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EL Juicio en Cañete



El juicio en Cañete; la aplicación de la ley 18.341 como mecanismo de legitimación de la violencia política, la deslegitimación de la causa mapuche y sus repercusiones en el conflicto mapuche.
Videla, E., 2012

En el presente trabajo se he propuesto analizar, o por lo menos dentro de lo que permite la capacidad dar ligeras luces, sobre la forma en que la ley antiterrorista (18.314) configura un escenario donde practicas interpretables como violencia política son toleradas y esto subsecuentemente dibuja un panorama de desconfianza poco adecuado para la negociación dentro del conflicto mapuche. Para esto el trabajo se ha centrado en el caso del “Juicio en Cañete”, en específico el analisis realizado por Michael Barbut (2011) en cuanto se considera revela varios aspectos importantes de la deslegitimación del conflicto. Se mantuvo especial cuidado de relacionar la información desprendida de esta fuente con otros documentos digitales de difusión, tales como crónicas y otros artículos de opinión relevantes al tema para tener suficiente seguridad de presentar una visión mas grande que consideraciones personales de Michael Barbut y poder alcanzar de cierto modo el discurso de resistencia del pueblo mapuche. De este modo se presentara finalmente la tesis de un clima social de desconfianza inadecuado para la resolución del conflicto agravado por una ley que permite abusos de poder.




La organización Meli Wixan Mapu reconoce como preso político Mapuche a todo;
“Mapuche privado de libertad y/o enproceso, producto de su participación en acciones que apunten a la reconstrucción del Pueblo-Nación Mapuche, entendiendo por tal los procesos de recuperación de tierras y/o ejerciendo Control Territorial sobre predios recuperados, acciones de resistencia ante la represión policial, así como las movilizaciones que apunten a la reivindicación de los Derechos Políticos del Pueblo Mapuche.” (Meli Wixan Mapu, 2012)

Se puede afirmar que sobre esta definición de preso político se elaboran los discursos del pueblo mapuche que delatan como injusta la condición de carcel de los mapuches detenidos producto de una lucha por demandas que consideran legítimas. Barreto y Borja nos introducen la noción de procesos de legitimación y deslegitimación como los procesos de re-categorización de las normas sociales que le permiten a los subgrupos validar las violaciones extremas de lo legal y socialmente permitido en el marco de un enfrentamiento entre grupos (2007). En torno a esta definición se puede caracterizar como reactiva la definición de preso político mapuche en tanto legitima el uso de violencia en pos de la reivindicación del pueblo mapuche cuyas demandas al poseer un caracter significado como legítimo no debieran ser legalmente imputadas (o al menos no con el rigor actual). Como contrapartida se observa desde el Estado o el Ministerio público como su representante la “criminalización de la lucha mapuche” (Barbut, 2011; De la Cuadra, 2010). Así se dibuja un marco donde por un lado el pueblo mapuche realizatoma de territorios, incendios de propiedades de las forestales, huelgas de hambre entre otras medidas coercitivas y el poder judicial por su parte aplica la ley 18.314 catalogando dichos actos de terrorismo y procediendo penalmente en el enjuiciamiento de los ahora considerados terroristas.

El caso del juicio en Cañete corresponde al proceso iniciado en el mes de noviembre del 2010, donde 18 mapuches fueron acusados de; Robo de madera, Robos con intimidación, Incendios terroristas, “Ataques” a funcionarios de policía, Emboscada a un fiscal de la República y Asociación ilícita terrorista (Barbut, 2011; Acevedo Menanteau, P., 2011). En este caso se aplica inicialmente la ley antiterrorista pero se suspende su aplicación en la etapa de los alegatos finales (Acevedo Menanteau, P., 2011), esto implica por un lado una victoria en cuanto a la lucha mapuche busca retirar esta ley del proceso jurídico contra su causa (De la Cuadra, 2010), y por el otro conlleva una ambigüedad enorme en el proceso jurídico en cuanto durante todo el juicio se utilizan instancias que la ley 18.314 permite, como lo son los “testigos secretos”. Así lo reprochable lo constituye primero la falta de re-evaluación de todo el proceso jurídico empezando por la invalidación de estos testimonios, y segundo la siempre vigente insistencia de la fiscalía por continuar aplicando la ley anti-terrorista (Acevedo Menanteau, P., 2011).

Esta falta de apego al código legal en el proceso judicial solo puede ser entendida dentro del marcohistórico de deslegitimación de la causa mapuche exacerbada con el gobierno de Ricardo Lagos con la aplicación de la ley 18.314, (Aylwin, J.,Lillo, R., 2004) este hecho comienza una historia de litigios que definen el contexto actual. Considérese que la mera presencia de un cuadro legal que permita injusticias contra un grupo genera subsecuentemente el efecto psicológico de que la causa en contra de este grupo es legítima, así Barreto I., Borja H., Serrano Y., y López-López W., siguieren que cuando “Las personas dirigen sus acciones por un orden social determinado y, si éste va acompañado de un orden legítimo, sus acciones pueden probablemente estar encaminadas en el sentido de la legitimidad. Presupone, por tanto, que los individuos asumen las normas que constituyen un orden social como obligatorias o como modelos, es decir, como algo que “debe ser”.” (2009), No solo es importante recalcar esta inercia hacia un modo de proceder establecido (eminentemente devaluador de la causa mapuche) presente en esta convicción de legitimidad; las implicancias mismas de la aplicación de la ley anti-terrorista contra la causa mapuche tiñe a este movimiento de terrorista y por ende peligroso.

Así en el Ministerio Público se configura la percepción de una real amenaza terrorista del pueblo mapuche que incide en la validación de medidas extremas en contra de los presuntos agresores, así “el conflicto político que desencadena en la confrontación violenta, se acompaña necesariamente por la acción estratégica delgrupo dirigida a construir un discurso que promueva creencias que preparen y mantengan a los miembros del grupo, y algunos sectores de la sociedad, en disposición de cometer y legitimar acciones extremas […] con el propósito, según el endogrupo, de disminuir la amenaza y el peligro que el adversario representa.” (Barreto, et.aI. 2009), La fiscalía utiliza así sistematicamente recursos orientadnos no hacia la obtención de la verdad en el proceso judicial sino mas bien a la imputación de los acusados a toda costa
Para incitar a algunas personas a dar testimonio contra los acusados, todos los medios son buenos según el Ministerio público. Uno de los acusados del proceso de Cañete, Eduardo Cesar Painemil Peña, nunca militó a favor de la causa Mapuche. El 15 de Agosto de 2009 fue detenido en su domicilio. Acusado de haber participado en incendios terroristas, cuando en la fecha de su realización se encontraba en Rancagua donde trabajaba como temporero en industrias de fruta de la región. Muy rapidamente, los funcionarios a cargo de su interrogatorio le proponen abandonar las acciones judiciales a cambio de declaraciones en que acusaría a un cierto número de militantes Mapuche. El lo rechaza y es por eso que es juzgado hoy. El Ministerio público decidió hacerle pagar su falta de docilidad. Por haber rechazado ser testigo secreto, esta encerrado desde hace mas de 18 meses y esta amenazado de 39 años de carcel.” (Barbut, 2011).

Otras instancias de deslegitimación interesantes que presentan lostestimonios vertidos en El juicio en Cañete y que cabe aquí mencionar son como la fiscalía siguiere primero que antes del 2004 en las cercanías del lago Lleu-Lleu (zona involucrada en el juicio) las sustracciones de maderas de las empresas forestales eran llevadas a cabo por campesinos desorganizados a los que solo Hector LLaitul atribuyo entonces un sentido ideológico nombrandolas “proceso productivo de recuperación de tierras”, aquello es desmentido mediante la existencia de antecedentes que indican luchas territoriales ya presentes en el periodo de Dictadura Militar. (Barbut, 2011).

En la misma línea un testimonio de un oficial de la PDI indica que la Coordinadora Arauco Malleco (CAM) (que corresponde a la principal organización contra la cual se recrimina el cargo de asociación ilícita terrorista) es en realidad una organización ilícita ordenada con fines de lucro que pretende solo comercializar en torno al robo de madera. Al igual que el alegato anterior el interés oculto aquí corresponde a quitarle el peso histórico de lucha reivindicativa a la causa mapuche y así sustraerle toda posibilidad de legitimidad, y al igual que el caso anterior estos alegatos son rebatidos gracias a la presencia de antecedentes históricos que validan la lucha ideológica de la institución (Barbut, 2011).

Ahora corresponde reconocer que este sistematico proceso de deslegitimación expande su influencia no solo a los aspectos relevantes al juicio en Cañete, al igual que cada condena a presos políticos mapuches marca unantecedente legal que incentiva nuevos abusos de la ley antiterrorista, cada sentencia exacerba el sentimiento de desconfianza en la institucionalidad chilena por parte del pueblo mapuche al con bastante razón observarse el injusto proceder legal que permite la ley 18.314. Así esta se ha convertido en sinónimo de un proceso judicial injusto. Dicho panorama es el opuesto al que se necesita para contribuir a reducir las manifestaciones de violencia en la causa mapuche, según Joseph de Rivera comenta “La creencia de efectividad de métodos no violentos esta relacionada con un clima emocional de confianza social” (De Rivera, 2012), consecuentemente Fernando De la Cuadra declara: “El mayor desafío que tiene Chile es transversal. Necesita construir confianza, necesita que los indígenas recuperen la confianza perdida a causa de años de historia” ).

Se vuelve patente entonces desarrollar un ambiente donde el pueblo mapuche pueda recuperar la confianza en la institucionalidad, aquello no puede ser logrado mediante discursos o intentos persuasivos, se vuelve necesario o bien reformular la ley antiterrorista para considerar la real naturaleza de la lucha mapuche y evitar la estigmatización que la ley ha promovido o de lleno derogar una ley que se arrastra desde la dictadura, que fue concebida con fines represivos y que atenta contra garantías constitucionales basicas. En este sentido las disculpas históricas que se le deben al pueblo mapuche por la historia de violencia y sometimiento de la que hasido víctima por la colonización y abuso del imperialismo no se quedan en el pasado remoto de nuestra historia pues vemos como las leyes aun vigentes han generado un proceso judicial injusto que ha revivido uno condición de abuso de poder sobre el pueblo indígena que no puede aceptarse. Aún sin empezar si quiera a reivindicar los derechos exigidos por el pueblo Mapuche la mala respuesta que ha tenido el Estado Chileno frente a este problema ha contribuido a empeorar el conflicto alarmantemente.
Bibliografía:

-Acevedo Menanteau, P., (2011, 4 de marzo) Mapuches derrotan a la Ley Antiterrorista, Punto Final, 728, recuperado de: https://www.puntofinal.cl/728/mapuches.php
-Aylwin, J., , Lillo, R., (2004) Indebido proceso: Los juicios antiterroristas, los tribunales militares y los mapuche en el sur de Chile, HUMAN RIGHTS WATCH 16(5), recuperado de: https://www.idhc.org/esp/documents/Conflictos/Mapuche/conflicto/Informe_terror_ODPI.pdf

-Barbut, M. (2011) El juicio en Cañete pone a prueba el “Estado de derecho” en Chile, Enlace mapuche internacional, recuperado de: https://www.mapuche-nation.org/espanol/html/documentos/doc-109.htm

-Barreto, I., Borja, H., Serrano, Y., López-López, W., (2009) La legitimación como proceso en la violencia política, medios de comunicación y construcción de culturas de paz, Universitas Psychologica, 8(3), pp. 737-748.

-Barreto, I., Borja, H. (2007) Violencia política: algunas consideraciones desde la psicología social, Revista Diversitas-Perspectivas enpsicología, 3(1), 109-119.
-De la Cuadra, F., (2010, 23 de agosto) La criminalización del conflicto mapuche, ALAI, América Latina en Movimiento, recuperado de: https://alainet.org/active/40309
-De Rivera, J. (2012) Emotional climate for peace, the encyclopedia of Peace Pschology (1), Blackwell publishing ltd.
-Meli Wixan Mapu (2012, 27 de abril) Prisión Política Mapuche, recuperado de: https://meli.mapuches.org/spip.php?rubrique10


Anexos:
Ley 18.314, recuperado de: https://bcn.cl/4txo
“Si consideramos que terrorismo es un acto donde mueren muchas personas y cuyo objetivo es infundir temor en la población, como los hechos ocurridos en Hiroshima y Nagasaki por mencionar algunos, donde vimos tristemente la matanza de miles de personas y muchas otras con graves secuelas, ¿podemos comparar esos actos con una supuesta quema de pinos pertenecientes a poderosos particulares?
De esta manera continuara la movilización de los prisioneros políticos mapuche luchando por la vida, la subsistencia y la verdad, porque se considera que la causa de Incendio Terrorista Poluco Pidenco es una causa prejuzgada donde prima el estereotipo, el racismo y el poder del dinero. De esta manera se rechaza la denominación terrorista de la cual se ha sido víctima, pues lo único que se pretende es un pueblo mapuche libre.”
Agrupación de Familiares y Amigos de los Presos Políticos Mapuche
https://www.mapuche-nation.org/espanol/html/ppm/noticias/ppm-cmdo-22.htm
“Desde principios de 2002, siete mapuche y una activista pro mapuchehan sido acusados y condenados conforme a una versión modificada de la ley antiterrorista implantada por el gobierno militar del Gen. Augusto Pinochet. Todos ellos estan cumpliendo condenas de hasta diez años de prisión por incendio o amenazas de incendio—delitos tipificados en la ley antiterrorista—cometidos contra propiedades de propietarios de fundos y empresas forestales. En la actualidad hay 16 personas, entre ellas cinco de los ya condenados, a la espera de finalización de otro juicio por asociación ilícita terrorista. Para cualquier líder de la presunta asociación, el delito acarrea una pena mínima de 15 años de carcel. Esto significa que, si vuelven a ser condenados, algunos de los acusados podrían pasar hasta 25 años en prisión. Muchos otros activistas y sospechosos mapuche, ademas, han permanecido en detención preventiva por largos períodos, algunos por mas de un año, antes de que se dejaran sin efecto los cargos.”

Aylwin, J., , Lillo, R., (2004) Indebido proceso: Los juicios antiterroristas, los tribunales militares y los mapuche en el sur de Chile, HUMAN RIGHTS WATCH 16(5), recuperado de: https://www.idhc.org/esp/documents/Conflictos/Mapuche/conflicto/Informe_terror_ODPI.pdf

“Mucha gente ignora que la principal herramienta del Estado para combatir al movimiento indígena activo desde hace 13 años es la Ley Antiterrorista N° 18.314, establecida en 1984 por la dictadura de Augusto Pinochet “
Ernesto Carmona.
https://www.mapuche-nation.org/espanol/html/ppm/dd-hh/juicio-01.htm


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