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El Arrendamiento Financiero - arrendamiento Puro



Introducción.
La facultad de las arrendadoras financieras e instituciones de crédito para realizar estas operaciones se encuentra establecida en los artículos 24 y 25 de la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito y el 46 fracción XXIV de la Ley de Instituciones de Crédito.
LOS CUATRO TEMAS QUE USTED DEBE CONOCER DEL ARRENDAMIENTO.


1. ¿Qué es el arrendamiento financiero?
Es el contrato por virtud del cual una arrendadora financiera (institución financiera) concede a otra persona física o moral (arrendatario) el uso y goce temporal de un bien a un plazo forzoso, pudiendo al vencimiento optar por: comprar el activo a un precio inferior al del mercado mismo que se puede fijar desde el inicio del contrato, prolongar el plazo del contrato a rentas inferiores a las anteriores o bien participar con la arrendadora de la venta del bien a un tercero. Asimismo como contraprestación la arrendadora financiera recibe el pago de una cantidad de dinero periódica y determinada, misma que debe cubrir el valor del bien, las cargas financieras y demas accesorios.


Independientemente del plan de arrendamiento que se elija, se puede obtener financiamiento de un bien (coches, inmuebles, equipo industrial o de trabajo, etc), incluyendo otro tipo de costos adicionales, tales como instalación, impuestos, derechos de importación, servicio aduanal, etc., apoyando que el cliente o arrendatario no tenga que hacer desembolsos considerables al inicio del contrato.
Otra característica esque el cliente o arrendatario selecciona el equipo y el proveedor, negocia el precio y condiciones de la entrega, por lo que ante el vendedor del bien, el cliente obtiene un precio de riguroso contado, logrando con ello un precio mejor del que obtendría en caso de realizar la compra con financiamiento.


Existen varias clases de arrendamiento
A. Arrendamiento Financiero.
El arrendamiento financiero es aquel mediante el cual una empresa (arrendadora financiera), se obliga a comprar un bien para conceder el uso de éste a un cliente (arrendatario), durante un plazo forzoso, el arrendatario a su vez se obliga a pagar una renta, que se puede fijar desde un principio entre las partes, siempre y cuando ésta sea suficiente para cubrir el valor de adquisición del bien, y en su caso los gastos accesorios aplicables.
Al término de la relación contractual, el arrendatario puede optar por comprar el activo a un precio inferior al del mercado, mismo que se puede fijar desde el inicio del contrato, prolongar el plazo del contrato a rentas inferiores a las anteriores o bien participar con la arrendadora de la venta del bien a un tercero.


B. Arrendamiento Puro.
Sigue los principios basicos del arrendamiento financiero con la salvedad de que otorga la posesión, pero no establece un mecanismo para otorgar la propiedad. En esta modalidad del arrendamiento, el arrendatario no tiene la opción de comprar el bien al término del contrato, por lo que la arrendadora le dara aviso de la terminación del contrato, en dicha notificación, seestablecera el valor de mercado del bien, ello a efecto de que en su caso, el arrendatario manifieste su deseo de adquirir el bien al valor indicado.
En caso de que el arrendatario no compre el bien, la arrendadora podra venderlo a un tercero a valor de mercado o darlo a un tercero en arrendamiento puro o financiero, sin que éstas se consideren opciones terminales.
C. Sale & Lease back.
Consiste en la venta de un bien propiedad del arrendatario a una arrendadora financiera y ésta a su vez posteriormente se lo arrienda al arrendatario.
Ello mejora las condiciones de liquidez de este último, ya que le permite disfrutar de los servicios del bien a cambio de pagos sucesivos por el mismo durante la vigencia del contrato en incluso haber recibido una suma de dinero por el mismo bien al haberlo vendido. Se debera consultar con cada arrendadora, cuales son los bienes susceptibles de este tipo de financiamiento.
2. ¿Quiénes intervienen en la operación o quienes son las partes
• La Arrendadora Es la institución financiera que adquiere los bienes que le señala el cliente (arrendatario) para después otorgarselo en arrendamiento financiero.
• El cliente o arrendatario Es aquel, aquél que tendra el uso del bien objeto del contrato.
3. ¿Qué derechos y obligaciones tienen las partes?
La arrendadora:
• Recibir los pagos o rentas por parte del arrendatario en cantidad de dinero determinada o determinable, los cuales en su monto cubriran el valor de adquisición de los bienes, las cargas financieras y los demasaccesorios, que el arrendador cubrió o erogó con motivo del bien que dio en arrendamiento.
• Adquirir determinados bienes que señale el arrendatario y una vez adquiridos conceder su uso o goce temporal, a plazo forzoso.
• Respetar la opción terminal, cuando el arrendatario, de antemano, la señale en el contrato.

El cliente o arrendatario
• Seleccionar al proveedor, fabricante o constructor y autorizar los términos y condiciones que se contengan en el pedido u orden de compra, identificando los bienes con las especificaciones que se adquieran.
• Pagar por el arrendamiento del bien, las contraprestaciones que se liquidaran en pagos parciales, según se convenga, con cantidades de dinero determinado o determinable, las cuales cubriran el valor de adquisición de los bienes, las cargas financieras y los demas accesorios.
• Conservar los bienes en el estado que permita el uso normal que les corresponda.
• Pagar las primas y gastos del seguro.
Realizar las acciones que correspondan para recuperar o defender el uso o goce de los bienes.
• Al concluir el plazo del vencimiento del contrato debera adoptar alguna de las opciones terminales, o bien al principio del mismo.
• Hacer uso del bien de acuerdo a lo pactado o de lo contrario tendra que responder por los daños que éste sufra.
4. ¿Qué otras condiciones y clausulas podemos encontrar en este tipo de contrato?
• Debera señalarse a la arrendadora en las pólizas de seguros como primer beneficiario, para que en primer lugarcon la indemnización le sea cubierto el saldo pendiente ó las responsabilidades a que queda obligada como propietaria de los bienes, ya sea por riesgos de construcción, transportación, recepción e instalación.
• La arrendadora debera entregar al arrendatario los documentos necesarios, para que quede legitimado ante el proveedor del bien para recibirlos directamente, en el caso de no recibir la arrendadora directamente el bien.
• La arrendadora por incumplimiento podra pedir judicialmente la posesión de los bienes objeto del arrendamiento.
• El arrendatario tendra que ejercitar las acciones o defensas en caso de despojo, perturbación o cualquier acto de terceros o de autoridades que afecten el bien, a efecto de recuperar o defender el bien, previa legitimación hecha por la arrendadora financiera, asimismo si tiene vicios o defectos que impidan el uso parcial o total de bien, tienen la obligación de transmitir al arrendatario los derechos que tenga como comprador para que ejercite las acciones correspondientes en contra del vendedor, fabricante o constructor.
• Podra contratar la arrendadora financiera el seguro que cubra la obligación contratada sólo en el caso de que pasados tres días no lo haya realizado el arrendatario siempre y cuando así se pacte en el contrato.
Nota: Estas podrían considerarse las condiciones mas relevantes o significativas que se pueden encontrar en una operación de esta naturaleza, sin embargo existen otras que pueden tener gran trascendencia, en algunos casos particulares.


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