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El contrato estimatorio



EL CONTRATO ESTIMATORIO


1.- CONCEPTO:
El contratoestimatorio es considerado por el Código de Comercio como aquel por el cual 'una parte entrega a la otra una o varias cosas muebles para que le pague un precio o bien le devuelva las cosas dentro de un plazo' (Artículo 713).
Es un contrato de uso frecuente en el comercio, especialmente en negocios como el de librería y similares, ya que permite: a) recibir mercaderías cuyo valor no es necesario cubrir sino hasta transcurrido cierto tiempo, y b) devolver lo que no se haya vendido. De ahí su finalidad económica, su utilidad en el comercio al menudeo y en las relaciones entre el productor y el vendedor al por menor.
En la vida comercial se le designa con el nombre de 'consignación' y así se dice que determinada mercadería se entrega y recibe en consignación, lo que significa que se pagará el precio estimado de lo vendido y se devolverán las mercaderías que queden luego de transcurrido el plazo convenido por las partes. El Código de Comercio usa la denominación de contrato estimatorio, pero en obsequio a la realidad llama a las partes consignante y consignatario.


Se ha definido el contrato estimatorio diciendo que es aquel por el cual 'una de las partes (tradens o consignante) estima en una cantidad cierta, obligándose ésta (accipiens o consignatario) a pagar el valor estimado de dichas cosas o a devolverlas, transcurrido el plazo convenido.
NATURALEZA JURIDICA:
Varias son las posiciones que ha adoptado la doctrina frente al problema de la naturaleza jurídica del contrato estimatorio. Algunos consideran que es una compraventa, otras que esun mandato o comisión, otros que es un depósito y otros que es una sociedad o conjunta de negocios conexos (Langle y Rubio). Es indudable que presenta analogías con otros contratos, pero el hecho de que esté regulado por el Código de Comercio como un contrato típico y autónomo y dadas sus características, podemos afirmar que es un contrato sui generis y unitario.
CARACTERES: Los caracteres jurídicos del contrato estimatorio son:
A) Es un contrato típico y nominado. El Código de Comercio se ocupa específicamente de él y lo denomina contrato estimatorio (Artículo 713).
B) Es un contrato real, ya que se perfecciona con la entrega de las cosas (Artículo 713 primer párrafo).
C) Es un contrato de cambio, que procura la circulación de cosas muebles, dando un bien por otro (cosas por precio).
D) Es un contrato duradero, pues sus efectos se producen a través de un plazo.
E) Es un contrato bilateral, principal y oneroso, desde luego que hay obligaciones recíprocas de las partes, subsiste por sí solo y se estipulan provechos y gravámenes para ambas partes.
- ELEMENTOS
A) ELEMENTOS PERSONALES: Quienes intervienen en el contrato estimatorio son:
a) El consignante (tradens), que es el que entrega una o varias cosas muebles para que, transcurrido un plazo, se le restituyan o bien se le de a cambio su precio estimado.
b) El consignatario (accipiens), que recibe las cosas para procurar su venta dentro de un plazo y se obliga a devolver las no vendidas y el precio estimado de las que venda.
B) ELEMENTOS REALES:
a) Las cosasque el consignante entrega al consignatario. Estas pueden ser una o varias, necesariamente deben ser determinadas y muebles. Determinadas ya que es la única forma de estimar el precio de las mismas; y muebles por mandato expreso de la ley (Artículo 713). Además, las cosas recibidas y no vendidas son las que el consignatario debe devolver al cumplirse el plazo.
b) El precio, para cuya fijación consignante y consignatario hacen una estimación, lo que significa fijar el precio unitario de las cosas. El que recibe tiene relativa libertad de vender a precio mayor y 'está obligado a pagar tantas veces el precio unitario cuantas sean las unidades que no devuelve en naturaleza'.
EFECTOS:
A) Obligaciones del consignante: Entregar las cosas objeto del contrato, sobre las cuales pierde su derecho de disposición, en tanto no le sean restituidas (Artículo 713). Consecuencia de dicha obligación, el consignante confiere al consignatario la disponibilidad de las cosas objeto del contrato, privándose él temporalmente del poder de disponer; se ha dicho por eso que se trata de un caso de propiedad sin poder de disposición (Messineo).
B) Obligaciones del consignatario: Pagar el precio estimado de las cosas que recibe o a restituirlas dentro de un cierto plazo. El precio es de ordinario inferior al que puede percibir el consignatario, ya que el consignante puede no tener interés en éste segundo precio, pero puede suceder que el precio de venta al público esté fijado por el consignante, en cuyo caso el consignatario está obligado a vender las cosasen dicho precio.
La obligación de pagar el precio estimado persiste en el caso de que sea imposible la restitución de las cosas, aún por causas que no le sean imputables al consignatario.
Es importante señalar que la enajenación a terceros no constituye elemento del contrato estimatorio y que de consiguiente el consignatario puede adquirir para sí las cosas recibidas. Ahora bien, puede disponer válidamente de las cosas y éstas no podrán ser embargadas por sus acreedores, mientras no haya pagado el precio, pero una vez se ha pagado, las cosas pasan a formar parte de su patrimonio y por lo mismo puede ser embargadas.
También es el caso señalar que el consignatario está obligado a asumir los riesgos de las cosas que recibe, ya que, como dijimos, su obligación de pagar el precio subsiste en todo caso (Artículo 713).
En resumen podemos decir que el contrato estimatorio tiene el siguiente régimen jurídico
a) Recae sobre bienes muebles;
b) La entrega de la cosa, no transmite la propiedad, sino la disposición;
c) Obliga a la restitución en caso de no disponer de la cosa;
d) Los riesgos de la cosa los asume el que la recibió y dispone sobre ella; y
e) En caso se haya dispuesto de la cosa hay obligación de entregar su valor.
EXTINCION:
El contrato estimatorio se extingue al cumplirse el plazo pactado para la disponibilidad sobre las cosas, al pagar el consignatario el precio estimado de las mismas o al restituirlas.


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