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Control de armas en México - Como surge la posesión de armas en nuestro país



Control de armas eficaz en el país
En México solo el 0.1% de personas que poseen pistolas en el país está autorizado a portarla. El 3 de abril el universal publico un reportaje en donde se demostró como ante el crecimiento de la Inseguridad también aumento el número de personas que poseen armas. En el documento se detallo que de 2008 a 2013, solo se otorgaron 318 licencias individuales de portación de armas de las mil 627 que fueron solicitadas en el documento ya mencionado. (Alcántara, Liliana.). El problema en nuestro país se relaciona a la facilidad de adquirir cualquier tipo de arma ilegalmente ya que para que acepten una solicitud a portar armas es muy difícil, aclaremos algo para no confundir los tramites que solicita la SEDENA son fáciles de hacer el problema está en que si nos autorizan el permiso o no lo autoriza eh aquí el problema de por qué muchas personas buscan en el mercado negro comprar armas por la inseguridad en la que viven en sus respectivas entidades.



sDe dónde surge el derecho a portar armas?
Este derecho a sido discutido desde la antigüedad. Aristóteles pensaba que únicamente aquellos que empuñaban las armas podían ser considerados como ciudadanos además de que la tiranía también desconfía de las masas y les arranca el derecho de llevar armas. (Aristóteles. La Política) Por su parte, platón creía que para la monarquía era conveniente el desarme de sus gobernados puesto que así conservaría sus privilegios. (Platón. Diálogos). Cicerón era partidario de el uso de las armas para la legítima defensa y en contra de gobiernostiránicos.(Ciceron. MT). El derecho a la posesión de armas surgió en Inglaterra en la Edad Media, cuando eran sentados los precedentes del Derecho anglosajón (Common Law) y la monarquía parlamentaria. En 1181 Enrique II promulgó una ley que requería a todo hombre libre a tener armas al servicio del rey. Es decir, el derecho a la posesión de armas estaba ligado al servicio militar. En Inglaterra todos los ciudadanos estaban obligados a comprar armas, situación que se fue restringiendo hasta llegar a la ley de la milicia de 1662, la cual regulaba el desarme de los ciudadanos. En 1689 fue reconocido el derecho a poseer armas para defensa personal -únicamente para los protestantes –en la que es su interpretación moderna. Este derecho formó parte de la Declaración de Derechos (Bill of Rights) del mismo año, que se incluye en la actual Constitución no escrita del Reino Unido. El derecho a poseer armas, como el resto del derecho anglosajón, fue exportado a Estados Unidos, Canadá, Australia y otros territorios. Cuando la actividad militar de la gran Bretaña comienza a expandirse en sus colonias los habitantes de Massachusetts deciden armarse para poder hacer frente a la fuerza de los colonizadores .posteriormente, en 1789 se redacta la segunda enmienda de la constitución americana, la cual indica que: “siendo necesaria una milicia bien ordenada para la seguridad de un estado libre, no se violara el derecho del pueblo a poseer y portar armas”. La polémica alrededor de este texto radica en la imprecisión de los constituyentes para definir “pueblo”. Mientras que algunos estudios opinan que “pueblo” serefiere al cuerpo representado por la milicia, hay algunos otros que consideran que la enmienda hace alusión a cada individuo en lo particular. La suprema corte de estados unidos dice que la segunda enmienda protege al derecho individual de poseer armas de fuego dentro del domicilio para propósitos lícitos, como lo es la legítima defensa. En México es un derecho humano de la Constitución de 1857, que está establecido el derecho de los mexicanos de poseer armas en su domicilio para su seguridad y legítima defensa. La Constitución de 1917 también propone eso, desde los movimientos del 68 Ha habido una política  pública, una intención del Estado de negar que la sociedad pudiera tener armas,  y como una especie de recuerdo con el mal sabor que dejaron movimientos del 68 y 71 en el gobierno mexicano y esto hizo que el gobierno a partir de ahí modificara la Constitución, en una parte mutiló el derecho, pero lo dejó finalmente, pero cambió fundamentalmente la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos que es de 1972 y que es la respuesta a lo que ellos temían que pudiera haber pasado, que se armara el pueblo y hubiera ingobernabilidad, hubiera anarquía y un ataque a las instituciones del estado.
En tiempos modernos nuestros país en el artículo 10 constitucional continua con el derecho a portar armas y forma parte de un par de tratados internacionales conla ONU que regulan el control de las armas, a nuestro país se le ha reconocido por el esfuerzo que las fuerzas federales día a día realizan pero pese al esfuerzo de autoridades federales miles de armas siguen circulando sin ningún control. (Corte Suprema de los Estados Unidos, Columbia (no.07-290),200R.)

Como surge la posesión de armas en nuestro país
La segunda enmienda de la constitución norteamericana es el antecedente histórico del artículo 10 de nuestra constitución mexicana. A nivel nacional encontramos el bando de 1811 cuyo contenido prohibía a los civiles el uso de armas, incluidas las armas de fuego, dicha prohibición tenía como propósito desarmar a los insurgentes y restaurar la estabilidad nacional afectada por la guerra de independencia. Su falta de cumplimiento equivalía a la pena de muerte. En 1812 y 1814 la constitución política de la monarquía española y el decreto constitucional para la libertad de la América mexicana prohibía presentarse en la junta parroquial con armas, pero no limitaba su posesión o portación en otros sitios como el domicilio. En 1822 el reglamento provisional político del imperio mexicano hace mención sobre la portación de armas prohibidas y en el bando de 1824 se retoma el criterio de que las personas no pueden portar ningún tipo de armas. El bando de 1830 establece que toda persona en posesión ilegal de un arma debe entregarla al gobierno y se prohíbe el empeño y compra de las mismas. Los bandos de 1831 dejan sin efecto las licencias de armas concebidas debido al mal uso que seles daba, establecido que las armas solo podían ser portadas por ciudadanos pacíficos que únicamente la utilizarían responsablemente y en caso de defensa propia. Las licencias deberían ser expedidas exclusivamente a personas conocidas y de notaria honradez. Además se imponen requisitos más rigurosos para la expedición de licencia de portación. Tanto el proyecto de constitución política de la republica mexicana de 1856 como la constitución de los estados unidos mexicanos de 1857 indican que: “todo hombre tiene derecho de poseer y portar armas para su seguridad y legítima defensa”. La ley señalara cuales son las prohibidas y la pena en que incurren los que las portaren. Posteriormente en 1857 se emite otro bando que establece la licencia de armas de fuego como requisito para portarlas legalmente. En febrero de 1861 la secretaria de guerra expide una circular reafirmando la garantía de todos los ciudadanos de poseer y portar armas de fuego, y expresando que debido a que por ningún motivo se puede desarmar a los “ciudadanos pacíficos y entregados a ocupación legal”, solo se prohibirán las armas exclusivas del ejército. En diciembre de ese mismo año se ordena a toda persona la entrega de armas que puedan ser de utilidad para el ejército. En 1893 se expide un reglamento sobre la portación de armas, el cual reconoce el derecho de portación con la condición de que se porten en lugar viable, además el artículo 6 de ese reglamento establece que las armas prohibidas son “las envenenadas, las que arrojan proyectiles corrosivos oexplosivos o sin producir detonación, todo instrumento punzante cortante o contundente. El contenido del artículo 10 de la constitución de 1857 fue modificado en la constitución de 1917, quedando la siguiente manera: los habitantes de los estados unidos mexicanos tienen libertad de poseer armas de cualquier clase, para su seguridad y legítima defensa, hecha excepción de las prohibidas expresamente por la ley y de las que la nación reserve para el uso exclusivo del ejercito fuerza armada y guardia nacional; pero no podrán portarlas en las poblaciones sin sujetarse a los reglamentos de policía. Finalmente, la iniciativa del decreto de reforma de 1967 y el decreto publicado en el diario oficial de la federación el 22 de octubre de 1971 dio al artículo 10 su redacción actual. La iniciativa estipula que debido a las condiciones del país durante el siglo XX y del siglo XIX, las autoridades no estaban en condición de garantizar seguridad de los habitantes y por lo tanto se determino que estos pudieran portar y poseer armas de fuego. Se aclara también que el valor tutelado es el de seguridad personal y que la portación de armas es uno de los muchos medios que pueden implementarse para resguardar dicho valor. De acuerdo con esta iniciativa de reforma, la portación de armas de fuego está subordinada a la paz y la tranquilidad de todos los habitantes y por consiguiente, su portación solo podrá determinarse en aquellos casos y lugares en los que lasautoridades no pudieran otorgarles la protección adecuada. La última reforma al artículo 10 constitucional limita la posesión de armas de fuego al domicilio así como el tipo de armas que podrán poseerse prohíbe también la posesión de armas exclusivas de la fuerza aérea y estipula que todos los habitantes deben atender a la legislación federal en la materia, en lugar de reglamentos de autoridades administrativas. Debido a lo anterior en enero de 1972 se publica la ley federal de armas de fuego y explosivos y en mayo del mismo año su reglamento. (Enciclopedia judicial Mexicana, México, Porrúa-UNAM, Instituto de Investigaciones Jurídicas, 2002).

Leyes y posesión de armas de fuego para legítima defensa
En México, el artículo 10 constitucional, faculta a todos los ciudadanos a poseer armas de fuego en nuestro domicilio para seguridad y legítima defensa. Sin embargo, la posesión del arma queda restringida al domicilio de la persona. De acuerdo con la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, es responsabilidad de todo aquél que posea un arma, el registro de la misma ante la Secretaría de la Defensa Nacional. En Estados Unidos, la segunda enmienda de su Constitución les permite la tenencia y la portación de las armas para su seguridad. A pesar del gran debate interpretativo sobre su contenido, la Corte Suprema ha confirmado que el derecho conferido por esta enmienda se trata de un derecho fundamental individual.

sCuáles fueron las motivaciones del legislador para incluir este tipo de preceptos en nuestra constitución?
Ha existido históricamente una influencia significativadel constitucionalismo norteamericano en México por razones de cercanía geográfica y modelo de integración del estado. La segunda enmienda de la constitución de estados unidos aprobada en 1789 fue importada a nuestra constitución desde 1857 y se ha mantenido con algunas reformas en el texto actual de 1917, la misma circunstancia se advierte en el diseño federal estadounidense que adopto el estado mexicano desde el siglo XIX a la fecha, a pesar de la imposibilidad material en dicho siglo y principios del siglo XX de poder traducir en la practica el centralismo en los hechos que aun se observa en muchos diseños institucionales habitados culturales y prácticas sociales de México. Por otra parte, las razones internas que el legislador toma en cuenta tienen relación con los discursos de las épocas de finales de los sesentas y principios de los setentas, donde se habla sobre la no proliferación de armas nucleares y las condiciones internacionales de inestabilidad, reiterando la posición pacifista del país. Otro tema con frecuencia debatido en estas épocas es el referente al de la seguridad de la nación.


Diferencia entre portación y posesión de armas de fuego.
La portación de un arma de fuego se refiere a la tenencia de la misma en determinado momento, es decir, cargarla consigo o transportarla en un vehículo, pero siempre al alcance inmediato. La posesión se refiere a la tenencia del arma, independientemente de llevarla consigo físicamente o no. (Carbonell, Miguel). Contrario a laportación, la posesiones continua, ya que incluso cuando la persona y el arma se encuentran en lugares distintos el individuo seguirá poseyéndola en todo momento. De acuerdo al artículo 10 constitucional, la posesión de arma de fuego para la legítima defensa se limita al domicilio de su poseedor. Una vez que el arma es extraída de dichos domicilios, se considera portación. (SEDENA.Com)
Motivos por los que una persona podría tener interés en poseer un arma de fuego
Muchas personas dicen requerir el uso de armas con fines cinegéticos o deportivos, objeto con valor histórico, colección seguridad y legítima defensa, bien con un lugar sentimental etc. Contrario a la opinión general, existen diversos motivos por los que una persona decide poseer un arma de fuego, los cuales son totalmente ajenos a pretender su uso para fines violentos o viceversa. La PGR señala que solo el 2% de los robos son con armas de fuego.
En el caso de las armas utilizadas por el crimen organizado tienen un alto índice de utilidad en muchos delitos, en otros casos como lo sucedido con las auto defensas en Michoacán son utilizadas para su legítima defensa en contra del crimen organizado y banda delictivas, aunque sean ilegales las armas.

Si las leyes de portación y posesión de armas fueran más estrictas no se usarían para el comercio ilegal en el mercado negro.
México tiene un tratado internación con la ONU, El tratado sobreel Comercio de Armas (TCA) es el primer instrumento global legalmente vinculante que regula las transferencias internacionales de armas y municiones. Fue aprobado en una votación abrumadoramente mayoritaria (156 votos a favor, de 193 posibles) de la Asamblea General de Naciones Unidas el 2 de abril de 2013, el proceso de negociación del texto entre 2009 y 2013. Hasta la fecha, el TCA ha sido firmado por 116 Estados y ratificado por 11. Cuándo haya 50 ratificaciones, el Tratado entrará en vigor y los Estados tendrán que cumplirlo.
Sin embargo, el Tratado solo será de obligado cumplimiento para los “Estados Parte', es decir, aquellos que lo ratifiquen, y su universalización llevará tiempo. Aunque algunos países exportadores como Francia, Reino Unido, España e Italia lo ratificarán en breve, otros como EE.UU., el principal exportador de armas de un negocio que mueve en torno a 60.000 millones de Euros anuales, tendrá dificultades para ratificarlo de forma inmediata. 
Los legisladores del movimiento ciudadano precisaron que México es uno de los países en América latina que tiene más restricciones en sus leyes para que sus ciudadanos puedan poseer y portar armas de fuego pero paradójicamente circulan miles de ellas en sus calles por ello, argumentaron es imprescindible que el ejecutivo federal y de los ayuntamientos realicen campañas permanentes educativas permanentes que induzcan a reducir la posesión, la portación y el uso de armas de cualquier tipo tal como se establece en la ley federal de armas de fuego y explosivos la comisión de defensa nacional de la cámara de diputados analizaopciones que tiene para coadyuvar en la reducción de posesión portación y uso de armas de fuego de cualquier tipo entre ciudadanos en algunos casos ciudadanos mexicanos que tienen licencia de portación de armas han actuado en legítima defensa y matado al delincuente pero fuera de su propiedad y han sido arrestados no por matar a la persona si no por utilizar el arma fuera del lugar donde la tenia registrada. Tal es el caso del licenciado Vázquez que era perito de la procuraduría del estado y que fue arrestado por tener en su vehículo una escuadra, fue arrestado y estuvo a punto ser procesado pero gracias a la astucia de su abogado defensor obtuvo un amparo donde quedo en libertad. (www.proceso.com.mx)
A que voy con lo que menciono anteriormente que si la ley es cambiada debe ser mucho más estricta pero bondadosa en el aspecto de que si una persona con permiso para tener arma mata a otra en legítima defensa fuera de su hogar no será juzgado por poseer un arma sino se debería llevar a cabo una investigación y respectivamente ser juzgado. En el caso del comercio ilegal y la portación y posesión ilegal de armas y calibres prohibidos se les debería aumentar la pena en prisión para que lo piensen antes de seguir en este delito que tiene un gran apogeo en muchas zonas del país y de la frontera. En 2013 el senado aprobó con 81 votos a favor y dos abstenciones un dictamen que busca fortalecer el combate al mercado negro de armas de fuego, así como actualizar y elevar las multas relativas a su posesión y portación ilegal. El plenoreformo la ley federal de armas de fuego y explosivos, afín de imponer de 50 hasta 720 días de multa a quienes sin el permiso correspondiente, porten de un arma de uso exclusivo del ejército, armada o fuerza aérea. El proyecto de decreto también plantea de 180 hasta 360 días para la portación sin licencia de pistolas de funcionamiento semi - automático, revólveres en calibres no superiores al .38 especial y de armas de tiro o cacería que se establecen en los artículos 9 y 10 de esta ley. Para el acopio sin autorización de armas, prevén multas que van de los 50 a los 720 días y al que poseer cartuchos en cantidades mayores a las permitidas se le sancionaran con el pago de hasta 100 y 360 días de multa. Además, sugiere que el arma recogida por no llevar el interesado la licencia será devuelta con el pago de 50 a 100 días de multa y la exhibición de la licencia en un plazo de treinta días. (Comunicaciones.senado.gob.mx) Para residentes en el extranjero que por primera vez introduzcan un arma de fuego de las que no están reservadas para el uso exclusivo del ejército, armada y fuerza aérea propone solo una sanción administrativa de 200 a 360 días. El dictamen, los senadores destacaron que el incremento en el tráfico de armas es un problema que debemos combatir, pues el crimen organizado y el narcotráfico han elevado el número de personas armadas yel mercado negro sin embargo, ante este panorama “nos enfrentamos a una disposición jurídica obsoleta, que requiere de su actualización” toda vez que las multas establecen “son en la actualidad pírricas y tal situación no conduce a frenar” las infracciones de la ley. La ley federal de armas de fuego y explosivos vigente, resaltaron data d e1972 “cuando las condiciones y circunstancias eran sumamente distintas y si bien es cierto que ha sido reformada con el paso del tiempo, las multas continúan siendo las mismas, asiéndolas obsoletas y con nula eficiencia en su aplicación. Se destaca la obligación que tiene cualquier ciudadano de registrar su arma y en caso de no hacerlo castigarlo de manera ejemplar, con el propósito de promover su uso correcto y legal, y para garantizar la seguridad de las personas que lo rodean.
Defensa legitima
El capítulo IV del código penal federal sobre las “causas de exclusión de delito”, nos indica la definición de legítima defensa en el articulo 15 segundo párrafo de la fracción IV: “Se presumirá como defensa legítima, salvo prueba en contrario, el hecho de causar daño a quien por cualquier medio trate de penetrar, sin derecho al hogar, del agente, al de su familia, a sus dependencias o a los de cualquier persona que tenga la obligación de defender, al sitio donde se encuentren bienes propios o ajenos respecto de los que exista la misma obligación; o bien, lo encuentre en algunos de aquellos lugares en circunstancias tales que revelen la probabilidad de una agresión.(Diario.Oficial)La enciclopedia jurídica mexicana define a la defensa legítima como el rechazo de una agresión con fundamento en la preservación del orden jurídico por tal motivo, quien se defiende legítimamente no comete un delito. Sin embargo, el uso de la fuerza para la legítima defensa debe ser proporcional a lo que se trata de defender.
Opinión de los ciudadanos mexicanos sobre la justicia en México
De acuerdo con estadísticas obtenidas por la empresa paramétrica, el 79% de los mexicanos opinan que la justicia en nuestro país no se lleva a cabo de manera pronta, completa e imparcial. Del mismo modo, el 48% de los encuestados piensa que las leyes benefician a los delincuentes; el 50% están en desacuerdo con que los juzgados de nuestro país son honestos e imparciales, y el 18% piensa que la suprema corte de justicia hace cumplir la constitución de manera efectiva. Como podemos observar en el dato anterior la interpretación de la mayoría de los mexicanos está inconforme con la manera en que se imparte justicia en nuestro país. La segunda encuesta nacional de cultura constitucional, revelo que el 23% de los encuestados consideran que la justicia funciona mal en parte y el 24.6% que la justica funciona mal a que voy con esta información, que las personas tienen un mal sabor de boca de las autoridades y que muchas veces muchas buscan una manera de hacer justicia por su propia mano comprando armas ilegales. (Carbonell, Miguel).
Registros nacionales y tráfico ilegal
Datos consignados por los autoresErnesto Villanueva y Karla Valenzuela en su libro Seguridad, armas de fuego y transparencia… señalan que en 2009 la entidad federativa con el menor número de armas de fuego registradas era Baja California Sur, con 11 mil 706 unidades. El Distrito Federal contaba entonces con la cifra más alta: 253 mil 552. En ese mismo año el total de armas de fuego registradas a nivel nacional fue de 2 millones 33 mil 749, pero a mayo de 2011 el número se incrementó a 3 millones 118 mil 592. Más datos: En 2011 la Secretaría de la Defensa Nacional recibió de personas físicas un total de 402 solicitudes para portar armas de fuego, de las cuales autorizó únicamente 241. Y hasta marzo de 2011 se encontraban vigentes en el país 3 mil 60 licencias particulares de portación. De los 3 millones 118 mil 592 unidades registradas hasta mayo, 1 millón 309 mil 184 son armas cortas y 1 millón 809 mil 408 son armas largas. En lo que toca a las armas que se utilizan en la comisión de delitos, Valenzuela y Villanueva indican que provienen de transacciones ilegales y del robo. Los investigadores reportan datos según los cuales la obtención ilegal se realiza mediante robo a los manufactureros o por medio de transferencias de armas no reportadas, e indican que el robo a comerciantes, casas habitación y entre criminales son la fuente más importante de armas de fuego utilizadas en la comisión de delitos. De hecho, afirman, sólo una de cada seis armas usadas en homicidios fue adquirida de manera legal. Los autores recuerdan que el tráfico ilegal de este tipo de materiales es un problema nacional debido ala vecindad del país con Estados Unidos, primer productor de armas a escala internacional, y asimismo consignan datos de la Agencia Federal de Alcohol, Tabaco, Armas de Fuego y Explosivos que muestran que más de 90% de las armas aseguradas en México provienen de aquel país.

Almacenaje de armas
Las legislaciones de países como Canadá, Estados Unidos y Australia regulan el almacenamiento correcto para las armas de fuego, el cual normalmente consiste en almacenar el arma descargada en un contenedor, receptáculo o cuarto que se mantenga bajo llave y que haya sido construido de manera tal que no pueda ser abierto o ingresado con facilidad. Además, se recomienda que las municiones se conserven en lugar distinto al arma o, igualmente que el arma, en contendedor o receptáculo asegurado bajo llave y construido de manera tal que no pueda ser abierto o ingresado con facilidad. (Klack. G y SF)

sCuáles son las reglas de seguridad establecidas en nuestro país para el almacenamiento de una pistola en casa habitación?
No existe disposición alguna en la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos ni en su Reglamento que contenga explícitamente las reglas de seguridad para el almacenamiento de pistolas o cualquier arma de fuego en casa habitación. Tanto la Ley como el Reglamento únicamente se refieren a su almacenamiento en talleres de fabricación, haciendo alusión a que en lugares distintos, se fijarán las medidas de seguridad que en cada caso impidan accidentes o robos, sin especificar cuáles pueden ser este tipo de medidas.(SEDENA.com)

Existencia de relación entreel crimen y la portación legal de armas de fuego
Las armas de fuego no tienen que ver con los índices de criminalidad, debido a que el resultado de una acción delictiva no depende del arma utilizada para su comisión, sino más bien de las intenciones del agresor. En realidad, el uso de un arma de fuego únicamente refleja que las intenciones del agresor eran muy violentas, pudo usar otras armas y el delincuente primeramente pensó en la forma en la que iba a cometer el delito y posteriormente obtuvo el arma. (Hoskin) Debemos tomar en cuenta también, que la mayoría de las personas que comenten homicidios no lo hacen porque tienen un arma de fuego a su alcance, sino porque ya existe un comportamiento criminal anterior. Por ejemplo, se muestran estadísticas que revelan que el 90% de los asesinos en edad adulta ya tenían historiales criminales con anterioridad. (Kleck y Kates).
Sin embargo aunque estos autores revelen estás, se encuentra la controversia de que la existencia del arma influye en el pensamiento de cometer actos criminales aunque no se obtenga una para llevar a cabo dicho acto.
En 2009 se realizo un estudio en donde demostró que los estados con las leyes más restrictivas sobre la posesión de armas de fuego eran los lugares con los índices más altos de crímenes cometidos mediante el uso de armas de fuego. Por ejemplo, México, país que a pesar de tener una legislación muy restrictiva respecto a la portación de armas de fuego atraviesa por graves problemas de inseguridad y comisión de delitos a mano armada. (Infomex)






sLa posesión de armas de fuego causa los altosíndices de criminalidad, o los altos índices de criminalidad provocan el interés de los ciudadanos por portar armas de fuego?
Los altos índices de criminalidad provocan el interés de los ciudadanos por portar armas de fuego. Kleck demuestra que los civiles están recurriendo a la posesión de armas como una medida de autodefensa en respuesta a los altos índices de criminalidad, es decir, que los altos índices causan que los ciudadanos quieran armarse, y no viceversa. De igual forma, estudios realizados por Gary Kleck demuestran que el uso de armas de fuego para repeler una agresión es 3 veces más frecuente que su uso para cometer un delito.
En una encuesta realizada en Chihuahua sobre la posesión y uso de armas de fuego, se reveló que el 46% de los encuestados poseían un arma de fuego debido a que ésta podía ser usada como medida contra el crimen'. Este alto porcentaje demuestra que el interés de los ciudadanos en adquirir armas de fuego surge de la inseguridad existente. Además, como se demostró en respuestas anteriores, las armas de fuego no determinan la intención de las personas en cometer los crímenes pero son un peligro para las personas en su integridad física y legal si no están en orden los permisos correspondientes.

sSe ha podido logra un control de armas eficaz entre estados unidos y México?
El tráfico de armas sigue siendo un problema estructural en la relación México-Estados Unidos, y es un factor determinante del narcotráfico, violencia e inseguridad en México. De ahí que sea tan relevante fortalecer un programa estratégico e integral capaz de incidir en el marcolegal, institucional, financiero, tecnológico y de gestión en ambos países. Sin embargo, a pesar de los recientes casos de asesinatos en escuelas estadounidenses, desde el 2008 y en algunos casos de legisladores de ese país, me parece que no ha existido la voluntad política del gobierno de Estados Unidos de avanzar en estrategias eficaces contra el tráfico de armas. En México, se estima como anteriormente lo eh mencionado ya que de las 15 millones de armas circulantes, el 85% sea ilegal, una cifra que pudo haber aumentado en años recientes (Small Arms Survey, 2011).
Por ello se plantea la importancia de avanzar en legislaciones más efectivas y planes de prevención, en donde el fortalecimiento de la cultura de la paz y de programas preventivos sea un elemento fundamental de tales estrategias. Se estima que 6 mil 700 armerías se concentran en las zonas fronterizas de California, Arizona, Nuevo México y Texas, componiendo la frontera en un gran mercado binacional. Las estimaciones señalan que unas 2 mil armas se introducen de manera ilegal de Estados Unidos a México cada día. Este panorama muestra una fluidez entre los cárteles de la droga y el mercado negro de las armas. De ahí la importancia de que exista una legislación integral que considere los distintos factores determinantes tanto del origen como de los diversos impactos que provoca el tráfico de armas, tanto en la relación México-Estados Unidos como enun contexto internacional.
Los efectos generados por el tráfico de armas son:
Empoderamiento de la ilegalidad y la violencia
Vinculación de jóvenes a grupos y/o prácticas delictivas
Uso de armas en grupos de jóvenes y adolescentes
Muertes violentas y/o accidentales provocadas por el uso de armas.
Expansión de una cultura de la violencia a través de diversos medios (cine, publicaciones, internet, etc.).
(Ramos, José M. CNN)

Recientemente algunos congresistas de Estados Unidos han planteado un mayor interés en frenar el flujo de armas de fuego hacia México y castigar a aquellos que intenten o vendan éstas a los narcotraficantes con la 'Ley para detener el tráfico ilegal de armas 2013', pero muy especialmente evitará que vuelvan a ocurrir operaciones ilegales como Rápido y Furioso.

Medidas que han implementado las autoridades de estados unidos para controlar el tráfico ilegal de armas
Además, proponen verificar antecedentes penales antes de la venta de armas de fuego, prohibir las transacciones en efectivo en los estados fronterizos y que México cree una base de datos pública con toda la información sobre las armas que han sido incautadas.
Según Colby Goodman, consultor del Centro de Estudios Woodrow Wilson en el tema de tráfico internacional de armas, el primer paso que deben dar México y Estados Unidos para frenar el comercio ilegal es hacer público 'lo que tienen'.
'Es realmente difícil estimar el número de armas que se trafican si no empezamos por los datos de qué decomisan y qué se compra legalmente', dijo Goodman sobre la propuesta de la Universidad de San Diego yel centro de estudios Igarapé, para tener bases de datos públicas de estás.

Frenar el tráfico ilegal

En Estados Unidos, el Departamento de Estado señaló en marzo de 2012 que para mejorar la estrategia que comparte con México contra el crimen organizado se deben reforzar los programas domésticos para reducir la demanda de drogas y evitar el flujo ilegal de armas y de efectivo.
En su reporte de estrategia de Control de Narcóticos 2013 que presentó al Congreso apuntó que la cooperación de seguridad con México es “fuerte”, pero internamente su país debe hacer algo para frenar el tráfico de armas.
 




Posesión de armas para controlar el crimen
Hablando de los problemas que enfrenta nuestro país en la frontera norte nos damos cuenta que el tráfico de armas es casi imparable ya que no hay una legislación fuerte en aquel país que frene las armas, ahora por otra parte en nuestro país la inseguridad en muchos estados de la república día a día va en aumento y por la corrupción de las autoridades muchos delincuentes hacen lo que les place y como mencionado anteriormente es cuando una persona trata de defenderse por su cuenta y mientras el estado no brinde una seguridad total seguirán existiendo armas legales e ilegales, dada a la ley tan restringida que tenemos hoy en día. A mayor abundamiento cabe señalar que desde 1972, fecha en la que se publica la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos en el Diario Oficial de la Federación, la legislación de nuestro país ha restringido a los ciudadanos la portación de armas de fuego. Dicha medida no ha dado los resultados esperados ycuarenta años posteriores a la publicación de dicha ley, observamos que nuestro país atraviesa por uno de los periodos de inseguridad más críticos en su historia, en la que la violencia se ha extendido a lo largo del territorio, y se ha convertido en un problema nacional. En el 2010, se registraron 15,273 muertes por crimen organizado. No se trata, por supuesto de fomentar en modo alguno la violencia; por el contrario, de combatirla con la Constitución en la mano y dando vida a un derecho humano cuyo ejercicio reclama una normativa secundaria que haga viable el núcleo esencial de este derecho para los fines exclusivos de la legítima defensa y de la seguridad de los gobernados. Siempre y cuando la ley sea efectiva tanto para quienes deciden comprar legalmente e ilegalmente.

Medidas para combatir la inseguridad
De acuerdo a rigurosos estudios, a pesar de la inseguridad que se vive en el país, los ciudadanos mexicanos no estarían dispuestos a renunciar a sus derechos fundamentales por su seguridad. (Notimex, 2011) La medida que mayor apoyo obtuvo fue el impedimento de salir a la calle de noche, con 13.7% de personas a favor. La medida menos popular fue la detención indefinida, con 2.9% de encuestados dispuestos a someterse a una detención. Otras medidas implicaron: escuchar llamadas telefónicas (8.7%); suspender clases en escuelas (5.7%); investigaciones de domicilio sin orden (4.8%); retener documentos o propiedades personales (4.5%); impedimento a un periodista de criticar al gobierno (4.3%); impedimento de reunirse con otras personas (4.0%).



Propuestas para la reducción delos casos de violencia con armas de fuego:
*Desmantelamiento del mercado ilícito de armas de fuego, así como del de drogas.
*Trabajo policíaco en coordinación con las comunidades y la sociedad civil.
*Prohibir la portación de armas de fuego a individuos con enfermedades mentales o con antecedentes penales.
*Reducir el poder letal de las armas de fuego mediante una clasificación que obedezca a su peligrosidad.
Regular medidas de seguridad para el almacenamiento de las armas de fuego.
* estrategias educativas, legales y tecnológicas, que pueden ser implementadas con el objetivo de cambiar la manera en que las armas de fuego se utilizan y se almacenan. También proponen cambiar su destino de segmentos sociales de alto riesgo a segmentos sociales de menor riesgo; es decir, fomentar los valores humanos para reducir la violencia y que la gente deje de delinquir. (Roth) En Guadalajara Jalisco la 15va zona militar implemento un programa de canje de armas con la garantía de que quienes lleguen con sus armas no serán investigados, la secretaria de la defensa implemento este mismo programa en otras dos entidades con la diferencia de que al canjear las armas dan dinero esta cantidad varía dependiendo de la pistola el fusil y el calibre inclusive se aceptan granas y cualquier tipo de explosivos y como ya lo mencione antes no se investiga a ninguna de las personas que acuden a canjear sus armas ni se les solicita información alguna, en otras entidades federativas existen programas que al canjear las armas reciben una computadora o electrodomésticos. (Cruz, J. A.)

Entidadesfederativas con mayor y menor número de armas de fuego

De acuerdo con datos, (INFOMEX, 2009) la entidad federativa con el menor número de armas de fuego registradas es Baja California Sur, con 11,706 armas de fuego. El Distrito Federal es la entidad que cuenta con el mayor número de armas registradas, que suman un total de 253.552. Estos datos son aproximados, debido a que mientras que en el 2009 el total de armas de fuego registradas a nivel nacional era de 2'033,749, hasta mayo de este año el número se incrementó a 3' 118.592, como podremos observar en preguntas subsecuentes. A continuación se presenta una tabla con la cantidad de armas de fuego registradas en algunas de las entidades federativas del país en el 2009:


ARMAS DE FUEGO registradas. Por entidad federativa

Entidades federativas
Cantidad de armas de fuego registradas
Entidades federativas
Cantidad de armas de fuego registradas
Chiapas
32, 146
Quintana roo
16,599
Chihuahua
73,808
San Luis Potosí
29,381
Distrito Federal
253,552
Sinaloa
89,123
Durango
49,632
Sonora
54,991
Guanajuato
70, 644
Tabasco
23, 239
Guerrero
86, 577
Tamaulipas
88,739
Hidalgo
50, 283
Tlaxcala
16,421
Jalisco
166, 331
Veracruz
94,608
Estado de México
151, 972
Yucatán
46,391
Michoacán
117, 526
Zacatecas
24,017


Amenaza a la seguridad pública
Como se ha mencionado, la inseguridad es un sentimiento prevalente de la sociedad de México, ya que el 69.S% de las personas encuestadas entre marzo y abril de este año perciben inseguridad en su entidad federativa y 60.1 % en su municipio o delegación,porcentajes que han ido incrementando desde e 2010. El siguiente esquema indica las mayores amenazas según los mexicanos. (Instituto Nacional de Estadística, 2011) (Fix Fierro)

Armas de comisión de delitos
De transacciones ilegales de armas de fuego o robo de las mismas. Se tienen datos que indican que la obtención ilegal de armas se realiza mediante robo al manufacturero o transferencias de armas de fuego no reportadas. El robo de armas de fuego a comerciantes, casas habitación y entre criminales son la fuente más importante de armas de fuego utilizadas en la comisión de delitos. De hecho, sólo 1 de cada 6 armas utilizadas en homicidios fue adquirida legalmente. Legislación con penas más severas y mucho más restrictivas pero a la vez más efectiva, sería una buena alternativa para evitar el uso de armas de fuego para actividades delictivas. Aún cuando se estableciera un control más estricto de la portación de armas de fuego, los criminales serían los menos propensos a obedecer dicho control, y por lo tanto, una vez más se estaría privando a la víctima de un instrumento de legítima defensa. Por lo tanto, Kleck and Gertz sugieren que las leyes de portación sean menos restrictivas para aquellas personas que no sean criminales. De esta forma, cuando la policía arreste a personas que porten armas de fuego ilegalmente, es más probable que dichas personas sean delincuentes (John R. Lott).

El tráfico de armas problema nacional

Debido a nuestra cercanía con Estados Unidos, primer productor de armas de fuego a nivel internacional, existe gran movimiento ilícito de armas a través denuestra frontera norte, lugar donde están ubicados múltiples negocios de venta de armas de fuego. Datos de la Agencia Federal de Alcohol, Tabaco, Armas de Fuego y Explosivos, indican que más del 90% de armas de fuego aseguradas
en México provienen de Estados Unidos. Además, dicha agencia proporciona entrenamiento sobre el tráfico de armas a la policía de nuestro país, y de otros países como El Salvador. (Instituto Ciudadano de Estudios sobre la inseguridad A.C)(Agencia Federal de alcohol, Tabaco, Armas de fuego y explosivos).

El 56% de Mexicanos declara que en sus comunidades circulan armas de fuego clandestinamente, y el 17% considera que e! tráfico de armas es la principal amenaza a México proveniente del exterior'''. La delincuencia organizada es la principal beneficiaria del tráfico de armas a nuestro país, aprovechándose de los cruces fronterizos informales para el transporte clandestino de las armas de fuego, normalmente adquiridas por ciudadanos norteamericanos o residentes permanentes a cambio de grandes sumas de dinero'-. En 2010, se firmó un acuerdo entre e! Centro de Investigación y Seguridad Nacional y la Oficina de Control de Alcohol, Tabaco, Armas de Fuego y Explosivos de EUA para elaborar un análisis de! tráfico de armas hacia México, documento que estará listo en diciembre de 2011IS. Los fallidos esfuerzos por regular el tráfico ilegal de armas de Estados Unidos hacia nuestro país se comprobó con la fracasada operación Rápido y Furioso, implementada por la división en Phoenix de la Agencia Federal de Alcohol, Tabaco, Armas de Fuego y Explosivos. Esta operaciónpermitió la compra ilegal de alrededor de 2000 armas de fuego y e! tráfico de la mayoría de éstas hacia México con el objetivo de rastrear dichas armas y poder identificar y detener a sus compradores que se presumía eran miembros de cárteles mexicanos. El rastreo de las armas resultó inefectivo y una gran cantidad fueron encontradas en escenas de homicidios en nuestra frontera norte. Esta operación también resultó en la renuncia de dos importantes servidores públicos de la Agencia y demostró la corrupción de algunos otros empleados. Como consecuencia del descontento de la sociedad estadounidense por el manejo de la Agencia, se creó una organización civil llamada Clean Up ATF con la intención de mejorar el manejo de la Agencia y de denunciar los casos de corrupción. (Instituto Ciudadano de Estudios Sobre la Inseguridad A.C)
(Brito, 2011)

Portación de armas de fuego sin licencia

El artículo 81 de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos dice: 'Se sancionará con penas de dos a siete años de prisión y de cincuenta a doscientos días multa, a quien porte un arma de las comprendidas en los artículos 9 y 1 O de esta Ley sin tener expedida la licencia correspondiente. En caso de que se porten dos o más armas, la pena correspondiente se aumentará hasta en dos terceras partes'13l. Datos del 2006 proporcionados por la SEDENA indican que sólo una pistola de cada 300 es portada legalmente. (Artículo 81 de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, op.cit., nota 128).

Posesión de armas por los civiles para legítima defensa

En nuestro país, las armas de fuego autorizadas para lalegítima defensa son las enunciadas por el artículo 9 de la Ley Federal de armas de fuego y explosivos, que son principalmente pistolas semiautomáticas y revólveres no superiores a los 9mm. Cabe señalar que el principal problema de las armas de fuego susceptibles de ser autorizadas para su posesión no son las idóneas para la legítima defensa, en virtud de que carecen en la mayor parte de los casos de la capacidad de contención del agresor. En Estados Unidos, prácticamente pueden poseerse todo tipo de armas, incluso metralletas con previa autorización del gobierno federal. Lo mismo ocurre en Canadá, donde los ciudadanos pueden poseer armas de fuego prohibidas, siempre y cuando las hayan registrado con anterioridad a su prohibición y hayan mantenido válidos sus certificados de registro. (Infomex)

El Derecho a la posesión y portación de armas de fuego,s contraviene lo establecido en el Instrumento de las Naciones Unidas 'Principios Básicos sobre el Empleo de la Fuerza y de Armas de Fuego por los Funcionarios Encargados de Hacer Cumplir la Ley'?

El objetivo de este instrumento es la regulación del uso de la fuerza y de las armas de fuego exclusivamente por parte de los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley. En virtud de la posesión y portación de armas de fuego para los civiles, el artículo 9 de este instrumento señala que los funcionarios públicos podrán hacer uso de armas de fuego en defensa propia o de otras personas.
Es conveniente llamar la atención sobre lo dispuesto en el artículo 18 del citado instrumento internacional firmado por México, que a la letra dice: '18.Los gobiernos y los organismos encargados de hacer cumplir la ley procurarán que todos los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley sean seleccionados mediante procedimientos adecuados, posean aptitudes éticas, psicológicas y físicas apropiadas para el ejercicio eficaz de sus funciones y reciban capacitación profesional continua y completa. Tales aptitudes para el ejercicio de esas funciones serán objeto de examen periódico'. En México no se puede verificar el cumplimiento de ese mandato en virtud de que se trata de información 'indisponible' o se ha clasificado como 'confidencial o reservada' en varias dependencias. (Villanueva, Ernesto,).


CONCLUSIONES Y PROPUESTAS PARA LA REGULACIÓN DE LA POSESIÓN Y PORTACIÓN DE ARMAS DE FUEGO

El punto de partida que debe quedar claro es que la prerrogativa de poseer y portar armas de fuego para la legítima defensa y la seguridad de las personas es un derecho
humano previsto en e! artículo 10 de la Constitución vigente y forma parte del texto de la Carta Magna desde su antecesora de 1857. No surge como adición o reforma constitucional de lo que
se denomina el Poder de Reforma de la Constitución o Constituyente Permanente, sino que forma parte del texto inicial de ambas constituciones, de modo que no hay duda alguna de la voluntad del Poder Constituyente; (es decir, de la voluntad política original y soberana que no está sometido a una Constitución previa siguiendo a Sieyés1XS traducida en un conjunto de normas jurídicas fundamentales que dan vida al Estado mexicano, tanto en su versión liberal del siglo XIX como en su acepciónliberal-social del siglo XX), de su intención de que integrara la parte dogmática o teleológica; (es decir, de los fines o propósitos que la animan) de la Constitución hasta nuestros días.
Baste también reiterar que este derecho no ha sido impuesto, sino auto legislado por voluntad propia del Poder Constituyente. 'Esta decisión libre del Poder de auto limitarse es una característica inseparable del Poder democrático, y de este tipo de relación entre Poder y derecho, a través de la positivación de los derechos fundamentales y de los principios de organización, e incluso más
Radicalmente ante la conversión del Poder en Poder jurídico regulado por el Derecho'

La efectivización del derecho fundamental a la posesión y portación de armas de fuego pasa por una serie de reformas a la legislación vigente y, en particular, pero no exclusivamente, a la Ley Federal de Armas de Fuego. La Ley vigente no va de acorde a los tiempos actuales de nuestro país recordemos que es de 1972, urge una legislación con sanciones y penas más severas para quienes trafiquen y porten armas ilegal, este fue y es grande problema que había permanecido fuera del radar de la opinión pública, porque no había habido necesidad de visibilizar esas inquietudes de manera puntual.

También es de recordar que los derechos fundamentales carecen de entidad si no cuentan con las garantías normativas para su debido ejercicio. Pérez Luño al recordar la evolución de la protección de los derechos fundamentales, Pérez Luño sostiene que 'tal garantía se consideraba que debía operar no sólo frente a cualquier intento de modificacióndel estatuto de los derechos fundamentales, por parte de! gobierno, sino incluso de aquellos que pudieran derivarse de la actividad de! legislador ordinario como sucede con la Ley Federal de Armas que lejos de proteger e! núcleo duro del Bien jurídico protegido por el artículo 10 constitucional lo restringe extralimitando las potestades de la Ley reglamentaria que debe sólo desarrollar e! derecho sin alterar ni modificar su sentido. (Cossío Díaz, José Ramón, 'El derecho a mar armas en México: un problema de interpretación constitucional'. (Revista .Mexicana del derecho Constitucional)(Pérez Luño, Antonio. Los derechos Fundamentales).









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Pérez Luño, Antonio. Los derechos Fundamentales
Artículo 81 de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, op.cit., nota 128
Solicitudes de información:
I NFOMEX. (2009). México DF.
Revistas:
judiciary, C. p. (1982). The right to keep and bear arms, United States Senate. Washington U.S.: Goverment Pritting Office.
Revista .Mexicana Del derecho Constitutional


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