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Concepto del delito - analisis de los conceptos delictivos y su definición



Unidad-III
Teoría del delito
TEMA 14
CONCEPTO DEL DELITO
1 Analisis de los conceptos delictivos y su definición
Generalidades sobre la definición del delito.
Fernando Castellanos, en su libro “Lineamientos Elementales de Derecho Penal”, nos dice que, la palabra delito deriva del verbo latino delinquere, que significa abandonar, apartarse del buen camino, alejarse del sendero señalado por la ley.
Los autores han tratado en vano producir una definición del delito con validez universal para todos los tiempos y lugares, una definición filosófica, esencial. Como el delito esta íntimamente ligado a la manera de ser de cada pueblo y a las necesidades de cada época, los hechos que unas veces han tenido ese caracter, lo han perdido en función de situaciones diversas y, al contrario, acciones no delictuosas, han sido erigidas en delitos.


Los clasicos elaboraron varias definiciones del delito, pero aquí solo aludiremos a la de Francisco Carrara, lo define como la infracción de la Ley del Estado, promulgada para proteger la seguridad de los ciudadanos, resultante de un acto externo del hombre, positivo (acto prohibido) o negativo (omisión de un acto debido), moralmente imputable y políticamente dañoso.
Carrara juzgó preciso anotar en sudefinición, cómo la infracción ha de ser la resultante de un acto externo del hombre, positivo o negativo. Significa que solamente el hombre puede ser agente activo del delito, tanto en sus acciones como en sus omisiones.
El Código Penal del Estado de Nuevo León establece:
ARTÍCULO 13 El delito puede ser realizado por acción o por omisión.
Cuando se reprima el hecho en razón del resultado producido, también respondera quien, teniendo el deber jurídico de evitarlo, no lo impidió habiendo podido hacerlo.

Positivo (acto externo
Omisión (negativo)
• Simple: no realizar la acción debida para proteger un cierto bien jurídico que se halla en situación de peligro (no provocado obviamente por el ominente).
• Comisión por omisión: Supone la consideración de una conducta omisiva como activa a efectos penales, esto es considerante atacante activo del bien jurídico que por tu omisión ha sido dañado.
Rosa Luxemburgo, desde Alemania, donde el desarrollo de las fuerzas productivas era bastante mayor que en Rusia, argumenta encierta forma contra la preferencia en el papel de concientización de las masas a cargo del partido obrero. Esto se debe a que en Alemania la socialdemocracia y los partidos burocratizados frenaban, a su juicio, el avance del proletariado.


¿Cual es la noción de conciencia en el marxismo?
Marx y Engels se oponen a la consideración edificante de la conciencia del tipo que aparece en Hegel. Por eso afirman:


'La conciencia no puede ser nunca otra cosa que el ser consciente, y el ser de los hombres es su proceso de vida real' .


La conciencia aparece entonces como un salto cualitativo en la relación hombre-naturaleza, producto histórico que deviene desde ese momento en actor transformante y activo en esa misma relación. La conciencia esta vinculada indisolublemente al proceso que separa al hombre de la naturaleza y del animal en particular. Para el marxismo es en la producción de la satisfacción de sus necesidades materiales, en la producción de la vida material, que aparece la conciencia.


Coherente con el determinismo economicista al que nos hemos referido, el marxismo afirma que todas las formas de la conciencia no poseen un hilo conductor, una línea histórica, mas que en conexión, dependiente (aunque pueda ser recíproca) de los hombres en el modo de producción. La conciencia esta siempre determinada -aunque supuestamente sólo en últimainstancia- por el marco de la vida real:


'La moral, la religión, la metafísica y cualquier otra ideología y las formas de conciencia que a ellas corresponde pierden, así, la apariencia de su propia sustantividad. No tienen su propia historia ni su propio desarrollo, sino que los hombres que desarrollan su producción material cambian tambiÉn, al cambiar esta realidad, su pensamiento y los productos de su pensamiento. No es la conciencia la que determina la vida, sino la vida la que determina la conciencia'.


La conciencia de clase se entiende como un saber objetivo en una situación concreta, que se vincula a la posición que cada clase ocupa en la producción y apropiación de la riqueza en un momento determinado de la historia. Dicha expresión para el proletariado constituye el interés mas claro en cuanto a la necesidad de entenderse a sí como sujeto histórico víctima de la explotación y la alienación económica que separa al proletariado de los medios de producción necesarios para su subsistencia y los obliga a vender su fuerza de
La conciencia de clase no surge espontaneamente, los esquemas inconscientes de reacción y actividad representan una base subjetiva y espontanea que permite expresar ciertos intereses inmediatos de clase, lo que se puede considerar como un basico instinto de clase. Esta aproximación a la conciencia no evoluciona de maneramecanica, y no es desarrollada con facilidad en el seno del proletariado. Entre ambos estadios 2 Valorización jurídica y sustancial
Jiménez de Asúa textualmente dice: “Delito es el acto típicamente antijurídico culpable, sometido a veces a condiciones objetivas de penalidad, imputable a un hombre y sometido a una sanción penal”
Como se ve, se incluyen como elementos del delito; la acción, la tipicidad, la antijuricidad, laimputabilidad, la culpabilidad, la punibilidad y las condiciones objetivas de penalidad.
Sergio García Ramírez, en su libro “Derecho Penal” nos da las definiciones de cada uno de los elementos del delito:
Tipicidad: es la adecuación del comportamiento ( la conducta o el hecho) a un tipo penal, esto es, a determinada descripción prevista en la ley penal.
Antijuricidad: significa contradicción entre el comportamiento y la norma; es decir, “disvalor” de la conducta frente a la cultura en un medio y una época determinados.
Imputabilidad: se trata de una capacidad de culpabilidad, de asunción del juicio de reproche. No puede ser culpable quien es inimputable, aunque su conducta sea típica e ilícita.
Culpabilidad: la culpabilidad estriba en el nexo psíquico entre el sujeto y el hecho delictuoso. La medida de la culpa es la medida de la pena; esto, en los términos de la ley misma, que inicia el proceso de individualización tomando en cuenta, para prever la pena, bajo que forma de culpabilidad se cometió el delito.
Punibilidad: es la sancionabilidad legal penal del comportamiento típico, antijurídico, imputable y culpable. Se denomina punibilidad a la sanción misma aplicable a un delito, esto es, al tramo punitivo que establece el legislador.


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