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Día mundial del medio ambiente




El Día Mundial del Medio Ambiente se conmemora del 5 de junio de cada año, siendo el vehículo a través del cual las Naciones Unidas estimulan la concienciación sobre el ambiente a nivel mundial, ademas de promover la atención y acción política.


El lema para el 2010 es 'Muchas Especies. Un Planeta. Un Futuro', un mensaje que se enfoca en la importancia vital para el bienestar de la humanidad y para las especies y ecosistemas del planeta. El tema también apoya el Año Internacional de la Diversidad Biológica celebrado este año.




Millones de personas y millones de especies comparten el mismo planeta, y solo juntos pueden disfrutar un futuro mas seguro y mas próspero. El anfitrión de este año es Ruanda, un país del este de Africa que esta adoptando una transición hacia una economía verde. La combinación de la riqueza ambiental de este país,incluyendo las especies raras y económicamente importantes tales como el gorila de montaña, aliado a las pioneras y nuevas políticas verdes que el país esta implementando, es una de las muchas razones del porque el PNUMA aceptó la oferta de Ruanda de ser el anfitrión mundial del 2010.


Mientras el país enfrenta muchos desafíos que abarca desde la recuperación de la pobreza, el desarrollo de energía de recursos sostenibles hasta la degradación de tierras, este país llamado ‘la tierra de las miles de montañas’ esta desarrollando estrategias hacia futuro, incluyendo el desarrollo de energías renovables tales como energía solar y la generación de biogas. El país es internacionalmente reconocido por introducir iniciativas como la prohibición de bolsas de plasticos, campañas de limpiezas ambientales a nivel nacional y el desarrollo de un corredor de conservación para chimpancés.
proceso de disolución de esa experiencia, pensamos que corresponde de todos
modos considerar su existencia desde un punto de vista histórico. A su vez, no
incluye esta enumeración a aquellos ordenamientos jurídicos, como el derecho
judío, que no forman una familia, ya que esta compuesto por un solo
ordenamiento, de base religiosa, aún cuando pueda presentar variantes locales.
Por otra parte, la clasificación antes enunciada de las familias
jurídicas tampoco resulta, hoy en dia, muy exacta, en la medida que gran parte de
los Derechos no occidentales han sufrido una fuerte influencia del Derecho
occidental, de modo que actualmente muchas de las instituciones de aquellos
derechos, en especial la estructura del Estado, han sido modificadas de acuerdo a
modelos occidentales. Mas aún, el desarrollo del moderno Derecho Internacional
de los Derechos Humanos, que surge luego de la Segunda Guerra Mundial, y la
acción de distintos organismos internacionales, mas el fuerte predominio del
modelo social y político de los países mas desarrollados, ha contribuido también a
disminuir las diferencias actuales entre las familias jurídicas.
Ahora bien, dentro del derecho occidental aparecen dos grupos de
ordenamientos jurídicos o sub familias: los ordenamientos del grupo romano
canónico (denominado por ciertos autores como derecho romano germanico) y
aquellos vinculados al derecho del “common law” o de la tradición anglo-sajona.
Desde la perspectiva de este último, sedenomina a los sistemas del derecho
romano canónico como derechos del “civil law” o “derechos continentales”, por
oposición al caracter insular en que se origina la tradición anglo-sajona.
Ambos grupos o subfamilias difieren, no en cuanto a los principios o
instituciones fundamentales que informan su normativa, cuya semejanza permite
incluirlos en una misma familia jurídica, sino mas bien en cuanto a la sistematica
de su estructura y al diferente valor o preeminencia que cada uno otorga a las
fuentes formales del derecho. Así, la subfamilia romano-canónica sigue una
sistematica que proviene del derecho romano, y que se desarrolla en la distinción
en ramas articuladas entre el Derecho Público y el Derecho Privado. En cambio
los ordenamientos del “common law” recogen una sistematica proveniente de su
origen consuetudinario y jurisprudencial judicial, que no coincide exactamente con
la anterior. Del mismo modo, en la subfamilia romano canónica se otorga una

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clara preeminencia a la ley, dentro de las fuentes formales del derecho, mientras
que el “common law” reconoce mayor relevancia a la costumbre jurídica y sobre
todo a las decisiones de los jueces.
Mas alla de las diferencias anotadas, las características principales
de la tradición jurídica occidental, pueden ser descritas de la siguiente manera:
a) En esta tradición se establece una distinción relativamente marcada entre las
instituciones jurídicas y otros tipos de instituciones, ya sea morales, religiosas
o políticas; de manera tal que se considera que el derecho tiene uncaracter
propio, una cierta autonomía relativa en relación a otras regulaciones sociales;
b) La administración de las instituciones jurídicas en esta tradición esta entregada
a un cuerpo especial de personas, llamense abogados o juristas, que se
dedican a actividades jurídicas con una base profesional, y que han recibido
una formación especializada con sus propias escuelas y bibliografía, y que
forman una cierta cultura jurídica que influye en las mismas instituciones;
c) Se concibe al derecho como un todo coherente, como un sistema integrado y
no contradictorio, como un cuerpo, desarrollado a través del tiempo con una
cierta lógica interna, en el sentido que los cambios de ese cuerpo de derecho,
no son sólo adaptaciones de lo antiguo a lo nuevo, sino que constit


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