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Convencion de Viena - mercaderias



CONVENCIÓN DE VIENA

PRESENTADO POR: MARCELA ARIAS AUGUSTO CAMPO LAURA TAUTA SUAREZ


INTRODUCCIÓN

Este trabajo tiene por finalidad brindar a los lectores una proximidad al funcionamiento de Derecho Comercial en aspectos tan propios del mismo como lo es la compraventa internacional de mercaderías. Para tal fin este documento toca temas históricos de los orígenes del derecho mercantil en la humanidad y en Colombia que nos ofrece una idea mas clara del proceso evolutivo que ha sufrido esta rama a través de los tiempos. Posteriormente tales datos se ligan a la compraventa internacional de mercaderías



enfatizando en las obligaciones del comprador y del vendedor, en donde se destacan asuntos una tematica que enmarca en los parametros regidos por la convención de Viena de 1980 para mostrar un idea clara de las fases intervinientes en la línea del tiempo. Este tópico se analizara desde la óptica académica brindando un analisis propio de la información y resaltando los factores mas importantes en las diferentes etapas del trabajo.


OBJETIVOS

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Conocer la historia del derecho mercantil y su influencia en Colombia.

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Conocer los preceptos establecidos en la convención de Viena de 1980 y su aplicación en Colombia.

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Conocer las obligaciones del comprador y del vendedor en la compraventa de mercaderías en los diferentes tipos de contratos.
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Conocer la regulación existente y su aplicación en el ambito nacional e internacional.


DERECHO MERCANTIL EVOLUCION HISTORICA

El comercio es tan antiguo como la mismahumanidad, las adquisiciones de de bienes o servicios a cambio de un pago o intercambio ha existido a lo largo de la historia al igual que la obtención de ganancias a cambio del traslado de bienes o servicios a un consumidor determinado. El trueque fue una de las formas de comercio mas usadas en la antigüedad, el intercambio de mercancías fue el sistema utilizado durante aquellos tiempos debido a que no existía el dinero como medio de pago. En el marco histórico lo egipcios son el primer registro existente, dirigiendo sus mercancías a través del desierto hacia Babilonia. Los pueblos mesopotamicos tenían un desarrollo importante en sus instituciones comerciales, existía la llamada asociación a corto y largo plazo, la asociación comanditaria, la orden de pago, la comisión, entre otras que por ley debían ser estar plasmadas en un contrato redactado con las especificaciones, formulas, testigos y un funcionario, todo esto con el fin de garantizar la operación y darle seguridad a las partes. En lugar de la moneda, que como ya habíamos mencionado no existía para la época, el medio de pago y de valor era el oro, el cobre, las especias, la cebada, el plomo entre otros que constituían mercancías de alto valor comercial y se intercambiaban por otras de necesidades particulares. Sin duda Fenicia fue también fue uno de lo pueblos mas influyentes en términos de comercio, este pueblo fue en la antigüedad uno de los mas adaptados para el comercio internacional ya que generaron mecanismos para facilitar las distribución de mercancías a través de laconstrucción de puertos marítimos que contribuyeron a la exportación de maderas, púrpura, lana y otros bienes.


A su vez iniciaron la formalización del comercio a través de los tratados que permitían operaciones de crédito, la utilización de sistemas de medida en la mercancía y la moneda también fueron contribuciones de éste pueblo. Grecia también realizó su aporte a la historia con la generalización del uso de la moneda acuñada para facilitar los procesos mercantiles y de cambio. Roma también fue uno de los principales promotores del comercio y uno de los pueblos mas evolucionados en términos mercantiles gracias a las conquistas realizadas de su imperio, los sistemas de transporte terrestre y marítimo se desarrollaron de manera determinante. Las grandes movilizaciones de personas dedicadas al comercio y el notable aumento de operaciones de tipo económico llevaron a que surgieran nuevas instituciones jurídicas y a que se modificaran las instituciones civiles; y es allí en donde aparecen rasgos tenues del derecho mercantil. Esto no quiere decir que haya surgido una nueva clase de Derecho “no surgió un Derecho distinto y separado del “ius civile” 1, debido a que el Derecho Romano por su naturaleza esencialmente dinamica, sus extraordinarias condiciones de acomodación y flexibilidad ante las nuevas exigencias sociales y su particular sistema de aplicación por el pretor, hicieron innecesaria su aparición.” Sin embargo si aparecieron instituciones mercantiles que son tenidas en cuenta en la actualidad y que reposan el los códigos decomercio, algunas de ellas son: el arbitraje, el aval bancario, la sociedad etc. (Al igual que en nuestros días el comercio en Colombia aún se rige bajo los parametros del código de comercio pero a su vez en el código Civil.) Los distintos acontecimientos a través de la historia marcaron la evolución del derecho mercantil plasmando así diferentes matices en su evolución en la línea del tiempo


Baena Luis Gonzalo.. Estudios de derecho Mercantil: ESAP Agosto 1989. Pag. 24


En la Edad Media aparece una nueva clase de derecho que se va a encargar de regular las actividades de los denominados comerciantes ya que la ley civil no daba el cubrimiento necesario a los intervinientes en esta profesión, surge entonces un Derecho Medieval, una disciplina popular y abierta a la renovación de los usos y las costumbres implantadas por las personas dedicadas a mercadear. Este nuevo sistema se complementaba con las corporaciones de comerciantes que tenían como función velar por los intereses comunes de los comerciantes. Para que una persona dedicada al comercio fuera cobijado por este sistema debía considerarse “comerciante” por estas corporaciones y para adquirir ése estatus debía realizar su inscripción en el “Liber Mercatorum” y someterse a sur reglas y a la autoridad de la corporación. Este derecho mercantil se aplicó desde la Edad Media hasta la revolución Francesa contenía varios principios primordiales, dentro de los que se destacaron. 1- Era un Derecho especial aplicado a la regulación del comercio y a una clase definida de profesionales, (loscomerciantes) 2- Era de tendencia general o global de la comunidad ya que a pesar de que era aplicada a una clase definida de profesionales tendía a aplicarse a otras personas que sin ser comerciantes iniciaron a utilizar instrumentos propios del comercio como los contratos, o las letras de cambio.

Cerca de 1560 las Ordenanzas de Bilbao que regían a España y a sus colonias se consideró como el primer código de comercio de la historia, sus normas se refieren a la jurisdicción del consulado, al comercio realizado por vía terrestre y marítima y al derecho de seguros. Otras ordenanzas de gran importancia histórica son las Ordenanzas del Comercio y alas Ordenanzas de la Marina, emitidas en Francia, consideradas por algunos autores como la “expresión mas sistémica y depurada del derecho mercantil” 2.



Baena Luis Gonzalo.. Estudios de derecho Mercantil: ESAP Agosto 1989. Pag. 27


Posteriormente el siglo XIX nos muestra otra etapa importante del derecho mercantil, con la Revolución Francesa en donde aparece un nuevo sistema influenciado por la dinamica política, económica y social del momento ya que aparece el capitalismo industrial y financiero reemplazando a capitalismo comercial. La aparición de concentraciones de grandes masas de capital y de maquinaria llevan a la transformación de derecho mercantil a un nuevo modelo que debería regular el nuevo estilo económico. Es allí donde aparece el Código de Comercio francés o también llamado Código Napoleónico. El código napoleónico se caracterizó por ser demasiado objetivo ya que elacto de comercio es el que determina la competencia de los tribunales y no lo cualidad de comerciante; este sistema se desplazó a España luego de la invasión de Napoleón a este país. Durante este periodo imperaba el absolutismo monarquico del rey Fernando VII y bajo este mandato se crea el primer código de comercio Español, que implanta una legislación uniforme en materia mercantil que permitiera conciliar y superar las diferencias en las naciones y así lograr brindar confianza y seguridad a los comerciantes internacionales, evitando contradicciones en sistemas jurídicos de diferente naturaleza. Este Acontecimiento se convertiría uno de los antecedentes a la convención de Viena de 1980. Posterior a esto es necesario hallar un nuevo sistema debido a que esta uniformidad no permitía separar los actos de comercio de las personas que lo realizaban, ya que los actos generalizados debían dejar de ser civiles para convertirse en comerciales o viceversa, para ello se busca un método que permitiera enmarcar la justificación y el contenido del Derecho Mercantil, para lo cual se ilustra a la empresa ya que es el instrumento que facilita las actividades comerciales y económicas. Esta iniciativa nuevamente fue refutada hacia los años 40s y 50 ya que se argumentaba que el Derecho mercantil no era el derecho de la empresa por que a esta la cobijaban diferentes disciplinas.


Una nueva teoría que surgió una nueva teoría que decía que el Derecho mercantil era el Derecho de los actos realizados en masa, es decir una serie de sucesos que suponen unaactividad comercial organizada, basada en la cantidad de actos mercantiles producidos, a la cantidad de los mismos y a su repetición o continuidad En este sistema los actos realizados ocasionalmente o de forma aislada estaría regulada por otro régimen diferente al comercial ya que no son continuos por lo tanto no estarían regulados por la ley del comercio. Debido a estos acontecimientos históricos la doctrina moderna se inclina a la unificación del Derecho Privado ya que su síntesis argumenta que las normas civiles y comerciales hacen parte de un único estatuto. Adicionalmente el Derecho Público en la actualidad y también hace parte de esta doctrina ya que el estado también ha tomado partido en la intervención del sistema económico. En conclusión el Derecho mercantil existe por un determinado periodo de tiempo y posteriormente funciona como derecho especial frente al Civil ya que las circunstancias históricas alinearon su surgimiento como una rama del Derecho Privado, paralelo al Derecho Civil. El Derecho mercantil nace de la necesidad de dar cubrimiento a ciertas necesidades en determinado periodo que el Derecho Civil no cobijaba. Su principal objeto es la regulación de una profesión específica como lo es el comercio.

CODIFICACION DEL DERECHO MERCANTIL EN COLOMBIA


Sin duda el descubrimiento de América fue un factor determinante para el dominio español sobre nuestros territorios y en consecuencia la creación de un reglamento basado e n prohibiciones y reglas de tipo comercial entre España y sus colonias, durante este periodo de tiempode la colonia “se aplicaron en nuestro territorio los ordenamientos jurídicos contenidos en las siete partidas, la recopilación de indias, la Novísima Recopilación y las ordenanzas de Bilbao” 3. El primer Código de Comercio se expidió en 1853 con el fin de darle un ordenamiento al sistema de leyes existentes en el momento que representaban un desbarajuste absoluto, este código se basó en el sistema Napoleónico, se encontraba fraccionado o “dividido en libros, títulos y secciones segmentos que coinciden exactamente, en sus denominaciones y objeto, con la distribución de materias hechas en el Código Español de 1829” 4, este código estuvo en vigencia y aplicación hasta 1858 que por ordenanza de la constitución de ese año se le concedió al Gobierno General facultades para disponer todo lo que involucraba legislación marítima y de comercio exterior. A partir de esa fecha quedó rigiendo el Código de 1853 con facultades de Código Nacional respecto al tema marítimo: en otros aspectos existió variedad legislativa que vino a ser corregida posteriormente en el año 1887 luego de conseguirse la unidad política y administrativa acogiéndose el Código de Comercio de Panama, rigiendo hasta el año 1971 año en que se expide mediante el Decreto 410 el nuevo Estatuto Mercantil o Código de Comercio que sigue vigente en la actualidad.

CONVENCION DE VIENA Y ESPAÑA

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Baena Luis Gonzalo.
Estudios de derecho Mercantil: ESAP Agosto 1989 Pag. 33

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Morles Hernandez Alfredo.
Curso de Derecho Mercantil introducción la Empresa el Empresario Tomo I:Universidad Católica Andrés Bello, Caracas Venezuela 1998. Pag. 61


Se sabe que uno de los problemas a los que se enfrentan los países para realizar sus negocios son las diferentes regulaciones existentes en cada uno de los Estados, problema fundamental ante el cual se encuentran los empresarios en el ambito internacional ya que la multitud de las legislaciones complica el comercio internacional y es uno de los mayores obstaculos que presentan las partes a la hora de aplicar una de ellas en un negocio. Sin embargo se han estudiado varias posibilidades para facilitar el comercio, donde encontramos acuerdos, tratados, alianzas entre otros, brindando un bienestar para aquellos grupos que los conforman y evitan algunas complicaciones en el desarrollo de los mismos. Una forma de controlar un poco aquellas diferencias entre los países es teniendo muy en claro cómo funciona el comercio nacional de cada uno de ellos; es decir conociendo el reglamento interno y las reglas que rigen en este caso para el comercio (compra y venta) para que sea aplicada al comercio exterior, después de realizar este paso es muy necesario e importante conocer las legislaciones por las que rigen el país con el que se va a negociar (comercio internacional). Como se sabe, para realizar convenios nunca van a regir las reglas de un Estado ni del otro, entonces se tienen que llegar a acuerdos con beneficios mutuos recibiendo respaldos internacionales que sean imparciales a la hora de someter reglas y condiciones en los respectivos contratos internacionales llevando a cabocondiciones generales estandarizadas para cada uno de los sectores comerciales como por ejemplo los Incoterms. Los Estados han tratado temas como la unificación legislativa en materia de compraventa, pero ha sido imposible solventar las necesidades de los países en diferentes situaciones ya que como sabemos cada uno de los estados no poseen los mismo recursos sociales, culturales y lo mas importante económicos lo que hace una división social de donde se tiene que partir para la elección de los mercados. Por un lado, ciertos países son vendedores (los industrializados) y otros compradores (en general los subdesarrollados y en vías de industrialización); esto implica que cada grupo de países pretenda que la regulación del contrato favorezca bien al vendedor o bien al comprador; por otro lado, las diferencias de régimen jurídico interno como se había mencionado anteriormente entre diferentes países.


A continuación se dara a conocer el movimiento con el que funciona la compraventa de mercaderías en ESPAÑA teniendo en cuenta la Convención de Viena de 1980; España fue ratificado y entrado en vigor el 1 de agosto de 1991, este tratado ha sido aceptado por un gran número de Estados convirtiéndose en el eje legislativo regulador de las compraventas internacionales. Se debe esto a que su regulación es muy flexible estando basada en los conceptos anglosajones de plazos razonables, conductas aceptadas, prohibición de ir contra los propios actos, y respetar los requisitos formales de su ordenamiento. El resultado para España con el ConCVint se hacaracterizado por ser un poco flexible, con amplia discrecionalidad para el juez y basada sobre el principio que todo comerciante debe actuar recta y razonablemente y de buena fe. Pero este tratado no se aplica a cualquier compraventa internacional, sino que tienen que darse los siguientes requisitos: 1. Partes: vendedor y comprador deben tener su residencia, su establecimiento, en dos

Estados diferentes; ademas se exige que el Estado cuyo ordenamiento sea aplicable según las reglas del Derecho Internacional Privado y que haya ratificado la Convención o el acuerdo. 2.-Compraventa: la relación jurídica entre las partes debe ser una compraventa incluyéndose dentro del concepto los contratos en virtud de los cuales la mercadería tiene que ser manufacturada por el vendedor 'ex profeso', salvo que el comprador le proporcione 'una parte sustancial' de los materiales pues en este caso estamos realmente ante un arrendamiento de obra. 3.-Empresarial: la Convención sólo se aplica a las operaciones empresariales, no a las compraventas en las que el comprador compra para su uso personal, familiar o doméstico. 4.-Objeto: el objeto del contrato deben ser mercaderías, concepto que incluye todo objeto mueble corporal como materias primas, materias semi-elaboradas, productos terminados, maquinaria. Estan excluidos los títulos valores, los buques y aeronaves, la electricidad y todos los derechos de propiedad industrial, software etc.


La Convención regula únicamente la oferta y aceptación, la forma y el contenido obligacional de los contratos;expresamente no entra en materia de validez o nulidad del contrato por un vicio del consentimiento o de propiedad de los bienes adquiridos, en caso de tener alguna inconsistencia o problema, esto se resuelve por el Derecho Nacional que resulte aplicable. Pero ademas de esto las partes, mediante un pacto tienen derecho a modificar libremente el contenido de lo pactado, e incluso excluir totalmente su aplicación teniendo en cuenta que la compraventa tiene que probarse en algunos casos por escrito, con pruebas e incluso con testigos para cualquier movimiento a seguir. Obligaciones del vendedor: a diferencia del ordenamiento español, que distingue entre una obligación de entrega y una de saneamiento, la Convención establece una única obligación a cargo del vendedor: entregar las mercaderías en la cantidad, calidad y tipo que sean conformes a lo pactado en el contrato. Se entiende que las mercancías no son conformes si no son aptas para el uso previsto, si no poseen las cualidades de la muestra o modelo que el vendedor presentó al comprador, si no estan correctamente envasadas o embaladas, si un tercero ejercita derechos o pretensiones sobre las mercancías. Consecuencias del incumplimiento del vendedor: el comprador debe examinar las mercancías en el plazo mas breve posible atendiendo las circunstancias y comunicar al vendedor en un plazo razonable a partir del momento en que haya o debiera haber descubierto la inconsistencia. Las soluciones se pactaran de acuerdo a lo firmado o hablado al momento de contraer el contrato. De lo contrario elvendedor se vera en obligación de someterse a las sanciones posteriores regidas de acuerdo a las condiciones del derecho privado de los Estados. Obligaciones del comprador: son al igual que en derecho español, pagar el precio y recibir las mercaderías Si el comprador se retrasa en la recepción de las mercancías, el vendedor debe adoptar las medidas que sean razonables para su conservación no hace pues falta depósito judicial. Incumplimiento de las obligaciones del comprador: en general, la solución para el Incumplimiento es la exigencia del cumplimiento, mas daños y perjuicios; sólo si el plazo


para pagar es esencial, o si concedido un plazo de gracia por el vendedor, el comprador persiste en el impago. Todas las cantidades impagadas incluso la restitución del precio devengan intereses pactados, o el legal del dinero, que son adicionales a la indemnización de daños y perjuicios y esto sera determinado a una regla que es diferente a la seguida en derecho interno. Ya que España es un país que examina las reglamentaciones nacionales sobre arbitraje vigentes entre los dos estados donde se distinguen las ventajas que los contratantes ofrecen a la sede arbitral para la solución de las controversias que en relación con los contratos de la compraventa internacional de mercaderías puedan suscitar. Por ejemplo cabe mencionar la sentencia dictada en España por la Audiencia Provincial de Barcelona el 7 de junio de 1999 en el cual se discutía el conflicto surgido en una ocasión de compraventa mercantil de tejidos entre un fabricante español y unimportador Britanico, se había pactado el pago de los productos vendidos en el domicilio del vendedor, lo que no sucedió. Puesto que España ya era parte de la CV (ConCVint) el Reino Unido procedió a aplicar las reglas de Roma sobre la ley aplicable a las obligaciones contractuales. Al atender el tribunal que la prestación mas característica del contrato disputado era la entrega de los tejidos vendidos, cuya administración central se hallaba en la ciudad de Barcelona, estableció que la normativa aplicable era la española y por ende la del CV (ConCVint). España se ha caracterizado por la Audiencia Provincial de Navarra del 22 de septiembre de 2003 donde resaltan la importación del cumplimiento de la buena fe, y la confianza razonable lo que sería en un futuro negocio el contrato de garantía; es decir España trabaja con dos contratos: con el contrato formal de compraventa de mercaderías y el contrato de garantía donde se sabe con quién esta negociando con plena seguridad. Este país también resalta la importancia que tiene los Incoterms en las negociaciones para el planteamiento de los contratos y riesgos que puedan resultar en la mercancía o costos adicionales a la hora del transporte y la entrega de la misma.


COLOMBIA Y LA CONVENCIÓN

Colombia entró en vigencia a la convención de Viena el 1º de agosto de 2002, lo cual implica que, desde esa fecha, en la medida en que los contratantes no dispongan lo contrario, la mayoría de importaciones y exportaciones que se realicen en el país seran reguladas por dicho instrumento jurídico.
Sepresenta una visión global y estructural de la Convención, resaltando aspectos de especial relevancia como ambito de aplicación, formación del contrato, obligaciones de las partes e incumplimiento contractual y sus efectos, destacando su influjo en el ordenamiento interno y la uniformidad e internacionalidad de su caracter, ella debe considerarse como Derecho Nacional. Colombia después de tantas discusiones para la firma de este, decidió aceptarlo con la seguridad de que seran notorios los efectos que se produzcan a partir de su comienzo y la evaluación de los procesos que se llevan en ese momento en el campo jurídico. Los contratos de compraventa de mercaderías constituyen el “ambito objetivo o material de aplicación” y así mismo la Convención pronostica, que los contratos de suministro de mercaderías que hayan de ser manufacturados o producidos se consideraran como contratos de compraventa lo mismo que los contratos mixtos en los que la parte principal de las obligaciones de la parte que proporciona las mercaderías no radique en suministrar mano de obra o prestar otros servicios. LA INTERNACIONALIDAD DE LAS COMPRAVENTAS

La Convención, en cuanto a tratado internacional, delimita su aplicabilidad a los contratos de compraventa siempre que estén vinculados a transacciones de caracter internacional, toda vez que las transacciones internas se encuentran excluidas de su regulación. Para ello, ésta decidió adoptar un criterio objetivo al señalar que el caracter internacional de la transacción lo determina, con exclusividad, el hecho de quelos establecimientos de las


partes, comprador y vendedor, se encuentren localizados en diferentes estados, sin que la nacionalidad de estas o la del mismo contrato valga como criterio calificador de tal característica. Es irrelevante, para los efectos de aplicación de la Convención que el caracter del contrato, o el caracter de las propias partes, sea civil o comercial. Los establecimientos de las partes, en todo caso, como ya se expresó, deben estar localizados en Estados distintos, circunstancia de la cual aquéllas deben ser conscientes, ya sea porque ello se derive del contrato, o de los tratos habidos entre ellas, o de cualquier tipo de información que se haya dado en cualquier instante previo a la celebración del contrato o incluso en el mismo momento de su celebración. Es importante mencionar que para que se aplique la convención, los Estados en donde se encuentren ubicados los establecimientos de las partes deben ser estados contratantes de la Convención o que encontrandose dichos establecimientos en estados no contratantes, las normas de Derecho Internacional Privado prevean que se aplique la ley de un Estado Contratante. Así mismo existen elementos de la oferta que son los siguientes: 1) La determinación del sujeto o sujetos a los cuales se dirige: la Convención entiende que todas aquellas propuestas que se realizan por medio de prospectos y catalogos75 no tienen caracter de oferta ya que no se encuentra dirigida a personas determinadas. 2) La precisión de la oferta: para que se cumpla con este requisito es necesario queexista la mas completa claridad en relación con las mercaderías, especificando la cantidad y el precio de las mismas de manera expresa o tacita, o determinando un medio para fijarlos. Es posible establecer la identificación de las mercaderías según el objeto del contrato. 3) La intención del oferente de quedar vinculado si existe aceptación: los elementos anteriores sirven para fijar una clara posición en relación con el oferente y el destinatario de la oferta; es así como al existir determinación de las personas a las cuales se dirige y habiéndose precisado la mercancía y el precio, cualquier manifestación del destinatario de la oferta genera obligatoriedad para el oferente.


1) Declaración o acto del destinatario : el contenido de la declaración o acto debe demostrar claramente el asentimiento de la oferta. La expresión de la voluntad debe indicar de manera precisa la aceptación por la cual se estructure el negocio jurídico pero la Convención no exige expresamente que esta manifestación de voluntad se plasme por escrito aunque las practicas y usos del comercio internacional lo recomiendan con el fin de evitar futuros litigios. Esta concepción de la aceptación es insuficiente ya que se queda corta ante la realidad jurídica, en cuanto la misma aceptación se puede perfeccionar en determinados casos como una contrapropuesta, siendo esta una aceptación que modifica las condiciones establecidas en la oferta inicial. La Constitución Nacional establece en su artículo 120 ordinal 20 que es atribución del Presidente de la República: 'Dirigir lasrelaciones diplomaticas y comerciales con los demas estados y entidades de derecho internacional; nombrar los agentes diplomaticos, recibir los agentes respectivos y celebrar con otros estados y entidades de derecho internacional tratados o convenios que se someteran a la aprobación del Congreso'. El artículo 76 ordinal 18 dispone como competencia del Congreso de la República: 'Aprobar o improbar los tratados o convenios que el gobierno celebre con otros estados o con entidades de derecho internacional.'

CONVENCION DE VIENA DE 1980

Para tratar el tema de la Convención de Viena de 1980 es valedero recordar sus antecedentes y sus fines con el fin de comprender el tema a cabalidad, pues si bien el objetivo de esta fue el “obtener una reglamentación uniforme de la compraventa internacional”5, es en el marco del Instituto Internacional para la Unificación del Derecho

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CAVEDA Duniesky Alfonso. Universidad Hermanos Saíz Montes de Oca. Pinar del Río. Cuba: Convenio Internacional de Mercaderías de Viena, 1980 (En línea). Disponible en


Privado que se comienza a hablar de la importancia de su creación y por lo cual se contó con la ayuda de especialistas , pero desafortunadamente el fin de estos no fue el esperado por lo cual se necesitó de la ayuda de la Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional (CNUDMI), y de ahí la aprobación y texto de la convención que entra en vigencia hasta el año 1988;con esto se quería buscar la aceptación por parte de los Estados los artículos expedidos en la comisión, asímismo, cabe resaltar que esta de igual manera se dividía en cuatro aspectos relevantes como “-I regula el ambito de aplicación y disposiciones generales. -II contiene las normas que rigen la formación de contratos de compraventa internacional de mercaderías. III se refiere, a los derechos y obligaciones sustantivos de comprador y vendedor derivados del contrato. IV contiene las disposiciones finales de la convención relativas a asuntos tales como el modo y el momento de su entrada en vigor, las reservas y declaraciones que se permiten hacer y la aplicación de la convención a las compraventas internacionales cuando ambos estados interesados se rigen por el mismo o semejante derecho en esta cuestión”6. Igualmente, hay tres grupos que aclaran el sentido de la convención de acuerdo a la ya mencionada compraventa internacional, la primera es la excluida por razón de su finalidad, la segunda las excluidas debido a sus modalidades y la tercera es compraventas excluidas

https://www.monografias.com/trabajos56/mercaderias-viena/mercaderias-viena2.shtml

(fecha de consulta 02 de Marzo de 2011)
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CAVEDA Duniesky Alfonso. Universidad Hermanos Saíz Montes de Oca. Pinar del Río. Cuba: Convenio Internacional de Mercaderías de Viena, 1980 (En línea). Disponible en https://www.monografias.com/trabajos56/mercaderias-viena/mercaderias-viena2.shtml (fecha de consulta 02 de Marzo de 2011)


en razón de su objeto, sin embargo a que esta trata de unificar todo lo referente a mercadería cabe recordar que en la actualidad su aplicación no es la adecuada.Teniendo en cuenta las disposiciones y formas que se le dio a la Convención de Viena de 1980 se puede afirmar que ésta fue creada con el fin de establecer y normalizar el comercio Internacional con respecto a las reglas que regulan la Compraventa de mercadería Internacional, pues se pensaba que con la creación de la misma mejorarían las relaciones con respecto al comercio. Cabe también recordar, que como lo cita la Convención en sus disposiciones generales “no se tendran en cuenta ni la nacionalidad de las partes ni el caracter civil o comercial de las partes o del contrato”7.Por tal razón, en este escrito se dan conocer las obligaciones que se tendran que tener en cuenta tanto para el cliente como del comerciante; Por esto si se habla de la relevancia de esta convención se puede comenzar analizando que su objetivo se da con el fin de establecer y controlar un trato uniforme para las partes en donde domine el buen trato y el bueno uso de las relaciones internacionales con el fin de promover el movimiento y flujo de mercancía en los territorios donde hace parte, por esto la importancia del Derecho Internacional Privado cuando se quiera hablar de deshacer algunas de las normas que estipula la misma. En general se puede decir que la Convención de Viena del año 1980 puso en papel los parametros concisos con el fin de que a la hora de la celebración de compraventa de mercancías no existieran inconvenientes para la realización de esta practica, y así culminara de manera pacífica y sin riegos la actividad entre las partes. Es importanteprecisar algunos aspectos importantes como lo fueron: la formación del contrato en el cual se realizaba una oferta con el fin de mostrarla al oferente, de la misma forma cuando se habla de la oferta escrita hay que estar atentos a como va a culminar la misma, si se han de realizar modificaciones hay que estar al tanto de que se hagan con el fin

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NACIONES UNIDAS Convención de las Naciones Unidas sobre los Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderías: Sección de Servicios en Inglés Publicaciones y Bibliotecas de las Naciones Unidas en Viena: New York, 2010.


de convenirle a las partes y a asimismo, si se hace la oferta verbal esta tendra efecto de manera inmediata; después de analizar los ítems que en algunos de los casos causan exaltación en el desarrollo de compraventa, así mismo la oferta que realiza el vendedor podra tener modificaciones según lo estipula la Convención hecho que hace que las condiciones puedan ser mejores a las que se dieron cuando se pasó la oferta en primer lugar. En cuanto a las disposiciones Generales de la compraventa de mercadería, se estipula en su Artículo 28 “Si, conforme a lo dispuesto en la presente Convención, una parte tiene derecho a exigir de la otra el cumplimiento de una obligación, el tribunal no estara obligado a ordenar el cumplimiento específico a menos que lo hiciere, en virtud de su propio derecho, respecto de contratos de compraventa similares no regidos por la presente Convención”8. Para tal efecto ha de precisar las condiciones que los Estados le den a este artículo teniendo encuenta las garantías para su nación y así mismo las Relaciones Internacionales existentes entre el país comprador y el país vendedor.

OBLIGACIONES DEL VENDEDOR Y COMPRADOR La investigación y analisis realizado lleva a tomar en profundidad el tema de las obligaciones del vendedor y del comprador teniendo en cuenta que: Si se toman las obligaciones del vendedor la Convención indica en su Artículo 30 “El vendedor debera entregar las mercaderías, transmitir su propiedad y entregar cualesquiera documentos relacionados con ellas en las condiciones establecidas en el contrato y en la presente Convención”9

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NACIONES UNIDAS Convención de las Naciones Unidas sobre los Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderías: Sección de Servicios en Inglés Publicaciones y Bibliotecas de las Naciones Unidas en Viena: New York, 2010. 9 NACIONES UNIDAS Convención de las Naciones Unidas sobre los Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderías: Sección de Servicios en Inglés Publicaciones y Bibliotecas de las Naciones Unidas en Viena: New York, 2010.


Aquí ha de examinar los beneficios que presentara el vendedor a la hora de entrega de la mercancía al comprador, puntos que si no existiera la convención quizas pueden causar inconvenientes debido a que en algunos casos compradores querran que la entrega se haga en el lugar donde tienen su establecimiento pero según la convención no se haría de esta manera. En algunas cuestiones, cabe destacar las diferentes alternativas que ofrece la convención para llegar a un muto acuerdo en cuanto alas formas de trato entre el vendedor y el comprador, eso es lo que genera que se creen varios métodos de negociación y todos lleguen a conseguir lo que en muchos casos se quiere ganar., en cuanto a los seguros que se refiere en el Artículo 32, ha de recordar la importancia de cubrir la mercancía por todos los riesgos daños y prejuicios que esta lleva o, por lo contario generar la información pertinente para no ocasionar prejuicios en la misma CONTRATOS DE COMPRAVENTA La convención de Viena quiso dejar un proyecto sencillo y a la vez a la luz pública acerca de la contratación de Comercio Internacional, no obstante existen aclaraciones las cuales el Código Civil es el encargado de dejar definidas, es aquí donde se encuentran los deberes para las partes , hecho que igualmente lo señala la Convención. Es así “como el “Contrato de compraventa” puede extraerse de los artículos 30 y 53 del Convenio”10 Es de esta manera como varios autores definen este contrato como el concepto que se tenía desde los comienzos del comercio en donde se entrega un bien o servicio y por esto se recibe una determinada suma de valor, de allí que el “Código Civil sea el encargado de velar su regulación por el conjunto unitario, ordenado y sistematizado de normas de Derecho privado”11.

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Benitez de Lugo Mariano Aguilar: La repercusión del convenio de Viena del 11 de abril de 1980 en el ambito de la compraventa internacional de Mercaderías,Universidad de Sevilla-2000,Pag 27.
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Tavares Picanço, Aloysio.«A Influência de Augusto Teixeira de Freitas no Direitode Países Estrangeiros». Revista Jus Vigilantibus Terça-feira, 2005.


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Universidad Hermanos Saíz Montes de Oca. Pinar del Río. Cuba: Convenio Internacional de Mercaderías de Viena, 1980 (En línea). Disponible en https://www.monografias.com/trabajos56/mercaderias-viena/mercaderias-viena2.shtml

(fecha de consulta 02 de Marzo de 2011)

 


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