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Apropiación indebida - situación problematica, delimitación espacial y temporal



CAPITULO I
INTRODUCCION
1.
TEMA
Apropiación indebida de pago de beneficios sociales de ex trabajadores del SNC proyecto San Ramón- Santa Cruz, periodo 2013
2. SITUACIÓN PROBLEMATICA
Con relación al pago de beneficios de sociales de los ex trabajadores del servicio nacional de caminos proyecto San Ramón – Santa Cruz la situación objeto de la presente investigación es el engaño sufrido por éstas personas que depositaron su confianza en sus apoderados legales, quienes incitados por la ambición y con una carente ética profesional se apropian mediante el uso de influencias y del conocimiento indebido de la profesión, de gran parte del dinero que por derecho les correspondía a estos ex trabajadores, entregandoles solo una mínima porción de lo que les pertenecía, y ademas de todo ello abusando de su confianza y de su falta de comprensión acerca de la evolución de la causa, les hicieron creer falsamente que mucho mas estaba por venir y pretendiendo con ello seguir engañando vilmente a estos trabajadores que lucharon y dedicaron gran parte de su vida a su trabajo, perdiéndose quiza la convivencia familiar y el disfrute de muchos momentos de gran significancia personal, para poder asegurar con su trabajo, una vejez segura y si se podría decir libre de la carencia de necesidades basicas que una persona necesita para sobrevivir.


3. PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA
¿Qué efectos sociales ocasiono la apropiación indebida de pago de beneficios sociales en los ex trabajadores del SNC proyecto San Ramón-Santa Cruz?


4. DELIMITACIÓN ESPACIAL Y TEMPORAL
La investigación sera desarrollada en la ciudad de Santa Cruz de la Sierra, con integrantes de la mesa directiva que representan a los ex trabajadores del Servicio Nacional de Caminos Proyecto San Ramón-Santa Cruz, durante el año 2013.
5. OBJETO DE INVESTIGACIÓN
El objeto de la presente investigación sera descubrir los efectos sociales causados por la apropiación Indebida de pago de beneficios sociales de ex trabajadores del Servicio Nacional de Caminos, Proyecto San Ramón-Santa Cruz, período 2013.
6. CAMPO DE INVESTIGACIÓN
El campo de investigación se centrara en la observación del proceso de entendimiento que los ex trabajadores del Servicio Nacional de Caminos, tienen acerca de la figura jurídica de la apropiación indebida y de los efectos ocasionados por su perpetración, en el desarrollo de sus vidas en particular.
7. OBJETIVOS
7.1. OBJETIVO GENERAL
Comprender los efectos sociales causados por la apropiación Indebida de pago de beneficios sociales de ex trabajadores del Servicio Nacional de Caminos, Proyecto San Ramón-Santa Cruz, período 2013
7.2. OBJETIVOS ESPECÍFICOS
Identificar y describir los fundamentos teóricos y jurídicos de la apropiación indebida y los beneficios sociales en Bolivia.

Comprender e interpretar la percepción que tienen los ex trabajadores del Servicio Nacional de Caminos Proyecto San Ramón – Santa Cruz con relación a la figura jurídica de la apropiación indebida.
Analizar los factores quecontribuyeron al engaño sufrido por los ex trabajadores del Servicio Nacional de Caminos Proyecto San Ramón – Santa Cruz.
8. IDEA A DEFENDER

9. JUSTIFICACIÓN
La decisión de llevar a cabo esta investigación surgió de la necesidad de comprender en qué manera afecto a los ex trabajadores del Servicio Nacional de Caminos proyecto San Ramón Santa Cruz, el hecho de que sus ex representantes legales hayan mellado de una manera tan egoísta y llena de ambición, la confianza depositada, al aprovecharse de la retribución económica que el Estado luego de años de litigio y batallas en los estrados judiciales, finalmente reconoce como el derecho que estos trabajadores han obtenido por años de sacrificado trabajo y contribución al desarrollo del país, derecho que se representa en el pago de beneficios sociales.
Para comprender estos efectos en primordial conocer y analizar la figura jurídica de la apropiación indebida y su tipificación dentro del ordenamiento jurídico nacional, contribuyendo al mismo tiempo y mediante la síntesis de documentación a la identificación de los elementos que conforman éste tipo penal, la comprensión del bien jurídico protegido y la adaptabilidad de la figura a casos particulares, siendo el de pago de beneficios sociales el estudiado en este caso.
¿En qué manera se esta aportando al conocimiento? (Académica)
El aporte académico de este trabajo consiste en
¿Cómo se esta evitando que esto vuelva a ocurrir? (social)
CAPITULO II
MARCO TEORICO
1.
APROPIACIÓN INDEBIDA
1.1.SURGIMIENTO Y DESARROLLO DEL DELITO DE APROPIACIÓN INDEBIDA
La apropiación indebida es una figura jurídica que se encuentra dentro de los delitos que atentan contra el patrimonio de un individuo, en el antiguo derecho romano esta figura quedaba comprendida como hurto ofreciéndose como una forma en que la contrectatio podía presentarse.
Muchos autores afirman que el significado de contrectare responde a la acción de posesionarse, o de usurpar todos los derechos sobre la cosa, y es de este criterio que FERRINI.1927. estima existen dos formas de contrectatio:
Contrectatio rei, esta acción recae directamente sobre la cosa y significa sustracción de la misma.
Contrectatio posesionis, acción que se da sobre el supuesto de que el autor tenga la posesión de la cosa y que sin la voluntad del propietario haga uso ilícito, o se apropie de ella.
Asimismo el derecho germanico coincidente con el romano, mediante diversas leyes sanciona casos de apropiación indebida con la penalidad del hurto, aplicandose la lex Baiuvariorum a quien venda la cosa ajena sin la voluntad del propietario y la lex Visigothorum a quien hurtase la cosa de otra persona, estableciendo que debía devolverse nueve veces el valor de lo robado a la víctima, salvo si el ladrón era esclavo, en cuyo caso el dueño pagaría seis veces el valor; esclavo o libre el ladrón era castigado ademas con cien latigazos.
Por su parte SCHIAPPOLI.1927 afirma que fue el Derecho penal canónico el primero en conocer el delito de apropiación indebida comodistinto del hurto, encontrandose recogido en disposiciones y decretos de las Clementinas.
En el Código Penal Francés del siglo XVIII esta figura se tipifico como delito independiente bajo el nombre de “abuso de confianza”, sirviendo de modelo al Código Español de 1822 que coloco esta figura en el capítulo de las estafas y allí estuvo situado hasta la reforma de 1944, año en que se creó una sección especial con esta figura, tipificandola expresamente con el nombre de apropiación indebida, dandole una autonomía en el orden típico y sistematico, pero remitiéndose en cuanto a la aplicación de las penas al artículo 528, que sanciona la estafa.
La autonomía de la apropiación ilícita, con respecto al hurto y otras figuras penales, se tipifica en la codificación Italiana en el siglo XIX estableciéndose en el Código de Zanardelli de 1889 y en el Código de Rocco de 1930, quedando consignada la apropiación indebida en sus artículos 646º y 647º.
En relación a la figura de apropiación indebida se puede evidenciar que en la legislación boliviana al igual que en muchas otras legislaciones, existía una confusión respecto a la separación de figuras jurídicas y tal como se puede evidenciar en el Código Penal de 1834 en su artículo 649 se confundía la apropiación indebida con el abuso de confianza, articulo que al tenor tipificaba
“ Cualquiera que teniendo confiado un depósito se lo hubiere apropiado en todo o parle, o habiéndole franqueado alguna cosa con el objeto de verla, y enterarse de ella, para comprada,o para satisfacer la curiosidad, u otro motivo, la hubiere sustraído; y cualquiera que con animo de resistirse a la devolución de alguna cosa recibida en préstamo o en alquiler, prenda o depósito, o por cualquiera otro motivo, y con intención de apropiarsela negare haberla recibido, sufrira una multa igual al valor de la misma cosa, y de los perjuicios que su falla hubiere causado o causare al dueño, poseedor o tenedor”. (CODIGO PENAL BOLIVIANO.1834)
Posteriormente después de la reforma de 1972 se diferenció y típico ambas figuras de forma independiente quedando una de ellas como complemento de la otra.

1.2. DEFINICIÓN
Como su nombre bien la describe, la apropiación indebida es la acción mediante la cual uno o mas individuos, en beneficio de sí mismos o de otros, aprovechandose de la tenencia u administración sobre cosa ajena, pretenden o consiguen poseerla como propia, de manera dolosa e ilegal.
“La apropiación indebida es el delito consistente en la dolosa intención de retener como propia una cosa ajena recibida en depósito, comisión, administración u otro título que produzca obligación de entregar o devolver. Constituye una modalidad de la estafa y del abuso de confianza”. (OSSORIO, MANUEL.2000)
Por otra parte la normativa jurídica nacional, específicamente el artículo 345 del Código Penal con relación a la apropiación indebida tipifica:
“El que se apropiare de una cosa mueble o un valor ajeno, en provecho de sí o de tercero y de los cuales el autor tuviera la posesión otenencia legítima y que implique la obligación de entregar o devolver, sera sancionado con reclusión de tres meses a tres años. (CODIGO PENAL BOLIVIANO.1972)
Sobre la distinción que se marca entre posesión y detentación, se tienen dos teorías; por un lado la teoría subjetiva defendida por Savigny, se asienta sobre la concurrencia de dos elementos precisos para que exista la posesión: “corpus” y “animus”, dandose tan sólo la mera detentación cuando existe el primero pero falta el segundo que es la intención de poseer. En la teoría objetiva, se considera que el “corpus” lleva implícito el “animus” afirmando de esta manera que toda detentación es posesión.
Sin embargo GIURIATI de forma acertada afirma que “lo determinante en la diferenciación de hurto y apropiación indebida es la forma en que la cosa llegue a manos culpables: si ha tenido que sustraerla de quien anteriormente la detentaba, el delito sera el de hurto. Si, por el contrario, ya estaba en su poder, empleando esta expresión en su sentido material, y lo que ha hecho es apropiarsela, el delito sera el de apropiación indebida”.
En terminología romana, se estima que habra hurto en caso de que la cosa ajena se haya obtenido mediante amotio, y apropiación indebida cuando ésta no haya existido por estar ya la cosa en mano del autor, por muy momentanea y material que sea tal tenencia.
1.3. ELEMENTOS DE LA APROPIACIÓN INDEBIDA
De los conceptos valorados se obtienen dos elementos necesarios para que concurra la apropiación indebida, por unaparte se tienen los actos materiales llevados a cabo por el sujeto y direccionados a la incorporación de la cosa a su patrimonio; y por otra se tiene la intención del sujeto de hacer suya la cosa.
Sin la concurrencia de ambos elementos, no hay posibilidad de apropiación, pues si la persona que tiene intención de hacer suya la cosa no realiza ningún acto externo en el que aquel deseo plasme, su conducta no pasara de un acto puramente volitivo del que no pueden derivar consecuencias jurídicas, y si, por el contrario, ejecuta actos que pudieran considerarse como de apropiación, pero queda probado que su propósito no fue el de hacerse dueño de la cosa, sino otro, compatible con el reconocimiento del propietario, tampoco puede afirmarse que se haya apropiado de ella.
1.3.1. OBJETIVO
Como base de este elemento se tiene al objeto material sobre el cual la norma jurídica tipifica al referirse que comete apropiación indebida quien “…se apropiare de una cosa mueble o un valor ajeno…
De la interpretación de este texto se pueden precisar dos puntos de analisis; la cosa mueble y el valor ajeno. Entendiéndose como valor al dinero y por cosa mueble según OSORIO.MANUEL.2000 a aquellos bienes con contenido patrimonial que pueden ser transportados, incluyéndose los títulos que acrediten la adquisición de derechos.
El título ha de ser de tal naturaleza que no transfiera la propiedad de la cosa al sujeto, pues tal transferencia haría imposible la ilícita apropiación que consuma el delito, por ende seexcluyen los títulos traslativos de dominio al exigir que el título produzca obligación de entregar o devolver la cosa; no obstante la copropiedad puede dar lugar al delito de apropiación indebida cuando uno de los copropietarios disponga de la cosa como único dueño.
Siendo los títulos que preceden a la apropiación indebida aquellos que generan una obligación de entregar o devolver el bien como ser: títulos de depósito, de comisión, administración, mandato, transporte, prenda, comodato, la sociedad, y el arrendamiento de cosas, obras o servicios. (MACHICADO.JORGE. 2010)
1.3.2.
SUBJETIVO
Con relación a este elemento la acción se reduce al denominado “animus rem sibi habendi” que se refiere a la manifiesta voluntad del sujeto de incorporar el dinero, el efecto o la cosa mueble a su patrimonio a pesar de conocer la ajenidad de ésta y su obligación de devolverla, reforzandose esta conducta con el abuso de la confianza generada en origen con la entrega.
Ademas de lo anteriormente indicado y según CARRARA. es preciso para que exista el delito de apropiación indebida que el sujeto obre con animo de lucro, comprendiendo no solo el enriquecimiento material sino también la intención de procurarse un goce o placer cualquiera con el uso de la cosa ajena.
Quedando excluidos del delito de apropiación indebida aquellos casos en que el poseedor de la cosa cree que ésta es de su propiedad o aquel que estimando obra de forma legítima realiza el acto constitutivo de la apropiación. En ambos casos eldolo desaparece por no darse en el sujeto la consciencia de la ilegitimidad de la acción, requisito indispensable para que una conducta pueda ser calificada de dolosa.


1.4. RESPONSABILIDAD CIVIL
Con relación la responsabilidad civil y para tener un breve lineamiento de los efectos generales se describe a esta como “la que lleva consigo el resarcimiento de los daños causados y de los perjuicios provocados por uno mismo o por tercero, por el que debe responderse. ((OSSORIO, Manuel.2000)
En relación con la definición de Ossorio, y el caso que se estudia, se tiene como principal consecuencia civil de la apropiación indebida, a la restitución de la cosa apropiada; si tras la desposesión de la cosa ésta se adquiere onerosamente por un tercero de buena fe, el propietario podría reclamar igualmente una vez probada la falta de un legítimo tracto de la cosa mueble al poseedor actual, pudiendo a partir de aquí y teniendo el derecho el tercero de buena fe, de repetir contra el responsable civil de los hechos que han resultado calificados como delito o falta en sentencia firme. Si lo apropiado fuese una cantidad de dinero la responsabilidad civil comprendería los intereses legales o pactados si los hubiere.
2. BENEFICIOS SOCIALES
2.1. NOCIONES HISTÓRICAS DE LOS BENEFICIOS SOCIALES
2.2.
DEFINICIÓN
2.3.
OBJETO DE LOS BENEFICIOS SOCIALES
2.4.
BENEFICIOS SOCIALES Y SUS ANTECEDENTES EN BOLIVIA
2.5. NORMATIVA JURÍDICA


BIBILOGRAFIA
YAÑEZ, Ricardo. Apropiación indebida.3º edición. SantiagoChile. Jurídica de Chile. 2001
GACETA OFICIAL DE BOLIVIA.
Código Penal Boliviano. La Paz Bolivia. [En línea]. Documento electrónico en internet. 1834. [Fecha de consulta: 24 de mayo de 2013]. Disponible en:
GACETA OFICIAL DE BOLIVIA. Código Penal Boliviano. La Paz, Bolivia. [En línea]. Documento electrónico en internet. 1972. [Fecha de consulta: 24 de mayo de 2013]. Disponible en:
MOLINS, Marc. Consideraciones acerca del delito de apropiación indebida. 1º edición. Madrid, España. 2002
DAMIANOVICH, Laura.
Delitos Contra la Propiedad. 3º edición. Buenos Aires Argentina. Universidad. 2000
OSSORIO, M. Diccionario de Ciencias Jurídicas, Políticas y Sociales, 27º edición. Buenos Aires, Argentina. Eliasta. 2000
NICOLIELLO, Nelson.
Diccionario del latín jurídico.4º edición. Buenos Aires, Argentina. Euros.2004.
FERRER, Sama Antonio.
El delito de apropiación indebida.7º edición. Madrid, España. Universidad. 2001
SCHIAPPOLI.
Enciclopedia Pessina, Distrito Penal Canónico. 4º edición. Roma, Italia.pessina.1927
FERRINI. Enciclopedia Pessina, Exposición Histórica y doctrinal del distrito penal Romano. 4º edición. Roma, Italia.pessina.1927
CARRARA. Programa el Curso del Delito Criminal. 4º edición. Roma, Italia. Gedisa. 1875
MACHICADO, Jorge.
¿Qué es Apropiación Indebida Santa Cruz, Bolivia [En línea]. Documento electrónico en internet. 2010. [Fecha de consulta: 10 de mayo de 2013]. Disponible en
GIURATI.
Tratado de derecho penal. 3ºedición.Buenos Aires, Argentina. Universidad. 1999.


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