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Excepciones laborales - EXCEPCIONES



UNIVERSIDAD MARIANO GALVEZ
CIENCIAS JURIDICAS Y SOCIALES
DERECO PROCESAL DE TRABAJO II
AMTIGUA GUATEMALA

EXCEPCIONES


En un proceso judicial, en asuntos laborales, el demandado puede asumir diferentes posiciones con respecto a la demanda en su contra, y estas se conocen como oportunidad procesal, que son las actitudes que Puede Tomar el Demandado, una de ellas es la de Interponer excepciones dilatorias; divido a que estas excepciones no estan reguladas en el código de trabajo de Guatemala, pero si mencionadas en el capitulo sexto del título undécimo, procedimiento ordinario, en el artículo 342, se hace pues necesario acudir al capítulo primero del mismo título, articulo 326 en el cual se delínea el principio de supletoriedad, para aplicar las disposiciones del Código Procesal Civil y Mercantil y la Ley Constitutiva del Organismo Judicial; estas se encuentran en el Libro segundo, Titulo I, Capítulo IV, Sección Primera, ACTITUDES DEL DEMANDADO, Excepciones previas, articulo 116, del Código Procesal Civil y Mercantil:



Artículo 116.- el demandado puede plantear las siguientes excepciones previas:

Incompetencia.
Litispendencia.
Demanda defectuosa.
Falta de capacidad legal.
Falta de personalidad.
Falta de personería.
Falta de cumplimiento del plazo de la condición a que estuviere sujeta la obligación o el derecho que se hagan valer.
Caducidad.
Prescripción.
Cosa juzgada.
Transacción.

Estas excepciones previas, son las que en un proceso ordinario en asuntoslaboras pueden ser presentadas por el demandado como excepciones dilatorias; y se interponen de la siguiente manera

1) Incompetencia: Se interpone cuando la demanda ha sido presentada ante un órgano jurisdiccional que no tiene competencia para conocer del asunto ya sea por razón de la materia, territorio, cuantía o el grado.

2) Litispendencia: Juicio pendiente. Procede cuando una persona esta siendo demandada por el mismo asunto, el mismo actor en diferente juzgado; entonces las actuaciones del segundo juicio seran remitidas para el primer juicio

3) Demanda Defectuosa:
Procede esta excepción cuando la demanda no llena las formalidades que deben de cumplirse al presentarse la misma.

4) Falta de Capacidad Legal:
c. Caso del trabajador excedente. La mejora permanente en los ingresos familiares tiende a disminuir, vía un efecto ingreso sobre el ocio, la participación laboral de los hogares. Un aumento en el coeficiente de empleo asalariado o la disminución de la tasa de desempleo elevan de manera permanente los ingresos familiares; pasa lo mismo con el alza en los ingresos reales de los trabajadores por cuenta propia.

d. Caso del trabajador adicional. A la inversa, el deterioro permanente en los ingresos familiares tiende a disminuir la participación laboral. Ese deterioro esta recogido por las siguientes variables: una disminución en el coeficiente de empleo asalariado (CEA); una caída en los ingresos reales de los trabajadores por cuenta propia (Ycp) y el alza reciente de la tasa de desempleo (que baja laprobabilidad de conseguir empleo y hace caer el ingreso esperado).

e. La participación laboral muestra una alta y positiva estacionalidad en el mes de marzo.

f. Paralelamente parece bastante sensible a ciertos cambios de estructura.

-El aumento tendencial de la participación laboral parece volverse definitivo cuando la participación laboral es igualo superior al 54%. Ello ocurrió desde 1984. En este caso la variable ESTl toma valor de 1 y eleva permanentemente la tasa de participación.

-Un segundo cambio estructural parece haber ocurrido desde comienzos de los años noventa. La influencia positiva de la variable (EST2) indica una alza permamente en el valor medio de la participaciÓn laboral en la década actual.

3. La tasa de desempleo

Por definición la tasa de desempleo varía inversamente con el coeficiente de empleo y directamente con la participación laboral desde que viene dada por la expresión:





a. La tasa de desempleo decrece a medida que aumentan tanto el coeficiente de empleo total como y, sobre todo, el coeficiente de empleo asalariado. En el primer caso (aumento del coeficiente de empleo total) se trata de un truísmo prescrito por la ecuación 5, que se produce a pesar de que, como vimos, la participación laboral tiende a aumentar. En el segundo caso (alza del coeficiente de empleo asalariado) la reducción de la participación laboral asociada con el alza en el empleo asalariado tiende a reforzar el impacto positivo de esta variable sobrela desocupación.

b. U n alza durable en el salario mínimo real elevaría una mayor participación laboral- la tasa de desempleo.

c. En cambio un alza en el ingreso real de los trabajadores por cuenta propia tiende a disminuir la desocupación. Ese impacto se produce (ecuación 4) vía una reducción en la participación laboral.

d. El ajuste (al alza o a la baja) de la tasa de desempleo alas variaciones de la ocupación es lento. A partir de una situación de alto desempleo una mejora en el empleo se demora en impactar la desocupación, pues la participación laboral es sensible al desempleo anterior. A la inversa, si la desocupación ha sido baja, una crisis en la ocupación se demora en elevar la tasa de desempleo, pues la participación laboral depende positivamente del desempleo anterior.

e. El mes de marzo presenta estacionalidad, el desempleo es superior en este trimestre del año.

f. Cuando la participación laboral supera el 54%, reflejado en la variable estructura, el desempleo tiende a ser mayor. Cuando supera el 58.0% se produce un nuevo aumento en el nivel medio de la desocupación.

4. Notas estadísticas

a. Al contrastar estabilidad en los dos modelos (23), se hizo preciso crear una nueva variable estructural (EST2) que permitiera homogeneizar la serie, como requisito Procede cuando ya sea el Actor o el Demandado no reúna los requisitos de ser capaces.

5) Falta de Personalidad:
Procede esta excepción cuando una persona no esta legitimada para ejercer un derecho y lo esta ejerciendo o bien cuando la demanda va dirigida en contra de una persona no legitimada para soportar esa obligación. (Actor o demandado).

6) Falta de Personería:
Facultad o aptitud que tiene una persona para poder representar a otra dentro de un juicio.
El mandato judicial sólo se puede otorgar a un pariente o a un abogado.
Se interpone cuando una persona comparece en nombre de otra en un juicio sin ser mandatario judicial o representante legal o siéndolo no se justifica debidamente la representación acompañando el título de la misma.

7) Falta de Cumplimiento del Plazo de lacondición a que estuviera sujeta la obligación o derecho que se hiciera valer.
Esta excepción dilatoria, se da a interpretaciones diferentes de acuerdo a la manera en que se enfoque, pudiéndose dividir hasta en 4 supuestos, para nuestra explicación la dividiremos en 2 supuestos como sigue:
Supuestos:
a) Falta de cumplimiento del plazo a que esta sujeta la obligación o derecho que se hace valer.
b) Falta de condición a que estuviera sujeta la obligación o derecho que se hace valer. (Sujetas a condiciones; condicionadas

8) Caducidad:
Caducidad es decaimiento de una facultad procesal que no se ejercita dentro de un determinado plazo. Es la sanción que se pacta o se impone por la ley a las personas que dentro de un plazo convencional o legal no realizan voluntariamente y conscientemente los actos positivos para hacer nacer o mantener vivo un derecho procesal según sea el caso.
En el código de Trabajo Guatemalteco no existe la caducidad sino que se utiliza el término prescripción, el cual esta definido en el Titulo Octavo Capítulo Primero, Prescripción, articulo 258 al artículo 268.
Su función es que una vez transcurrido el plazo que la ley o la voluntad de los particulares establece para el ejercicio de los mismos, se extinguen los derechos o acciones en base a la necesidad que no permanezcan indefinidamente inciertos.
ramo laboral. Ni tampoco lo son las siguiente tres excepciones previas previstas en este articulo 116 de Código Procesal Civil y Mercantil

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