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Analisis Sentencia



El material objeto de estudio hace referencia a la responsabilidad como consecuencia de la relación entre una obligación y un derecho, donde la primera tiene que ver con la persona que presta un servicio o cumple un mandato y el segundo corresponde no sólo a quien puede hacerlo valer por su derecho de acción, sino a quien se encuentra en una circunstancia específica y requiere ejercerlo. Nadie puede discutir que el médico, como cualquier otro profesional, ha de ser responsable de sus negligencias y por supuesto de su mala practica. Esta afirmación la podemos soportar en un principio latino que señala “Artifex spondet peritiam artis” es decir, el artesano responde de su arte. Este principio se ve reflejado en nuestra legislación cuando dice que quien por acción u omisión causa daño a otro, interviniendo culpa o negligencia, esta obligado a reparar el daño causado.



Es menester reconocer que la responsabilidad civil ha cobrado un desarrollo notable en los últimos veinte años. Pues bien, dentro del Derecho de Daños en general, la responsabilidad civil de los profesionales de la salud en particular también se ha desarrollado de una manera inimaginable hace unas décadas atras.
Si revisamos minuciosamente el repertorio jurisprudencial de añosanteriores, difícilmente encontremos algún precedente judicial referido a la vulgarmente llamada mala praxis médica. Por el contrario, en la actualidad existe diversas jurisprudencial en la que encontremos fallos que analizan la responsabilidad de los profesionales de la salud, en cualquier de sus especialidades.
Podemos sintetizar estos cambios diciendo que se dio un verdadero juego pendular en el que se pasó de un extremo a otro para ubicarnos
definitivamente en el justo medio en lo que hace a la prueba de la culpa profesional.

Actualmente en Colombia la responsabilidad médica es de medio y no de resultado, es decir los galeno no estan en la obligación de garantizar la salud del enfermo, pero si de brindarle todo su apoyo en procura de su mejoría. Excepcionalmente es de resultado como en aquellos casos de cirugías estéticas, donde el paciente piensa que va a obtener un resultado por la información insuficiente que dan los facultativos, pues la información parcial puede dar expectativas irreales y es la que genera la responsabilidad. La obligación contractual o extracontractual del médico respecto de la persona a quien va a tratar, es una prestación de servicios enmarcada en el consentimiento.

Definitivamente, la relación médico – paciente estafijada por un expreso acuerdo de voluntades, mediante el cual el médico queda comprometido, generalmente por una obligación de medios a poner todo su conocimiento, destreza y analisis clínico. Aunque ya algunas de las jurisprudencias nacionales e internacionales le ha asignado a ciertas areas de la medicina la condición de obligación de resultados o fines.

Dentro del ejercicio de la profesión médica, no hay mayor responsabilidad moral que la del medico forense. La responsabilidad del clínico o del cirujano se refieren primordialmente a la integridad física del paciente, mientras que la responsabilidad del medico forense incide sobre su vida moral, pues se esta juzgando la capacidad civil y penal del hombre.
Si hay algo cierto, es que la medicina cura o alivia muchas enfermedades, pero crea, descubre o multiplica otras. Los problemas no terminan nunca; cuando se resuelven unos, se plantean y surgen otros. La misma terapéutica ha cambiado la evolución de muchas enfermedades y como consecuencia muchos diagnósticos y pronósticos han quedado en suspenso y muchos nombres han sido sustituidos. Hemos visto que algunas llamadas 'demencias' no son tales y que se curan por nuevos tratamientos, entonces a nuestro juicio no seria demencia , sino algún tipo detrastorno. En los cuadros nosológicos cambian de lugar y las consecuencias medicolegales son evidentes

Concluimos que , La creación de los médicos legistas tuvo una consecuencia muy importante entre otras, y es que aproximó los médicos a los jueces. Se debilitó la 'Lucha clasista' que en lugar de apoyarse se distanciaban, cada clase con su orgullo propio, el orgullo jurídico por un lado y el orgullo galénico por otro.
Por todo esto, la verdad jurídica acecha y empaña el ejercicio profesional médico; y en muchos casos no es para menos, ya que hay errores que no se justifican y que no se deben pasar por alto, porque lo que se pone en riesgo o peligro es la integridad y la vida de un ser humano y consecuentemente, se ocasiona daño y dolor a la persona y a sus seres queridos. Por eso, en la medida en que las empresas y los profesionales de la salud reconozcan su papel determinante en la sociedad, deben asumir responsabilidades sociales en la construcción de valores de integridad y el compromiso de devolver a la sociedad en servicios y valores, lo que toman de ella para desarrollar sus labores.



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