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Familia, religiÓn y estado ante el derecho a la educaciÓn educación



Concepto antropológico  hombre como unidad sustancial de cuerpo y alma. Tres dimensiones  individual, social y trascendente. Individual: el hombre toma conciencia psíquica de su radical libertad y de susingular intimidad. Social: alcanza su excelencia práctica Dimensión trascendente y religiosa del hombre, referente a lo eterno, a lo espiritual. La educación es un deber y derecho ético y social. El hombre es capaz de llegar a ser más perfecto. Obligación moral y también como derecho y deber social. El deber-derecho a la educación tiene su lugar natural y primario en la familia. La familia se convierte en el punto de partida de la actualización del ser, en ella el ser humano inicia la aventura de la vida y el crecimiento de su persona. La relación entre la dimensión religiosa del hombre es la vinculación del hombre con Dios, su dimensión religiosa y trascendente , no es algo cultural, sino que es algo natural y consustancial. La religión no debe desligarse del acto mismo de educar. La educación laica o materialista es en el marco de una sociedad plural y abierta una clara afrenta a la libertad de enseñanza. La dimensión socializadora del Estado, la implantación del llamado estado del bienestar ha traído nuevas exigencias que sitúan a la labor estatal en dos variantes: velar y garantizar la libertad de enseñanza en el marco de una sociedad plural y diversas, removiendo los obstáculos que la puedan dificultar, y prestar servicios como una forma real y efectiva de garantizar esa libertad. ONTOLOGÍA DEL DERECHO-DEBER A LA EDUCACIÓN La corporeidad y la espiritualidad son las dos características necesarias y fundamentales de la naturaleza humana. Un alma se encuentra vertida en un cuerpo y un cuerpo se encuentra vertido en un alma constituyendo unaunidad llamada hombre. En esa unidad la inteligencia y la voluntad cobran un valor fundamental. Por la inteligencia, la persona conoce; por la voluntad, actúa.




Cada ser es distinto a los demás individuos de su especie. El espíritu humano se crea, y es desde esa creación de donde le viene su carácter de irrepetibilidad, unicidad y singularidad. Nunca ha habido, hay o habrá un ser humano igual a otro. Su espiritualidad lo convierte en único, en ser personal, alguien sin el cual la existencia y la realidad pierden sentido. Rasgos de la condición de persona: cuatro características 1. libertad subjetiva: capacidad interna de autodeterminación que tiene el hombre. 2. sociabilidad: el hombre es por naturaleza apertura, trascendencia, comunicación  libertad intrasubjetiva 3. intimidad o conciencia humana: sitúa al hombre ante la verdad moral, ante sí mismo. 4. dimensión trascendente y religiosa del hombre: lo eterno, lo religioso, lo inconmensurable de la existencia. El hombre necesita de Dios, es su fuerza y su esperanza para alcanzar la felicidad. La educación religiosa se convierte así en un deber y derecho que emana de la propia estructura ontológica del hombre y que la sociedad ha de posibilitar y garantizar. Platón ïƒ La educación tiene por fin dar al alma y al cuerpo toda la belleza y perfección que le son susceptibles por naturaleza” Kant  “la educación tiene por fin el desarrollo en el hombre de toda la perfección que su naturaleza lleva consigo”. Pestalozzi ïƒ la educación es el desarrollo natural, progresivo y sistemático de todas lasfacultades humanas” J. Dewey  “la educación no es una preparación para la vida, es la vida misma” Tomás de Aquino  “el fin de la educación era la conducción y promoción de la prole al estado perfecto del hombre en cuanto hombre, que es el estado de virtud” El obrar sigue al ser. La educación de la persona deberá ser un proceso de perfeccionamiento intencional de la inteligencia y voluntad. La educación es un proceso intencional jerarquizado que deber afectar a la totalidad de las posibilidades del hombre. Dos razones demandan la educación, porque el hombre es conciente por su propio estado de la falta de perfección y porque sabe que puede y debe educarse El educando no es propiedad ni de la familia ni de la Iglesia ni del Estado, sino de sí mismo. Este derecho individual es también un deber y un derecho social. EL DERECHO-DEBER DE LA EDUCACIÓN EN EL ÁMBITO JURÍDICO


Perspectiva internacional Ideal común por el que todos los pueblos y naciones deben esforzarse, a fin de que tanto los individuos como las instituciones, promuevan, mediante la enseñanza y la educación, el respeto a estos derechos y libertades. La educación debería aparecer en la jerarquía de valores como el segundo de los derechos inalienables del hombre. La Declaración Universal de los Derechos Humanos en el artículo primero proclama: “Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos, y dotados como están de razón y conciencia, deben comportarse fraternalmente los unos con los otros”, y en el artículo segundo matiza “toda persona tiene todos los derechos ylibertades proclamados en esta Declaración, sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición. El artículo veintiséis declara: toda persona tiene derecho a la educación la educación tendrá por objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana los padres tendrán derecho preferente a escoger el tipo de educación que habrá de darse a sus hijos.

El derecho-deber a la educación también ha tenido notable eco en documentos eclesiales y más en concreto en documentos de la Iglesia Católica. Perspectiva nacional Las discusiones sobre el derecho a la educación no se plantean en el plano de los principios: puede decirse que todos están de acuerdo con ellos. Se plantean en el plano de las realizaciones prácticas por los intereses sociopolíticos que los diferentes grupos y sectores ven en ello. La educación se plantea como principio insoslayable e inexcusable de la vida social. Derecho fundamental. Pluralismo educativo. LA FAMILIA COMO INSTITUCIÓN EDUCATIVA PRIMARIA La familia es en el orden natural e histórico la institución social por excelencia. La sociología es una vía importante para acercarnos a la dimensión entitativa de la familia. En la cultura occidental hay que presentar modelos alternativos de carácter más universal. Se trata de verla especialmente desde dentro y más en concreto desde la antropología o naturaleza humana. Existe una dimensión ontológica y esencial de la familia porque existe unadimensión entitativa de lo que es el hombre.


La vida es impensable sin relación, sin apertura y mucho más la esencia de la vida familiar. Una vida que al ser la proyección de un espíritu resulta una relación singular, única, íntima y privada. Responsabilidad en el mantenimiento de la especie. Mostrar la relación natural que debe existir entre nacimiento biológico y socialización familiar. El hombre al nacer tiene una identidad genética, pertenece biológicamente a una familia y a ella corresponde por orden natural el derecho y el deber primario de socializarlo. Sin el compromiso de amor no hay socialización familiar, no hay en definitiva familia. Serán su complemento, su ayuda y su garante. Debe ser en la familia donde deber sustanciarse el auténtico sentido de la educación personal, la escuela más importante de la vida, el lugar donde siempre se vuelve. LA EDUCACIÓN PERSONAL EN EL ÁMBITO JURÍDICO El marco internacional El análisis detallado del contenido de los tratados y acuerdos jurídicos se sustancia especialmente en cinco aspectos que para el ordenamiento jurídico internacional se consideran insoslayables, recogiéndose directa o indirectamente en la práctica totalidad de declaraciones y reglamentos internacionales: a. Reafirmar el derecho preferente de los padres a la educación de los hijos. A nadie se puede negar el derecho a la instrucción. b. Reafirmar la necesidad de una protección jurídica y no jurídica que defienda el derecho a la educación familiar. c. Subrayar que el niño es el depositario radical y la fuente originaria de todos losderechos, deberes y libertades educativas. d. El niño tiene derecho a una atención educativa integral y armónica de su personalidad. e. El derecho a que se respete la identidad cultural del niño. El marco nacional El ordenamiento constitucional español no dedica amplios espacios a este tema y cuando lo hace lo trata de una manera escueta y genérica. Art. 39.3 “que los padres deben prestar asistencia a todo orden a sus hijos , durante su minoría de edad, y en los demás casos en que legalmente proceda. Art. 27.6 libertad de crear centros docentes que asiste a los padres y en el derecho de intervenir en el control y gestión de la enseñanza a través de los cauces reglamentados al efecto. RELIGIÓN Y ESTADO: SU DIMENSIÓN EDUCATIVA


La dimensión religiosa de la educación Religiosidad como una de las posibilidades esenciales de la naturaleza humana. El hombre necesita de Dios, es su fuerza y su esperanza para alcanzar la felicidad. La educación religiosa se convierte así en un deber y derecho que emana de la propia estructura ontológica del hombre y que la sociedad ha de posibilitar y garantizar no sólo reconociéndola como un derecho personal y social sino como un derecho civil de primer orden. Nuestra Constitución es clara al proclamar el derecho a la libertad de enseñanza y el reconocimiento del “derecho que asiste a los padres, para que sus hijos reciban la formación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus propias convicciones”. La vinculación del hombre con Dios, su dimensión religiosa y trascendente, no es algo cultural, aunque sedesenvuelva en el marco de una cultura adquiriendo múltiples formas y variantes, es algo natural, un referente llamado a inspirar y dar sentido a todos sus actos y con su proceso de perfeccionamiento. El estado y su relación con la educación El Estado es la suma de voluntades de todos y cada uno de sus miembros. Las relaciones Estado y educación no son muy antiguas. Tres fases: - Fase de gestación: nacimiento del Estado moderno en los siglos XV y XVI. - Segunda etapa a partir de la Revolución francesa. El compromiso jacobino con la educación será objeto de especial preocupación ideológica. - Siglo XX: tercera fase. 24 junio 1793  formulación de la Declaración de Derechos del Hombre y del Ciudadano. “La instrucción es necesaria a todos. La sociedad debe favorecer con todo su poder el progreso de la razón pública y poner la instrucción al alcance de todos los ciudadanos” Esta declaración puede considerarse el antecedente civil del derecho a la educación. Dimensión ambivalente. Estado educador e intervensionista que considerará la educación un instrumento irrenunciable de control y cambio social. Legitima defensa de realidades diferentes a las impuestas por un Estado omnipotente, uniformador y en cierto modo usurpador de la pluralidad y diversidad social. El derecho educativo se traduce en una garantía de la libertad de enseñanza. Al Estado se le pide actuar, incitándole a eliminar obstáculos


económicos, sociales, ideológicos, históricos, religiosos, etc. que puedan lastrar o dificultar la libertad de enseñanza.



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