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Centrales de riesgo - Cuales son las centrales de riesgo mas importantes en Colombia?




Viviana Restrepo
Semana Cuantro


1 ¿Cuales son las centrales de riesgo mas importantes en Colombia?


Una central de riesgos es una entidad especializada en el almacenamiento de datos acerca de las obligaciones de las personas. Tener buena historia crediticia es tan importante como tener buenas referencias en la hoja de vida.
Así como antes se expedía el pasado judicial, ahora las entidades bancarias, las empresas de telefonía, televisión por suscripción y muchos almacenes revisan la calificación que tenemos en las centrales de riesgo para estudiar la aprobación de algún crédito que estemos solicitando.



Y es que las centrales de riesgo son las que almacenan, procesan y suministran la información sobre la forma como las personas y las compañías han cumplido con sus obligaciones en entidades financieras, cooperativas o con almacenes y empresas que venden a crédito, formando así la historia de crédito de una persona natural o jurídica. Una historia que sirve para que las entidades en donde se solicita un crédito puedan decidir en conjunto con otros elementos de información si otorgan crédito o prestan sus servicios.



Las centrales de riesgo mas importantes del país son




Datacrédito es una de las centrales de riesgo mas importantes del país que se encarga de administrar información financiera crediticia, comercial y de servicios, relativa a la forma cómo las personas y las compañías han cumplidocon sus obligaciones de crédito.



Se registran en Procrédito quienes incumplan con obligaciones comerciales, por ejemplo, cuando un cliente abre un crédito o una cuenta corriente y no paga sus deudas. 





La CIFIN es un servicio privado de información, conformado por bases de datos de diverso caracter, a través de las cuales se muestra el comportamiento comercial y financiero de las personas que son reportadas a ellas.


2 Si se esta reportado negativamente cuanto es el tiempo en el que permanecen en esta base. Argumente su respuesta.
tratamiento de devoluciones debiendo sustentarlas con una causa legal o
administrativa establecida en el Anexo 22.21 de este Manual.
Una vez que aplicó el Archivo TEI y determinó devoluciones por sistemas, con éstas
efectúa lo establecido en el numeral 13.2.1.
(O %DQFR 3UHVHQWDGRU
A través de sus sistemas internos realiza la aplicación de registros en las cuentas
bancarias de los depositantes.

Una vez que están aplicados realiza lo establecido en el numeral 13.2.14.

 9DOLGDFLyQ GH ODV ,PiJHQHV GH 'RFXPHQWRV 7UXQFDGRV FRQ ,PDJHQ
(O %DQFR /LEUDGR
a

Valida las firmas de la imagen de los documentos contenidas en el Archivo de
Intercambio, contra sus registros internos, y determina su aceptación o su
devolución por firma(s); en el caso de que detecte firmas ilegibles o imágenes de
documentos ilegibles efectúa lo establecido en el numeral 13.2.15 de este
Manual. Adicionalmente debe validar el Reportede Conciliación entre CII y CCE
Anexo 22.29 de este Manual, y si existen imágenes faltantes, realiza lo
establecido en el numeral 13.2.16 de este Manual.

a

Valida que en la imagen del anverso de los documentos contenidas en el Archivo
de Intercambio no existan sellos que interfieran con los datos de alguna de las
siguientes áreas del cheque: Fecha, Beneficiario, Importe con letra, Importe con
número, Firma, Banda Libre y Personalización; de existir los devuelve por la
causa 55 'Cheque con sellos en anverso cubriendo datos”

 (QWUHJD GH 'RFXPHQWRV 'HYXHOWRV D ORV FOLHQWHV GHSRVLWDQWHV

Una vez que los Documentos Devueltos ya fueron aplicados en la cuenta de su(s)
cliente(s) depositante(s), separa los Cheques y Giros Bancarios devueltos contenidos
en el archivo de registros lógicos.

F. de Publicación: 23/Abr/02

F. de Actualización: 18/Mar/05
Documento elaborado por Cecoban, S.A de C.V.

Página

&yGLJR MB_CCE_T2
9HUVLyQ 3.0

&RPSHQVDFLyQ (OHFWUyQLFD GH &KHTXHV
0DQXDO SDUD HO %DQFR

 &DXVDV GH 'HYROXFLyQ 9iOLGDV SDUD 'HYROXFLRQHV (OHFWUyQLFDV
Las causas de devolución detalladas a continuación, son las autorizadas por Banco de
México de acuerdo a lo establecido en el Anexo 25 de la Circular 2019/95.
1~PHUR
01
02
03
04
51
52
06
07
08
09
10
11
12
13
14
15
16
17
18
19
20
21
22
23
24

1~PHUR
24
53
54
55

'HVFULSFLyQ GH OD &DXVD GH 'HYROXFLyQ
Fondos insuficientes según nuestros libros
No tienecuenta con nosotros el librador
Falta la firma del librador
La firma del librador no es como la tenemos registrada
Es el equivalente de la 5A. La numeración del cheque, no corresponde a la de
los esqueletos ministrados al librador
Es el equivalente de la 5B. La numeración del cheque, corresponde a la de un
talonario que se reportó extraviado
No es a nuestro cargo
Tenemos orden judicial de no pagarlo
Ha sido revocado y ya se venció el plazo legal para su presentación
El librador se encuentra en estado de quiebra, concurso o suspensión de
pagos
No hay continuidad en los endosos
Por haberse negociado indebidamente
Es pagadero en otra moneda
Está alterado
Se cobra por cantidad distinta de la que vale
Carece de fecha
Cheque con el mismo número de uno que ya ha sido pagado (Art. 175).
Está mutilado o deteriorado
No es compensable
Por no reunir las menciones y requisitos legales
No contiene orden incondicional de pagar dinero (Unidad Monetaria
incorrecta
Por causa imputable al banco librado
Cheque al portador expedido por un monto mayor al permitido (Art.179).
Cheque presuntamente falsificado (Art. 175).
__________ ______ ____ __________

'HYROXFLRQHV $GPLQLVWUDWLYDV ,QWHUEDQFDULDV
'HVFULSFLyQ GH OD &DXVD GH 'HYROXFLyQ
Otras
Segunda presentación por CCE
Firma ilegible en imagen
Cheque con sellos en anverso cubriendo datos

F. de Publicación: 23/Abr/02

F. de Actualización: 18/Mar/05
Documento elaborado por Cecoban, S.A de C.V.

Página

La información de caracter positivo permanecera de manera indefinida en los bancos de datos de los operadores de información.
Los datos cuyo contenido haga referencia al tiempo de mora, tipo de cobro, estado de la cartera, y en general, aquellos datos referentes a una situación de incumplimiento de obligaciones, se regiran por un término maximo de permanencia, vencido el cual debera ser retirada de los bancos de datos por el operador, de forma que los usuarios no puedan acceder o consultar dicha información. El término de permanencia de esta información sera de cuatro (4) años contados a partir de la fecha en que sean pagadas las cuotas vencidas o sea pagada la obligación vencida.

Para las obligaciones menores a 2 años, el tiempo de duración del reporte sera igual al doble de la mora. Si es mayor a dos años, sólo podra durar 4 años reportado.


Gracias…


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