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Derecho del Autor



Derecho del Autor
Generalidades
Derecho de autor: Es el derecho que tiene el creador sobre la obra.
Los creadores de obras literarias y artísticas tienen este derecho que ofrece la protección de las mismas. Desde el momento en que la obra se crea, la protección que el Estado proporciona al autor de la obra es como un medio probatorio ante terceros y da fe de la existencia de la obra, interpretación o producción.
Este derecho dura la vida del autor y setenta años después de su muerte para que la obra sea explotada por sus herederos o causahabientes. Existen algunas limitaciones excepciones en derecho de autor en las cuales se puede hacer uso de las obras sin necesidad de autorización del autor o titular del derecho. Por ejemplo:


a. Las realizadas en un círculo estrictamente doméstico ( familiar)
b. Utilizar breves fragmentos de obras para fines didacticos o investigaciones siempre que indique de la manera inconfundible la fuente; es decir, el nombre del autor y de la obra conocido como cita al calce art. 39 al 48 Ley de Propiedad Intelectual.
Cómo realizar un depósito de obra
Paso 1
Presentar solicitud original.
Anexar el recibo de pago por un valor de $11.43 dólares.
Adjuntar dos ejemplares de la obra.
El interesado podra preguntar por su deposito de autor elsiguiente día.
Nota: Una vez ingresados los datos de la solicitud y armado el expediente conformado por la solicitud y el recibo se admite y se elabora el certificado de depósito.
Paso 2
Se entrega al interesado el certificado acompañado de un ejemplar de la obra sellado.
Nota:El otro ejemplar queda en archivo de Derechos de Autor junto al expediente.
Los modelos de solicitudes que se entregan en el Registro de Propiedad Intelectual son para que los clientes tengan una idea de cómo redactar las solicitudes y los demas escritos.
Actos o contratos de derechos de autor
Los actos y contratos relacionados con derecho de autor se elaboran en escritura pública y pueden inscribirse en el Registro de Propiedad Intelectual a excepciones de los actos o contratos extranjeros que se aceptan tal como fueron otorgado siempre y cuando tenga las auténticas respectivas que menciona el art. 56 de La Ley de Propiedad Intelectual.

RESPONSABILIDAD DE LA ADMINISTRACION MUNICIPAL PARA GARANTIZAR LA INTIMIDAD Y LA TRANQUILIDAD PUBLICA-Medidas preventivas o sancionatorias
En este caso se configura una evidente omisión porparte de las autoridades administrativas de lo ordenado por los jueces de instancia. Por ello, este caso exige que se haga un seguimiento de la actuación administrativa y que se conmine a las autoridades a realizar los correspondientes controles y a adoptar las medidas pertinentes de acuerdo con la ley. Para ese efecto, los accionantes deben dirigirse al juez de primera instancia para manifestarle su percepción sobre el incumplimiento; éste, a su vez, una vez establecida esa circunstancia, debera adoptar las medidas necesarias. En atención a las anteriores circunstancias, se confirmara el fallo, en cuanto al deber del Alcalde de garantizar la protección del espacio y orden público de los habitantes del sector del barrio Lacharme y Obrero y de controlar el sonido de los altoparlantes y en caso de que sobrepasen los 65 decibeles en el día y los 45 decibeles en la noche imponga las multas sucesivas, o suspender las actividades u ordenar el cierre definitivo del Salón de Juegos Dubay. Esta Corporación adicionara las órdenes de instancia disponiendo, por una parte, que el Alcalde debera coordinar las acciones que permitan la permanente medición de los decibeles en las viviendas de los accionantes y tomar las medidas que se requieran para cesar definitivamente la perturbación por ruido. También se adicionan en cuanto que la Personería Municipal y la Defensoría del Pueblo, en lo que toca con el tramite que se ordena surtir en este asunto, deberan ejercer continua vigilancia, y por otra, incluyendo como destinatarios de la orden de tutela a los titulares delestablecimiento, para señalarles que con su actividad, al margen de las previsiones legales que la rigen, incurren en afectación de derechos fundamentales y que, por consiguiente, deben ceñirse hacia el futuro, a las condiciones fijadas en la ley y a las establecidas en el fallo de tutela y que les imponen la necesidad de tener en cuenta que, no obstante estar en una zona comercial, colindan con una zona residencial, lo cual les exige acomodar su actividad a esa circunstancia, en especial, moderando los niveles de ruido, a riesgo de hacerse acreedores a las sanciones previstas por la ley, impuestas por la autoridad de policía e incluso, de ser necesario, por el juez de tutela , si se establece que ha habido un desacato a la orden que aquí se emite. No obstante lo anterior, la Personería Municipal y la Defensoría del Pueblo Seccional Córdoba deberan reunirse con las partes involucradas para acordar la forma en que se hara el seguimiento de la presente sentencia.


Referencia: expediente T-2.815.439

Demandantes:
Arminda Susana Mestra de Ruiz, Gilberto Ruiz Rodríguez, Teresa de Jesús Martínez Villalba, María Yuly Sanchez y Onei Izquierdo Martínez

Demandados:
Alcaldía Municipal de Montería, Elkin Eduardo Aristizabal Tovar, Ada del Carmen Alvarez Bedoya, Jairo Londoño Ortiz y Vicente Romero

Magistrado Ponente:
GABRIEL EDUARDO MENDOZA MARTELO


Bogota, D.C., 5 (cinco) de mayo dos mil once (2011)

La Sala Cuarta de Revisión de la Corte Constitucional, integrada por los Magistrados Gabriel Eduardo Mendoza Martelo, Jorge Ivan Palacio Palacio y Nilson ElíasPinilla Pinilla, en ejercicio de sus competencias constitucionales y legales, ha pronunciado la siguiente,

SENTENCIA

En la revisión del fallo dictado por el Juzgado 2° Penal del Circuito de Montería, el 10 de junio de 2010, que confirmó el proferido por el Juzgado 3° Penal Municipal de Montería, el 16 de febrero de 2010, dentro de la acción de amparo constitucional instaurada por Arminda Susana Mestra de Ruiz, Gilberto Ruiz Rodríguez, Teresa de Jesús Martínez Villalba, María Yuly Sanchez y Onei Izquierdo Martínez.

La presente acción de tutela fue escogida para revisión por la Sala de Selección número Doce, mediante Auto del 10 de diciembre de 2010, y repartida a la Sala Cuarta de esta Corporación para su decisión.

I. ANTECEDENTES

1. La solicitud

Arminda Susana Mestra de Ruiz, Gilberto Ruiz Rodríguez, Teresa de Jesús Martínez Villalba, María Yuly Sanchez y Onei Izquierdo Martínez presentaron acción de tutela contr Cómo realizar un registro de actos o contrato de derechos de autor
Paso 1
Presentar el acto o contrato en original en escritura pública
Anexar el recibo de pago por el valor de $11.43 dólares.
El interesado podra preguntar por su acto o contrato el siguiente día
Nota
A los actos o contratos se les saca una fotocopia para formar un libro.
Paso 2
Los actos o contratos originales son devueltos al intere


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