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Derecho romano - Derecho antiguo, Derecho clásico



Derecho Romano
Podemos definir al Derecho romano como un ordenamiento jurídico que regia al pueblo romano desde su fundación en el año 753 a de C. hasta la caída del Imperio de Occidente en 476 d de C y en el Imperio de Oriente hasta la época del Emperador Justiniano, quien reino del 527 al 565 d de C.
Dicho Derecho se puede periodificar de la siguiente manera:

1. Derecho antiguo: abarca desde la fundación de Roma hasta el s. I antes de Cristo.

2. Derecho clásico: Desde el año 130 antes de Cristo hasta el 230 después de Cristo.

La etapa clásica se dividió a su vez en
a) Primera etapa clásica (también llamada preclásica): del 130 al 30 a.C
b) Etapa clásica alta o central: 30 a.c al 130 d.C
c) Etapa clásica tardía: 130 al 230 d.C

3. Derecho postclásico: del 230 al 527 d de C


Etapas del derecho postclásico
a) Etapa diocleciana: del 230 al 330
b) Etapa constantiniana: del 330 al 430
c) Etapa teodosiana: del 430 al 527.

4. Derecho justinianeo: desde el 527, con la ascensión de Justiniano al poder del imperio.

Los romanos fueron elaborando su derecho con gran sencillez, no generaron ni intentaron crear teorías generales. El Derecho romano es la conciencia del derecho, además de que dicho derecho se nos presenta como supranacional, esto quiere decir, como un común denominador del cual pueden hacer uso todos los juristas del mundo. El Derecho romano es lo que hoy en día conocemos como nuestro derecho civil. Por otra parte, su estudio acostumbra a la mente a ir adquiriendo un sentido jurídico que nos ayudará aresolver los problemas que posteriormente se nos presenten en la vida profesional. La mente se ejercita al estudiar la forma en la que los romanos fueron perfeccionando sus instituciones partiendo de los principios generales y mediante la lógica.
La historia del Derecho romano privado se extiende desde la Ley de las XII Tablas hasta el reinado de Justiniano; y posteriormente siguió influyendo en la Edad Media, tanto en Europa oriental como en la occidental, hasta llegar a nuestros días, donde ese Derecho sigue viviendo y su historia no se ha clausurado aún.
El Derecho romano es el conjunto de disposiciones jurídicas que rigieron a la comunidad política romana desde su fundación (753 a.C.?) hasta la muerte del emperador Justiniano (565 d.C.).
A pesar de que el Derecho romano no es el Derecho más antiguo que se conoce, presenta en su sistema, sus fuentes, concepciones e instituciones, ciertas particularidades que lo hacen aparecer como autónomo e inconfundible frente a los otros Derechos de la antigüedad.
Los conceptos fundamentales del Derecho romano son
a) Derecho objetivo
b) Derecho subjetivo
c) Preceptos de Derecho objetivo
d) Justicia
e) Equidad
f) Jurisprudencia
g) Derecho civil
h) Derecho honorario y Derecho civil
i) Derecho escrito y Derecho no escrito
j) Derecho público y Derecho privado
k) Derecho común y Derecho singular
l) Privilegios y beneficios
m) Religión y Derecho

Fuentes del Derecho romano

1. La costumbre: representa un papel muy importante en el Derecho romano, así como también en los pueblosdonde tienen un Derecho en formación. La costumbre no es una fuente autónoma del Derecho romano, sino que incluye en la actividad judicial y jurisprudencial. La idea de que la costumbre se equipara con la ley e incluso para poder abogarla, esta tiene su origen en el Derecho vulgar.
2. Lex rogata: (Ley es lo que manda y establece el pueblo), en cuanto a esta fuente del Derecho romano se puede analizar que hace referencia a la participación de un pueblo ante un gobierno, hace demasiada referencia en cuanto al voto y la forma en la que el pueblo elige lo mejor para él mismo.

3. Plebiscitum: (Plebiscito es lo que manda y ordena la plebe) La plebe se reunía en asambleas y eran los que tomaban las decisiones para un pueblo por completo.


4. Senatusconsmultu: (Es lo que el senado manda y establece) al comienzo era un consejo a la consulta de un alto magistrado. Solían dar consejos pero no era obligatorio hacer lo que se aconsejaba.

5. Edicto de los magistrados: Todos los magistrados, cónsules, pretores, censores, etc. acostumbraban publicar cada año diversas declaraciones relacionadas al ejercicio de su cargo, estas declaraciones se llamaban edicta (edictos). El edicto se publicaba sobre una tabla pintada de blanco (álbum), con escritura en negro y tenía una vigencia de un año.

6. Jurisprudencia: (es el conocimiento de las cosas divinas y humanas, y la ciencia de lo justo y de lo injusto). Es el conjunto de opiniones emitidas por diversos jurisconsultos romanos. El jurista es el estudioso, el conocedor del Derecho a el acude quientiene un problema para consultarle, de ahí iurisconsultus (jurisconsulto) y tiene que dar una respuesta. Una manera de llegar a tener mucho prestigio en roma era siendo un experto de Derecho. El jurisconsulto no cobra, es por eso que para ser tal era necesario tener una economía desahogada, esta labor era para ayudar a la sociedad, para aclarar sus dudas o también aconseja en la redacción de contratos, testamentos, etc.

El esplendor de la época clásica se debe al pensamiento refinado del jurisconsulto, quien por su autoridad e independencia se constituye en el eje alrededor del cual gira el Derecho. A él acude quien tiene un problema jurídico.
7. Constituciones imperiales: Las constituciones son disposiciones emanadas del Emperador que podían adoptar las siguientes formas:
a) Ética
b) Mandata
c) Decreta
d) Rescripta

Bibliografía:
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La actividad económica en el Derecho romano, Fernando Gimenéz Barriocanal, EDITORIAL DYKINSON S.L., p.p. 22,3,35,44
La ciudad antigua, Fustel de Coulanges, Edición de J.F. Yvars, EDICIONES PENÍNSULA, p.p. 81,92,117,199
Panorama del Derecho romano, Sara Bialostosky, EDITORIAL PORRÚA, p.p. 1, 2, 3, 4, 5, 6, 9, 12, 22, 28,
Derecho romano, Guillermo Margadant, EDITORIAL ESFINGE, p.p. 17, 18, 19, 20, 24, 25, 31, 41, 43, 45, 51
Padilla, Gumesindo, DERECHO ROMANO, cuarta ediciòn, MacGraw-Hill Interamericana, 2008, p.p. 21,22,23,24,25,26,27,28,29


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