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Un­normatividad ambiental en colombia - evaluacion economica del impacto ambiental



UNAD

UNIVERSIDAD NACIONAL A DISTANCIA

ESPECIALIZACION

TRABAJO FINAL

EVALUACION ECONOMICA DEL IMPACTO AMBIENTAL

RESUMEN SOBRE NORMATIVIDAD AMBIENTAL EN COLOMBIA

PRINCIPIOS FUNDAMENTALES DE LA CONSTITUCION EN MATERIA AMBIENTAL
La Constitución Política de Colombia de 1991 elevó a norma constitucional la consideración, manejo y conservación de los recursos naturales y el medio ambiente, a través de los siguientes principios fundamentales:
En su Artículo 79, la Constitución Nacional (CN) consagra que: ¨ Todas las personas tienen derecho a gozar de un ambiente sano.
La CN incorpora este principio al imponer al Estado y a las personas la obligación de proteger las riquezas culturales y naturales (Art. 8), así como el deber de las personas y del ciudadano de proteger los recursos naturales y de velar por la conservación del ambiente (Art. 95). En desarrollo de este principio, en el Art. 58 consagra que: ¨ la propiedad es una función social que implica obligaciones y, como tal, le es inherente una función ecológica ¨; continúa su desarrollo al determinar en el Art. 63 que: ¨ Los bienes de uso público, los parques naturales, las tierras comunales de grupos étnicos, las tierras de resguardo, el patrimonio arqueológico de la Nación y los demas bienes que determine la Ley, son inalienables, imprescriptibles einembargables ¨.



DESARROLLO SOSTENIBLE.
Definido como el desarrollo que conduce al crecimiento económico, a la elevación de la calidad de vida y al bienestar social, sin agotar la base de los recursos naturales renovables en que se sustenta, ni deteriorar el medio ambiente o el derecho de las generaciones futuras a utilizarlo para la satisfacción de sus propias necesidades, la CN en desarrollo de este principio, consagró en su Art. 80 que: ¨ El Estado planificara el manejo y aprovechamiento de los recursos naturales para garantizar su desarrollo sostenible, su conservación o sustitución. Ademas, debera prevenir y controlar los factores de deterioro ambiental, imponer las sanciones legales y exigir la reparación de los daños causados. Así mismo, cooperara con otras naciones en la protección de los ecosistemas situados en zonas fronterizas ¨. Lo anterior implica asegurar que la satisfacción de las necesidades actuales se realice de una manera tal que no comprometa la capacidad y el derecho de las futuras generaciones para satisfacer las propias.
Constitución política. Normas y principios ambientales. |
Artículo: 7TEMA: Diversidad étnica y cultural de la Nación.CONTENIDO: Hace reconocimiento expreso de la pluralidad étnica y cultural de la Nación y del deber del Estado para con su protección. |
Articulo:8Tema: Riquezas culturales y naturales de la NaciónContenido: Establece la obligación del Estado y de las personas para con la conservación de las riquezas naturales y culturales de la Nación. |
Articulo:49Tema:Atención de la salud y saneamiento ambientalContenido: Consagra como servicio público la atención de la salud y el saneamiento ambiental y ordena al Estado la organización, dirección y reglamentación de los mismos. |
Articulo:58Tema: Función ecológica de la propiedad privadaContenido: Establece que la propiedad es una función social que implica obligaciones y que, como tal, le es inherente una función ecológica. |
Articulo:63Tema: Bienes de uso público.Contenido: Determina que los bienes de uso público, los parques naturales, las tierras comunales de grupos étnicos y los demas bienes que determine la ley, son inalienables, imprescriptibles e inembargables. |
Articulo:79Tema: Ambiente sano.Contenido: Consagra el derecho de todas las personas residentes en el país de gozar de un ambiente sano. |
Articulo:80Tema: Planificación del manejo y aprovechamiento de los recursos naturales.Contenido: Establece como deber del Estado la planificación del manejo y aprovechamiento de los recursos naturales, para garantizar su desarrollo sostenible, su conservación, restauración o sustitución. |
Articulo:88Tema: Acciones populares.Contenido: Consagra acciones populares para la protección de derechos e intereses colectivos sobre el medio ambiente, entre otros, bajo la regulación de la ley. |
Articulo:95Tema: Protección de los recursos culturales y naturales del paísContenido: Establece como deber de las personas, la protección de los recursos culturales y naturales del país, y de velar por la conservación de un ambientesano. |
Articulo:330Tema: Administración de los territorios indígenas.Contenido: Establece la administración autónoma de los territorios indígenas, con ambitos de aplicación en los usos del suelo y la preservación de los recursos naturales, entre otros. |
NORMAS GENERALES.Decreto ley 2811 de 1.974: Código nacional de los recursos naturales renovables RNR y no renovables y de protección al medio ambiente. El ambiente es patrimonio común, el estado y los particulares deben participar en su preservación y manejo. Regula el manejo de los RNR, la defensa del ambiente y sus elementos.Ley 23 de 1973: Principios fundamentales sobre prevención y control de la contaminación del aire, agua y suelo y otorgó facultades al Presidente de la República para expedir el Código de los Recursos Naturales.Ley 99 de 1993: Crea el Ministerio del Medio Ambiente y Organiza el Sistema Nacional Ambiental (SINA). Reforma el sector Público encargado de la gestión ambiental. Organiza el sistema Nacional Ambiental y exige la Planificación de la gestión ambiental de proyectos. Los principios que se destacan y que estan relacionados con las actividades portuarias son: La definición de los fundamentos de la política ambiental, la estructura del SINA en cabeza del Ministerio del Medio Ambiente, los procedimientos de licenciamiento ambiental como requisito para la ejecución de proyectos o actividades que puedan causar daño al ambiente y los mecanismos de participación ciudadana en todas las etapas de desarrollo de este tipo de proyectos.Decreto1753 de 1994: Define la licencia ambiental LA: naturaleza, modalidad y efectos; contenido, procedimientos, requisitos y competencias para el otorgamiento de LA.Decreto 2150 de 1995 y sus normas reglamentarias: Reglamenta la licencia ambiental y otros permisos. Define los casos en que se debe presentar Diagnóstico Ambiental de Alternativas, Plan de Manejo Ambiental y Estudio de Impacto Ambiental. Suprime la licencia ambiental ordinaria.Ley 388 de 1997: Ordenamiento Territorial Municipal y Distrital y Planes de Ordenamiento Territorial.Ley 491 de 1999: Define el seguro ecológico y delitos contra los recursos naturales y el ambiente y se modifica el Código Penal.Decreto 1122/99: Por el cual se dictan normas para la supresión de tramites.Decreto 1124/99: Por el cual se reestructura el Ministerio del Medio Ambiente.Ley 397 de 1997: Ley General de la Cultura. Area de protección arqueológica en la licencia ambiental.Decreto 879 de 1998: Reglamentación de Planes de ordenamiento territorial.Decreto - Ley 2811 de 1974 Parte XII: Respecto a los recursos del paisaje y su protección |

Normatividad sobre la flora silvestre y bosques
Ley 2 de 1959: Reserva forestal y protección de suelos y agua.Decreto 2811 de 1974 Libro II, Parte VIII: De los bosques, de las areas de reserva forestal, de los aprovechamientos forestales, de la reforestación.Art. 194 Ambito de aplicación; Art. 195-199 Definiciones; Art. 196, 197, 200 y 241 Medidas de protección y conservación; Art. 202 a 205 Areas forestalesArt. 206 a 210 Areas de reservaforestal; Art. 211 a 224 Aprovechamiento forestal.Decreto 877 de 1976: Usos del recurso forestal. Areas de reservas forestales.Decreto 622 de 1977: Sobre Parques Nacionales Naturales PNN.Ley 29 de 1986: Regula areas de reserva forestal protectora.Ley 299 de 1995: Por la cual se protege la flora Colombiana. | Documento Conpes 2834 de 1996: Política de bosques.Resoluciones del Ministerio del Medio Ambiente (INDERENA) y Corporaciones Autónomas Regionales: Establecen vedas de varias especies vegetales, a nivel nacional (INDERENA o Ministerio del Medio Ambiente), o regional (Corporaciones Autónomas Regionales).Resolución 0316 de 1974 Veda indefinida de las especies vegetales: pino colombiano, hojarasco, molinillo, caparrapí y roble: Resolución 213 de 1977: Veda total de líquenes y quiches.Resolución 0801 de 1977: Veda permanente de helechos arborescentesy Resolución 0463 de 1982: Veda parcial de la especie vegetal Vara de la Costa Pacífica.Decreto 1681 de 1978: Manejo y control de recursos hidrobiológicos y del medio ambiente. |

NORMATIVIDAD SOBRE EL RECURSO ADMOSFERICO.
Decreto 2811 de 1974: Código de recursos naturales y del medio ambienteArt. 33, 192, Control de ruido en obras de infraestructuraLey 09 de 1979: Código sanitario nacional. | Decreto 02 de 1982: Reglamenta título I de la Ley 09-79 y el decreto 2811-74Disposiciones sanitarias sobre emisiones atmosféricasArt. 7 a 9 Definiciones y normas generalesArt.73 Obligación del Estado de mantener la calidad atmosférica para no causar molestias o daños queinterfieran el desarrollo normal de especies y afecten los recursos naturalesArt. 74 Prohibiciones y restricciones a la descarga de material particulado, gases y vapores a la atmósferaArt. 75 Prevención de la contaminación atmosféricaLey 99 de 1993: Creación del SINA y se dictan disposiciones en materia ambientalArt.5 Funciones de Minambiente para establecer normas de prevención y control del deterioro ambientalArt. 31 Funciones de las CAR,s relacionadas con calidad y normatividad ambiental | Decreto 948 de 1995: Normas para la protección y control de la calidad del aire.Resolución 005 de 1996: Reglamenta niveles permisibles de emisión de contaminantes por fuentes móviles. |

NORMATIVIDAD SOBRE FAUNA SILVESTRE Y CAZA.
Decreto-Ley 2811 de 1974 Parte IX: Protección y conservación de fauna silvestre:Art. 247 Asegura la protección y manejo de la fauna silvestreArt. 248 Define el sistema de aplicaciónArt. 249 DefinicionesArt. 258, (literales C y D) Facultades de administración para la protección de la fauna silvestreProtección y conservación de pesca:Art. 266 Asegura conservación, fomento y aprovechamiento de los recursos hidrobiológicosArt. 270 DefinicionesArt. 283, (literales B y C) Prohibiciones. | Decreto-Ley 1608 de 1978Veda de especies faunísticas: Regula la preservación, conservación, restauración y fomento de la fauna silvestre.Art. 1 Objetivos, ambito de aplicaciónArt. 4 DefinicionesArt.5 Especies que no cumplen todo su ciclo de vida en el medio acuaticoArt. 220 Prohibiciones generales.Existen mas de30 resoluciones donde se establecen vedas, prohibiciones y restricciones al ejercicio de la caza. | Decreto-Ley 1608 de 1978Veda de especies faunísticas: Regula la preservación, conservación, restauración y fomento de la fauna silvestre.Art. 1 Objetivos, ambito de aplicaciónArt. 4 DefinicionesArt.5 Especies que no cumplen todo su ciclo de vida en el medio acuaticoArt. 220 Prohibiciones generales.Existen mas de 30 resoluciones donde se establecen vedas, prohibiciones y restricciones al ejercicio de la caza. | Ley 13 de 1990: Estatuto general de pesca.Ley 84 de 1989: Adopta el Estatuto nacional de protección de los animales. |
 

NORMATIVIDAD SOBRE EL RECURSO HIDRICO.
Decreto 2811 de 1974, libro II parte III: Artículo 99: Establece la obligatoriedad de tramitar el respectivo permiso de explotación de material de arrastreArt. 77 a 78 Clasificación de aguas. Art. 80 a 85: Dominio de las aguas y cauces. Art. 86 a 89: Derecho a uso del agua. Art.134 a 138: Prevención y control de contaminación. Art. 149: aguas subterraneas. Art.155: Administración de aguas y cauces.Ley 09 de 1979: Código sanitario nacionalArt. 51 a 54: Control y prevención de las aguas para consumo humano. Art. 55 aguas superficiales. Art. 69 a 79: potabilización de agua. | Decreto 1449 de 1977: Disposiciones sobre conservación y protección de aguas, bosques, fauna terrestre y acuatica.Decreto 2857 de 1981: Ordenación y protección de cuencas hidrograficas.Decreto 2105 de 1983: Reglamenta parcialmente la Ley 09 de a 1979 sobre potabilización ysuministro de agua para consumo humano.Decreto 79 de 1986: Conservación y protección del recurso agua.Documento CONPES 1750 de 1995: Políticas de maneo de las aguas | Decreto 1541 de 1978: Aguas continentales: Art. 44 a 53 Características de las concesiones, Art. 54 a 66 Procedimientos para otorgar concesiones de agua superficiales y subterraneas, Art. 87 a 97: Explotación de material de arrastre, Art. 104 a 106: Ocupación de cauces y permiso de ocupación de cauces, Art. 211 a 219: Control de vertimientos, Art. 220 a 224: Vertimiento por uso doméstico y municipal, Art. 225: Vertimiento por uso agrícola, Art. 226 a 230: Vertimiento por uso industrial, Art. 231: Reglamentación de vertimientos.Decreto 475 de 1998: Algunas normas técnicas de calidad de agua. |

NORMATIVIDAD SOBRE RESIDUOS SOLIDOS.

Ley 09 de 1979: Medidas sanitarias sobre manejo de residuos sólidos.Decreto 605 de 1996: Reglamenta la ley 142 de 1994. En cuanto al manejo, transporte y disposición final de residuos sólidos. | Documento CONPES 2750 de 1994: Políticas sobre manejo de residuos sólidos.Decreto Reglamentario 2462 de 1989: Reglamenta los procedimientos sobre explotación de materiales de construcción. |
 
NORMATIVIDAD SOBRE EL SUELO.
Decreto 2811 de 1974 parte VII: Del suelo agrícola y de los usos no agrícolas de la tierra. Ley 388 de 1997, Artículo 33: Ordenamiento territorial, que reglamenta los usos del suelo | Decreto 2655 de 1988: Código de Minas. | Decreto Reglamentario 2462 de 1989: Sobre explotación de materiales deconstrucción. |

NORMATIVIDAD SOBRE LA ADMINISTRACION DE RIESGOS Y PREVENCION DE DESASTRES.
Norma sismoresistente 98: Reglamenta la Ley 400/97 en lo que se refiere a la construcción sismoresistente de edificaciones.Ley 09 de 1989: Ley de Reforma urbana que define zonas de riesgo. | Ley 46 de 1988: Sistema Nacional de Prevención y Atención de Emergencias.Ley 99 de 1993: artículos 1, 5, 7, 9 y 12: Crea el Ministerio del Medio Ambiente y la estructura del Sistema Nacional Ambiental. Directamente relacionados con prevención de desastres. | Decreto 919 de 1989: Dirección Nacional para la Prevención y Atención de Desastres.Decreto 1865 de 1994: Por el cual se regulan los planes regionales ambientales de las corporaciones autónomas regionales. | Ley 400 de 1997: Define la normatividad para construcciones sismoresistentes en Colombia.Ley 388 de 1997, Artículo 14: Formulación de planes para el ordenamiento territorial. |
 
NORMATIVIDAD SOBRE MARES Y COSTAS.

Decreto 1874 de 1979: Protección y prevención de la contaminación del medio marino.Resolución 930 de 1996: Reglamenta la recepción de desechos generados por los buques en los puertos, terminales, muelles y embarcaderos | Decretos 1875/76 – 1979: Se define el concepto de contaminación marina y se dictan normas de protección. | Decreto 2721 de 1991: Reglamenta el manejo, transporte, descargue y almacenamiento de productos químicos en puertos. | Ley 10 de 1979: Crea el cuerpo de guardacostas.Decreto 614 de 1984: Sanidad portuaria y vigilancia epidemiológica en naves yvehículos terrestres. | Decreto 2811 de 1974: Del mar y su fondo. Protección y permisos. |
 

NORMAS INTERNACIONALES ADOPTADAS POR COLOMBIA.
Convenio sobre el comercio internacional de especies amenazadas: fauna y flora silvestre. Washington, 1973.Convenio sobre la diversidad biológica. Rio de Janeiro | Convenio internacional sobre responsabilidad por daños causados por la contaminación de aguas del mar con hidrocarburos (1969) y protocolo 'CLC 69/76 (1976).Convenio relativa a los humedales de importancia internacional especialmente como habitat de aves acuaticas - RAMSAR (acogido por Colombia en 1997). | Convenio Internacional para prevenir la contaminación por buques, 1973.Protocolo relativo a la contaminación del mar (MARPOL) por buques 1978. | Protocolo de cooperación para combatir derrames de hidrocarburos en la región del Gran Caribe. Cartagena |
 NORMATIVIDAD DE LOS ESTUDIOS DE IMPACTO AMBIENTAL.
El Estado Colombiano se preocupó tempranamente por los problemas ambientales. La creación del Instituto Nacional de Recursos Naturales (INDERENA - 1968), y luego la expedición del Código de los Recursos Naturales Renovables y del Ambiente (1974), sirvieron para comenzar una larga e importante era en la gestión ambiental en Colombia. | La Constitución de 1991 que a través de cerca de 40 artículos eleva el nivel jurídico de las responsabilidades del Estado en materia ambiental y amplía los derechos ambientales de los ciudadanos. Ley 99 de 1993: mediante la cual crea el Ministerio del MedioAmbiente, estructura también el Sistema Nacional del Ambiente. El sistema busca organizar la administración ambiental solucionando problemas institucionales como la dispersión y duplicidad de las responsabilidades, los conflictos de competencia, la ausencia institucional, el bajo nivel técnico de la gestión, su alto grado de centralización, y el distanciamiento entre los usuarios de los recursos naturales y las entidades responsables de adelantar la gestión ambiental. | Colombia desde 1974 ha adelantado labores con miras a conformar una política ambiental nacional, es así como en este año se expide el Código Nacional de Recursos Naturales Renovables y Protección del Medio Ambiente. | En el Código de los Recursos Naturales de 1974, se incorpora el concepto de los estudios ambientales, los cuales se definieron como Declaratoria de Efecto Ambiental y el Estudio Ecológico y Ambiental, mediante los cuales se otorgaba la viabilidad ambiental a un proyecto. En esta parte se presenta un estado general sobre el manejo, conceptualización y desarrollo de los estudios ambientales en instancias y competencias a nivel nacional. |
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL.
Es describir en un documento pormenorizadamente las características de un proyecto o actividad que se pretenda llevar a cabo o su modificación. Debe proporcionar antecedentes fundados para la predicción, identificación e interpretación de su impacto ambiental y describir la o las acciones que ejecutara para impedir o minimizar sus efectos significativamente adversos.   
 


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