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Excusas legales - sentencia de agosto de 1998



Excusa legal

SENTENCIA DE AGOSTO DE 1998, No. 12
Suprema Corte de Justicia
Toda vez que para ser admitida la excusa legal de la provocación deben encontrarse reunidas las siguientes condiciones:
1ro.- Que el ataque haya consistido necesariamente en violencias físicas;
2do.- Que estas violencias hayan sido ejercidas contra seres humanos;
3ro.- Que las violencias sean graves, en términos de lesiones corporales severas o de apreciables daños psicológicos de los que se deriven considerables secuelas de naturaleza moral;
4to.- Que la acción provocadora y el crimen o el delito que es su consecuencia sean bastante próximos, que no haya transcurrido entre ellos un tiempo suficiente para permitir la reflexión y meditación serena neutralizar los sentimientos de ira y de venganza, quedando la comprobación de la existencia de estas circunstancias a cargo de los jueces del fondo, en razón de ser materia de hecho que éstos deben apreciar soberanamente; 




SENTENCIA DEL 14 DE SEPTIEMBRE DEL 2005, No. 67
Que analizados así los hechos, los Jueces que hemos integrado la corte paraconocer, estatuir y fallar sobre el proceso seguido al acusado, hemos determinado que se encuentran reunidos los requisitos para la aplicación del artículo 321 del Código Penal, que contienen la excusa legal de la provocación, amenazas o violencias graves; e) Que en caso de homicidio la excusa legal no es absolutoria, por lo que ésta sólo es atenuante, y ya constatada por el artículo 326 del mismo código, establece las penas aplicables por la excusa legal, con una escala de sanciones, por lo que en la especie, si el homicidio voluntario es condenado con penas de trabajos públicos, hoy reclusión mayor, se le aplicara la pena de prisión correccional de seis (6) meses a dos (2) años; f) Que el procesado no niega en ningún momento ser el responsable de la muerte del nombrado Frank Félix Abreu Ferreira, sin embargo alega que fue para defenderse de la agresión que cometió el occiso en su contra, lo cual es confirmado por los informantes que acudieron a la corte, con excepción de los familiares del occiso, en el sentido de que el occiso entró con pistola en mano, con la intención de agredir al acusado”;


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