumplir las disposiciones de seguridad e higiene que fija las leyes y los reglamentos para prevenir accidentes yenfermedades en los centros de trabajo y lugares que deban ejecutarse las labores, disponer en todo tiempo de los medicamentos y materiales de curación indispensables para primeros auxilios, se debe dar aviso a la autoridad competente de cada accidente que ocurra.
El patrón tiene la obligación de inscribir a sus trabajadores del seguro social.
Él Articulo 46 de la L.F.T. de la materia exime a los patrones del cumplimiento de las obligaciones que sobre responsabilidades de riesgos profesionales.
Las indemnizaciones deben ser pagadas por el patrón para considerar precisar cuanto un empresario tenga inscrito a su trabajador o trabajadores en el Seguro Social por aplicación del Artículo 60 L.F.T. queda eximido del pago de tales indemnizaciones que corresponda al Seguro Social.
El patrón debe de pagar indemnizaciones superiores a las que otorga la Ley en los casos de riesgos profesionales.
MEDIDAS DE HIGIENE
El patrón, al establecer su negociación, debe de estar sujeto a reglamentación relacionada con el aspecto higiénico de las instalaciones.
HERRAMIENTAS Y UTILES DE TRABAJO
La Fracción III del Artículo 132 impone al patrón la obligación de proporcionar oportunamente a los trabajadores los útiles, instrumentos y materiales necesarios para ejecutar el trabajo convenido, salvo cuando el trabajador no se haya comprometido a usar su herramienta.
PERMISOS
La licencia constituye un permiso otorgado al trabajador para ausentarse por un periodo determinado con o sin goce de sueldo. No esta reglamentada en la Ley sin en cambio, es objetode constante procuración en los Contratos Colectivos de Trabajo.
Las finalidades que se le persiguen con las licencias son infinitas. Por regla general tienen por objeto permitir al trabajador atender un asunto particular o familiar urgente o bien, desempeñar una función sindical, circunstancial o permanentemente: así, asistir alguna convención obrera, para lo que puedan otorgarse algunos días de licencia, o para desempeñar un puesto de elección sindical que contractualmente autorice dejar de laborar durante el período en que desempeñe el cargo.
Hay otro tipo de licencias, particularmente en los centros de enseñanza que se denomina 'licencias sabaticas', por regla general de una extensión importante y cuya finalidad es dar al profesorado la oportunidad de perfeccionar su preparación asistiendo ha otros centros de estudio, sin dejar de percibir un sueldo. En la universidad nacional autónoma de México el permiso sabatico se otorga al profesorado de tiempo completo y de medio tiempo y comprende un año por cada 5 de trabajo continuo, con pago integro del salario.
En la licencia encontramos también una forma de interrupción de la realización laboral que, por regla general solo afecta a la obligación de trabajar y, eventualmente, a la de pagar el salario, pero mantiene en vigor las demas obligaciones sin afectar, por otra parte, los derechos de antigüedad que se siguen incrementando en la mayoría de los casos, durante el período de ausencia.
El Artículo 132 Fracción IX, X se refiere a la obligación que tiene el patrón de concederpermisos a sus trabajadores en los siguientes casos:
a. a)       Para que pueda ejercer el voto en las elecciones populares y que cumpla con los servicios de jurados electorales y censales a que se refiere el Artículo V.
b. b)       Para que falte a sus labores para desempeñar una comisión accidental o permanente de su sindicato o del estado.
La Ley sobre si el permiso debera ser con goce o sin goce de salario se condiciona a la obligación patronal para concederlo al hecho de que las actividades enumeradas deban cumplirse en sus horas de trabajo. En el segundo caso se trata de permisos para una comisión sindical o del estado.
El sindicato respectivo tiene el monopolio del trabajo, por no poder contratar el patrón diversos trabajadores que le envían como candidatos, esta oportunidad se debe de entender que el organismo sindical provea de lo necesario al patrón para cubrir los puestos.
El trabajador podra volver al puesto que ocupaba, conservando todos los derechos derivados de su respectivo contrato, siempre y cuando el regreso tenga lugar dentro del término de seis años.
Por último desprendemos, también que transcurrido los seis años sin que regrese el patrón tiene derecho de rescindir su contrato sin responsabilidad para él.
Los patrones también deben de conceder permisos de seis semanas, con goce de salario, a las mujeres antes del parto en el período de lactancia, dos descansos extraordinarios por día de media hora cada uno para amamantar a su hijo y durante el período de embarazo no encomendarle trabajos físicos que exijanun esfuerzo considerado ( Artículo 170)
ACTIVIDADES DEPORTIVAS
La Fracción XXV del Artículo 132 impone a los patrones la obligación de contribuir al fomento del deporte entre sus trabajadores y proporcionarles los equipos y útiles indispensables. Esto debe ser a la capacidad de la empresa casos de discrepancia tendra que someterse a la decisión de los Tribunales de Trabajo.
RELACIONES HUMANAS
En la Fracción VI de dicho Artículo indica que el patrón debe guardar la debida consideración, absteniéndose del mal trato de palabra o de obra.
Todos los seres humanos tenemos problemas y preocupaciones que son propios y la misión del Jefe de Personal es tratar de entender a su personal de captar sus inquietudes y ayudarlo a resolver sus problemas.
El superior tiene que actuar con energía y decisión para tener la debida obediencia, pero a su buen juicio queda el transgredir la disposición absteniéndose de ejecutar actos o usar locuciones que ofendan al trabajador.
CARTAS DE SERVICIO
La Ley en la Fracción VIII impone al patrón que debe de otorgar esta carta; pero es claro que cuando los servicios no han sido satisfactorios así, se debe de hacer constar.
LUGARES PARA GUARDA
Cuando el trabajador tiene que usar en su trabajo instrumentos o útiles que son de propiedad personal, el patrón esta obligado a proporcionar un local para la guarda de ellos.
Fracción IV el patrón normalmente es el que proporciona los instrumentos de trabajo y también acondiciona el lugar seguro para que los guarde el trabajador.
INSPECCIONES
La Ley estableceen la Fracción XXIV la obligación patronal de permitirle la inspección y vigilancia que las autoridades del trabajo practiquen en su establecimiento, para cerciorarse
Del cumplimiento de las normas del trabajo y darle los informes que ese efecto sean indispensables. Cuando lo soliciten.
En relación con la vigilancia de las medidas de seguridad e higiene se realizan visitas, por los inspectores del Seguro Social en las Empresas sujetas a este régimen como consecuencias legales sobre el aumento o disminución en la cuantía de las cuotas que paga por seguros de riesgos profesionales.
PROPORCIONAR LOCALES SINDICALES
En los centros rurales de trabajo se imponga al patrón la Fracción XXI del Artículo 132, la obligación de proporcionar al sindicato si lo solicitan, un lugar que se encuentre desocupado para que en el instale sus oficinas.
El patrón tiene la facultad para cobrar por ese local. Con el sindicato obteniendo como mejoras la prestación del Contrato Colectivo, en el cual dicha prestación es que el patrón proporcione el local adecuado sin cobrar renta, y aún teniendo edificios, previos del sindicato los patrones cubren los servicios esenciales edificios.
DESCUENTOS
Los mas comunes descuentos los que el patrón debe realizar en los salarios, tratandose de cuotas sindicales y aquellas para la caja de ahorro lo anterior se encuentra en el Articulo 132 de la Fracción XXII Y XXIII.
CAPACITACION
En toda empresa se debe de partir del conocimiento integral de la misma. Para ello es necesario elaborar el diagnóstico situacional, quepermita conocer las condiciones y características actuales del centro de trabajo a efecto de compararlas con los objetivos organizacionales y traducir las diferencias en un programa de trabajo que incluya las acciones a realizar, para mejorar el desempeño individual y colectivo, las condiciones de trabajo y elevar los niveles de competitividad.
En este contexto, los problemas y diferencias identificados que tengan que ver con el adecuado desempeño de las funciones encomendadas a los trabajadores, permiten determinar las necesidades y las prioridades en la formación y desarrollo de sus recursos humanos.
En el entorno laboral el sistema de formación reconocido es la capacitación, que facilita e impulsa los procesos de cambio que requieren las organizaciones.
La capacitación se concibe como el proceso de formación continuo e integral a través del cual se adquieren, desarrollan y actualizan conocimientos, habilidades y actitudes de los trabajadores para su mejor desempeño
Es una de las técnicas modernas ya que señala a los patrones que adiestren a su personal y los capaciten para que aumenten su productividad en su labor y pueda sin mayor trastorno en el trabajo, ocupar puestos de superior categoría con un mejor sueldo.
CONSTITUCIÓN DE LA COMISIÓN MIXTA
Para facilitar la organización y operación del proceso capacitador, se conforma un grupo de trabajo responsable de vigilar la instrumentación del sistema y de los procedimientos de capacitación conforme a las necesidades de los trabajadores y de las empresas.
Para constituir lacomisión mixta es necesario observar las siguientes normas:
Estar integrada por igual número de representantes del patrón y de los trabajadores.
La elección de los representantes patronales la realizara directamente el patrón o su representante legal.
Para el caso de relaciones colectivas de trabajo, el Secretario General del Sindicato designara a los representantes de los trabajadores.
Cuando en la empresa sólo rija contratación individual, los trabajadores elegiran por mayoría a sus representantes.
Se deben elaborar las Bases Generales de Funcionamiento que señalen los objetivos, funciones y mecanica de trabajo.
Algunos aspectos a considerar al momento de integrar la comisión mixta se refieren al número de establecimientos y al tipo de relación contractual existente:
Si la empresa cuenta con mas de un establecimiento y las relaciones laborales lo permiten, es recomendable constituir una sola comisión mixta y apoyar su operación con la creación de subcomisiones en cada uno de ellos.
En caso contrario, se puede integrar una comisión mixta por centro de trabajo.
La L.F.T. en él Articulo 132 Fracción XV se impuso la obligación a los patrones de organizar periódicamente cursos de enseñanza de capacitación o adiestramiento para sus trabajadores, de conformidad con los planes y programas que se elaboren con los sindicatos o trabajadores, informando a la S.T.P.S.
Los patrones pueden establecer centros o escuelas según su capacidad económica pueden capacitar a sus propios trabajadores, también pueden celebrar convenios conescuelas e institutos con conocimientos en las areas que convenga a sus intereses.
Instructores externos independientes.
Personas físicas que por sí mismas e independientes al centro de trabajo desarrollan acciones de capacitación.
El registro que otorga la STPS es voluntario.
Instituciones o escuelas de capacitación.
Personas físicas o morales con plantilla de instructores, programas y cursos de capacitación.
Es requisito para este grupo de agentes capacitadores externos contar con el registro proporcionado por la STPS.
El patrón tiene diferentes opciones para este fin:
A) Que el propio personal de la empresa, habilitado como instructor, imparta la capacitación. Se sugiere, seleccionar a las personas que tengan los conocimientos técnicos y experiencia en las actividades en que se va a capacitar y formarlos como instructores.
B) Contratación de servicios externos de capacitación.
Para este propósito, existen dos tipos de agentes capacitadores externos:
C) Utilización de agentes auxiliares de capacitación.
Se puede disponer también de los diversos servicios de asesoría técnica y administrativa de aquellas empresas que, sin ser instituciones de capacitación, participan en el proceso de formación del personal de los centros de trabajo con los que existe relación contractual por la adquisición de un bien o servicio de cualquier naturaleza con objeto del aprovechamiento del mismo o la compraventa de bienes y servicios.
Este tipo de instructores no requiere tramite alguno de registro ante la STPS.
D) Capacitación en elextranjero o por técnicos extranjeros.
Las empresas pueden incluir acciones de capacitación de sus recursos humanos de empresas ubicadas en el extranjero, o bien, a técnicos extranjeros que visiten el país para formar a los trabajadores mexicanos, de conformidad con las relaciones comerciales y laborales establecidas.
Tampoco se debe realizar tramite de registro con la autoridad laboral.
Los empresarios tienen la obligación de becar a sus trabajadores o a uno de sus hijos (Fracción XIV) nos indica que el patrón cuando tenga mas de 100 y menos de 1000 trabajadores, debera sostener en forma decorosa al becario mientras haga estudios técnicos, industriales y practicos, en centros especiales, nacionales o extranjeros.
La designación del becario se hara tomando en cuenta sus aptitudes, cualidades y dedicación. Cuando el trabajador tenga mas de 1000 debera sostener a 3 becarios.
La beca se cancelara cuando el becario se ha reprobado o cuando se observe mala conducta, pero entonces, sera sustituido por otra persona.
El becario que hubiere terminado sus estudios debera prestar sus servicios al patrón a un año de plazo.
Los patrones tienen la obligación de proporcionar capacitación y adiestramiento a sus trabajadores, siendo objeto, de ello la Fracción XIII.
Al formular el dictamen en la camara de senadores se dijo: la capacidad de trabajo del hombre es el instrumento primario, objetivo sólido, indiscutible de su participación en los procesos de información y creación de los sectores que demanda la comunidad. No debe limitarse solo aspectotécnico de una empresa sino ampliar el ambito cultural del individuo, lo mismo en el arte, que en la ciencia, en lo moral o en la técnica. Es de interés social promover y vigilar la capacitación y adiestramiento de los trabajadores.
En él Articulo 159, queda claramente establecida la posibilidad de que, cuando un patrón ha capacitado a todos sus trabajadores de una categoría inferior a aquella en que ocurra una vacante, el ascenso debe corresponder a quien haya demostrado ser apto o tenga mayor antigüedad.
Por otra parte se adiciono el Capítulo 3BIS de la Ley sobre CAPACITACIÓN Y ADIESTRAMIENTO de los trabajadores y se indico que todo trabajador tiene derecho a que su patrón le proporcione capacitación o adiestramiento en su trabajo, que le permita elevar su nivel de vida productiva, conforme a los planes y programas formuló un común acuerdo por el patrón y el sindicato o sus trabajadores y aprobados por la S.T.P.S. de acuerdo al Artículo 153-R, dispondra de 60 días para su aprobación o modificación
Es importante tener en cuenta que la capacitación o adiestramiento deberan impartirse durante las horas de la jornada de trabajo Artículo 153-E salvo por la naturaleza de los servicios del patrón y del trabajador.
Cuando el trabajador pretenda capacitarse en una actividad distinta a las labores que desempeñe a la empresa, pues en tal caso la capacitación sera en las horas de la jornada de trabajo.
OTRO TIPO DE OBLIGACIONES A LOS PATRONES
En el Artículo 132 Ley Federal de Trabajo dispone que el patrón debera mantener el númerosuficiente de asientos o sillas a disposición de los trabajadores también el patrón ponga en conocimiento de Sindicato Titular del Contrato Colectivo y de los trabajadores de la categoría inmediata inferior, los puestos de nueva creación las vacantes definitivas y las temporales que deban de cubrirse.
OBLIGACIONES DE LOS TRABAJADORES SEGÚN ARTICULO 134
OBEDIENCIA
En la cuarta Sala de la Suprema Corte de Justicia ha sostenido el siguiente criterio.
Desobediencia, rescisión de contrato de trabajo por la manifestación que el trabajador hace al patrón o a sus representantes de que no es posible cumplir con las ordenes que se le dé en relación con el trabajo contratado, implica una desobediencia por lo que debe estimarse que el patrón prueba la defensa de despido justificado que apoye en la Fracción XI del Artículo 47 Ley Federal del Trabajo.



Comunicación
La comunicación actúa como un factor clave en las relaciones laborales. La comunicación bidireccional entre el trabajo y el capital permite a los trabajadores mantenerse plenamente informados de las expectativas del lugar de trabajo, así como de los cambios que les afectan. La administración debe tener conocimiento de los problemas que puedan surgir, en lugar de aprender acerca de las cosas después de haber llegado a un punto de crisis. De este modo, pueden abordar las cuestiones de una manera pronta y mantener los rumores, insinuaciones y la desinformación a un mínimo.







Los sindicatos
Los sindicatos pueden afectar las relaciones laborales en una serie decomplejas formas. Cuando un sindicato llega a un lugar de trabajo, las personas ya no negociaran por su cuenta. Por el contrario, estan representados colectivamente por un tercero. Esto puede hacer que los empleados sientan que tienen mas de una voz. También puede proporcionar un medio de arbitraje colectivo de los conflictos laborales. Los empleados también tienen un medio para registrar su descontento con partes de su trabajo a través del procedimiento de queja. Los sindicatos también pueden complicar las cosas al traer las preocupaciones de un tercer agente, es decir, el sindicato, en el proceso de negociación.
Salarios y beneficios
Los salarios y beneficios son tal vez el factor mas obvio que afecta las relaciones laborales. Mientras que los salarios y beneficios no hacen que las relaciones laborales funcionen mejor por sí solas, pueden ayudar a que los empleados se sientan mas valorados. Pocas cosas son mas frustrantes que trabajar por menos de lo que sientes que vales. Mantener los salarios y beneficios en línea con estandares de la industria, o mas, ayuda a mantener una tapa sobre el descontento de los trabajadores.
Ideología
Cada compañía tiene una ideología, como parte de su cultura corporativa. Esta ideología necesariamente incluye un componente sobre cómo se relaciona la gestión con la mano de obra. La actitud que tiene una empresa hacia sus empleados y cómo trata con ellos, por ejemplo si hay un mayor énfasis en recompensas o castigos, tiene necesariamente un efecto en las relaciones laborales.




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