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Contraloria general del estado - contralor del ecuador



CONTRALORIA GENERAL DEL ESTADO
CONCEPTO
La Contraloría General del estado es un organismo técnico encargado del control de la utilidad de los recursos estatales, y la consecución de los objetivos de las instituciones del Estado y de las personas jurídicas de derecho privado que disponga de recursos públicos.

CONTRALOR DEL ECUADOR: Carlos Pólit
FUNCION DE LA CONTRALORIA GENERAL
SERAN FUNCIONES DE LA Contraloría General del Estado, ademas de las que determina la ley:
* Dirigir el sistema de control administrativo que se compone de auditoría externa, auditoría interna y control internos de las entidades del sector público y de las entidades privadas y que dispongan de recurso públicos.
* Determinar responsabilidades administrativas y civiles culposas e indicios de responsabilidad penal, relacionadas con los aspectos y gestiones sujetas a su control, sin perjuicios de las funciones que en esta materia sean propias de la Fiscalía General del Estado.


* Expedir normas para el cumplimiento de sus funciones.
* Asesorar a los órganos y entidades del Estado cuando se le solicite.
* Prescribir el sistema de contabilidad y las formas, documentos e informes que, para fines contables, deben usarse en todos los departamentos, oficinas y servicios del Poder Público.
* Establecer y mantener intervención efectiva sobre todo el dinero, títulos, papeles sellado, timbre, publicaciones oficiales y cualquier otra propiedad, muebles e inmuebles que pertenezcan a la Nación o estén confiadas al Poder Público y al cuidado y manejo de empleados de este.
* Dictar acuerdos de transferencia de fondos que autoricen los pagos mantener cuentas conlas personas que reciben o invierten a tienen la custodia de ellos otras propiedades fiscales o de fondos por los cuales el Poder Público sea responsable.
* Establecer reglamentos específicos para información y guía de las personas que reciben o invierten fondos o tienen el cuidado, custodia o manejo de los mismos o propiedades, por las cuales el Fisco, los Consejos Provinciales, las Municipalidades u otras instituciones de derecho público son por cualquier causa responsables.
* Examinar, fiscalizar, finiquitar las deudas o reglamentos en favor o en contra del Estado que corresponda conocer y resolver a otros departamentos administrativos.
* Examinar, fiscalizar, finiquitar las cuentas de los funcionarios y empleados que reciban o inviertan fondos públicos.
* Examinar y verificar por inspección personal o de otro modo, el dinero, títulos, papel sallado, etc., donde quiera que se encuentren en custodia, o manejo de los funcionarios o empleados, así como, los libros, cuentas y métodos seguidos en relación con estos aspectos.
* Observar a los Ministros de Estado respecto al gasto hecho o aprovechado de fondos fiscales o del uso actual o proyectos de propiedades públicas cuando a su juicio dichos gastos o uso fueran ilegales o incoherentes
* Examinar los libros documentos a archivos.
* Examinar, fiscalizar y finiquitar las cuentas de los Consejos Provinciales, de las Municipalidades o entidades fiscales y de instituciones, establecimientos asociaciones y otras corporaciones analogas que reciban apoyo pecuniario del Fisco.
* Dictar los reglamentos y disposiciones administrativas e impartir las instituciones del caso para lalegal y correcta inversión de los fondos del Estado y en general dictar cualquier medida que regularicen la recaudación, administración, inversión y fiscalización de los valores y otros bienes del Estado.
* Prescribir las clausulas, fijar el monto y calificar la suficiencia de las cauciones que rindan los funcionarios y empleados obligados a presentarlas, con limitadas excepciones.
* Intervenir como parte, cuando lo tuviere a bien, en los juicios penales o civiles a que pudieran dar lugar los delitos e irregularidades que se notaren en la recaudación, administración, inversión o fiscalización de los valores u otros bienes del Estado.
* Informar, previamente a la expedición de decretos del Poder Ejecutivo, de ejecución presupuestaria o de emisión de deuda pública y sobre compromisos de gastos con cargos a partidas presupuestarias.
* Fiscalizar el movimiento financiero de las Entidades Autónomas de Derecho Público o privado con finalidad social o pública.

FUNCIONES DE LAS UNIDADES ADMINISTRATIVAS
Departamento de Sub-contralor:
Vigilar y dirigir los trabajos de los empleados de la Contraloría y desempeñar todos los deberes que le asigne la Contralor de quien es su suplente en caso de enfermedad o cualquier otra causa temporal, velar por la disciplina del personal y su corrección en el desempeño de sus cargos.
Se encuentra a cargo del Subcontrato General, nombrado por el Presidente de la Republica a propuesta del Contralor
Intervención General:
Examinar y fiscalizar toda clase de cuentas, para dar su dictamen al Contralor General, registrar y estudiar las solicitudes de fondos enviados por los Ministros de Estado o por los Jefesde Departamento no adscritos a ningún Ministerio; mantener el control del movimiento habido en las partidas presupuestarias y comunicar mensualmente al Departamento de Contabilidad; mantener un registro de los contratos que se hayan celebrados con el fisco e informar mensualmente a los Departamentos Técnicos y de Contabilidad; sobre ellos y sobre el movimiento de fondos; y emitir el informe respectivo a conocimiento del Interventor General. El Interventor subroga al Subcontralor.
Departamento Jurídico:
Al Departamento jurídico corresponde la asesoría jurídica y la defensa de la Contraloría en los juicios en los que esta sea parte; dictaminar sobre los asuntos que sean sometidos a su consideración por el Contralor, Subcontralor, Interventor General, Directores de Departamento y Jefes de Sección de la Contraloría; velar por la defensa del Sector Publico mediante el ejercicio de las acciones que procedan en el campo jurídico en general; procurar que se ejerzan con eficiencia las atribuciones concedidas al Contralor de intervenir como parte en los juicios determinados en la Ley Organica de Hacienda; cuidar de que nadie llegue a ser titular de empleos del Poder Público, ya se trate del Gobierno Central, ya de los Consejos Provinciales, de los Municipios o de cualquier entidad de derecho público, cuyo ejercicio implique manejo de propiedades públicas, sin presentar caución suficiente para asegurar el cumplimiento de sus deberes, de que la caución conserve la calidad de suficiente durante el desempeño del empleo y de que aquello sirva a la finalidad de resarcir los perjuicios que puedan inferirse al Gobierno central o a las entidades anteriormentenombradas.
Departamento Personal
Ejercer las funciones necesarias para la correcta ejecución de técnicas adecuadas en administración de personal.

Departamento de Fiscalización General:
Cuidar de que sea correcto el manejo de los fondos de la entidad obligadas a rendir cuentas ante la Contraloría; realizar arqueos, fiscalizaciones e inspecciones a las entidades obligadas a rendir cuentas ante esta institución; requerir la asistencia del Departamento Técnico cuando se trate de comprobar la eficacia y regularidad de las gestiones; llevar un registro de actas e informes correspondientes a las fiscalizaciones y a los arqueos realizados; llevar un registro provincial de empleados públicos y de comprobantes; informar al Contralor, dentro de los cinco primeros días de cada mes, sobre las pólizas fidelidad que habran de vencerse en el transcurso de él.
Secretarias General:
Recibir la correspondencia dirigida a la Contraloría y repartir entre sus departamentos; recibir y tramitar las comunicaciones enviadas por un departamento de la Contraloría a otro; recibir de los Departamentos lo dictamenes o lo proyectos de comunicaciones que deben someterse al Contralor o Subcontralor y tramitarlo; recibir y anotar las solicitudes de transferencia y remitirlas al Departamento de Transferencias; copias de los acuerdos de transferencia a los departamentos respectivos de la Contraloría, a la Secretaria Técnica de Administración Oficina Nacional de Presupuesto), a la tesorería de la Nación, y a las dependencias interesadas de la Administración; refrendar las providencias del contralor, o de quien las dicte por orden suya registrar los nombramientos que según la Ley Organica deHacienda y el Código Penal deben inscribirse en la Contraloría; llevar y mantener al día un registro de las personas incapacitadas legalmente para el desempeño de cargos públicos; dirigir el servicio de información y las publicación y las publicaciones de la Contraloría; responde por la buena organización y marcha de la Biblioteca; controlar la asistencia de los empleados; tramitar sus solicitudes de licencia; velar por la administración financiera de la institución; y, llevar el archivo de la institución.
Departamento de Auditoria de la Fuerza Pública
Controlar las finanzas del Ministerio de Defensa Nacional; planificar la contabilidad de las empresas dependientes de dicho Ministerio; realizar estudios, en colaboración con las respectivas Dependencias de este, tendientes a obtener el mas adecuado procedimiento administrativo y financiero ajustado a las necesidades militares; ejercer las funciones inherentes a contabilidad, transferencias de fondos, revisión de cuentas y fiscalización.
Es el órgano de coordinación y enlace entre la Contraloría General y el Ministerio de Defensa Nacional.
Departamento de Contabilidad:
Llevar la Contabilidad Fiscal; llevar la Contabilidad de la Hacienda Pública por medio del equipo electromecanico de que dispone, centralizando los estados diarios o cuentas que presentan los rindentes acerca del manejo de fondos, valores o especies fiscales; dirigir la contabilidad y teneduría de libros y presentar al Contralor el proyecto de informe que ha de ser enviado a la Asamblea Nacional, junto con los cuadros anexos que muestren el movimiento de ingresos y egresos del Presupuesto del Estado; preparar la nomenclatura decuentas que ha de regir en el ejercicio financiero; llevar las cuentas relacionadas con los fondos especiales que se hallan depositados en el Banco Central, a órdenes del Director del Tesoro; llevar la contabilidad del patrimonio de Estado, de sus bienes y la del presupuesto general del Estado; registrar, controlar y anotar los nombramientos de empleados público; velar por la regularidad de las adquisiciones, uso, administración, custodia y disposición de los bienes del Estado; revisar cuentas y emitir proyectos de resolución de cuentas. Comprender las siguientes secciones: Intervenciones Fiscales; Deuda Pública; bienes Nacionales; y Tabulación.
Departamento de Resoluciones:
Anotar las fichas del ingreso y despacho de todas las glosas y documentos anexos que a él se remiten, documentos y glosas de cuyo tramite, para las resoluciones respectivas, esta encargado; examinar las reaperturas de cuentas y los expedientes que contiene la glosa, la contestación de glosa, y el informe correspondiente de la Auditoria respectiva; formular un proyecto de resolución, sea confirmando, rectificando o dejando sin efecto la glosa; velar por la oportuna presentación y la corrección de las cuentas de todos los que tiene obligación de rendirlas ante la Contraloría.
Departamento de Estadística y Procedimientos Contables:
Asesorar al Contralor General; planificar la investigación, desarrollo y ejecución de estadística, base para la elaboración de recomendaciones, para el mejor desenvolvimiento de las diferentes actividades de Contraloría u otros usuarios; desarrollar y establecer sistemas de informes estandarizados de contabilidad de todos los agentes del gobiernosincluyendo el establecimiento de records, métodos de control contable, procedimientos para controlar la corrección, legalidad de los gastos, exactitud de los informes, su contabilidad adecuada, etc.; desarrollar el sistema de informes contables periódicos regulares de todas las agencias públicas, incluyendo: la determinación con el necesario detalle del tiempo, monto y grado de información basica, relacionada con las operaciones financieras y que permitan esclarecer la posición financiera actual del Gobierno; el desarrollo de formulario estandarizados; el establecimiento de informes periódicos y la determinación del tiempo de envió; la determinación de los métodos y procedimientos necesarios para la consolidación de los informes; revisar, evaluar y mejorar permanentemente los informes y sistemas contables; asesorar a los Ministerios y otras agencias del Gobierno para el establecimiento de mejores sistemas contables; preparar y formar al personal de la Contraloría en las normas técnicas de la Contabilidad Financiera por medio de cursos académicos y regulares de entrenamiento.
EJECUTIVO MAXIMO: Contraloría General de la Nación
Sistema y periodo de nombramiento:
Nombrado por la Asamblea Nacional
Funciones:
Es el representante legal y ejecutivo maximo de la Contraloría General de la Nación y es responsable ante la Asamblea Nacional, en receso de aquel, tanto por sus actos oficiales como por los de sus dependientes; tiene facultad para nombrar y remover al personal de funcionario y empleados, excepto en los casos del Sub controlador, Secretaria, Interventor General y Contador General; conocer privativamente de las cuentas de los funcionarios y empleadosque manejen fondos y otros bienes del Fisco, de los Consejos Provinciales, de las Municipalidades y demas instituciones y cedulas que den testimonio de las deudas del Estado por si o por medio de delegación legalmente autorizada; vigilas, personalmente, o por medio de delegados , los remates de bienes-muebles o inmuebles de la Nación, así como la destrucción de especies valoradas y otros bienes del Estado; dictar los reglamentos necesarios para la rendición, examen, revisión y finiquito de todas las cuentas que deban rendirse a la Contraloría; examinar las cuentas de todos los funcionarios y empleado abrigados a rendirlas; determinar y revisar y exigir que ellas se avengan con las disposiciones legales; llevar un registro en el cual se inscriban todas las cauciones, las que se archivaran en la Contraloría: reglamento y determinar los sistemas de contabilidad que deban implantarse en las oficinas que manejen fondos públicos, valores o cualesquiera otros viene del Estado; delegar las facultades que estime conveniente hacerlo, a sus subalternos.
FUENTES DE FINANCIAMIENTO
El cuatro por mi sobre el monto ingresos ordinarios especiales, excepto los provenientes de empréstitos internos y externos, de las entidades autónomas que estan sujetas a la fiscalización de sus rentas e inversiones; asignaciones del Presupuesto General del Estado.
DEFENSORIA DEL PUEBLO
Objeto de la Defensoría del Pueblo
La defensoría del pueblo sera un órgano de derecho público con jurisdicción nacional, personalidad jurídica y autonomía administrativa y financiera. Su estructura sera descostrada y tendra delegados en cada Provincias y en el exterior.

DEFENSOR DEL PUEBLO:Doctor Ramiro Alfredo Rivadeneira Silva
Funciones
La defensoría del pueblo tendra con funciones la protección y tutela de los derechos de los habitantes del Ecuador y la defensoría de los derechos de las ecuatorianas y ecuatorianos que estan fuera del país. Seran sus atribuciones, ademas de las establecidas en la ley, las siguientes:

* El patrocino, de oficio o petición de parte, de las acciones de protección, habeas corpus, acceso a la información pública, habeas data, incumplimiento, acción ciudadana y los reclamos por mala calidad o indebida prestación de los servicios públicos y privados.
* Emitir medidas de cumplimiento obligatorio e inmediato en material de protección de los derechos y solicitar juzgamiento y sanción entre las autoridades competentes por sus incumplimientos.
* Investigar y resolver en el marco de sus atribuciones sobre acciones y omisiones de personas naturales o jurídicas que presten servicios públicos.
* Ejercer y promover la vigilancia del debido proceso, y prevenir, e impedir de inmediato la tortura, inhumano y degradante en toda su forma.
Requisitos para ser defensoría del pueblo
Para ser designado Defensora o defensor del pueblo sera necesario cumplir con los mismos requisitos exigidos para las juezas y jueces de la Corte Nacional de Justicia y acreditar amplia trayectoria en la defensa de los derechos humanos. La Defensora o Defensor del pueblo tendra fuero de Corte Nacional de Justicia y gozara de inmunidad en los términos que establece la ley
ACTUAL DEFENSOR DEL PUEBLO
En efecto, el Titular de la Función Legislativa tomó el juramento de rigor al nuevo Defensor del Pueblo, con lo cual quedóconstitucional y legalmente posesionado para ejercer sus funciones durante cinco años.
Cabe mencionar que el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social tiene la obligación de designar a la Primera Autoridad de la Defensoría Pueblo, al haberse cumplido todos los procedimientos conforme lo establece la Constitución y la Ley, y por haber obtenido la mas alta calificación.
Según resolución 003-151-CPCCS-2011, del Consejo de Participación Ciudadana, de la sesión de 7 de diciembre de 20011 y en cumplimiento de sus atribuciones constitucionales establecidas en los artículos 208 y 210 de la Constitución y el artículo 33 de la Codificación del Reglamento del Concurso de Méritos y Oposición para la Selección y Designación de la Primera Autoridad de la Defensoría del Pueblo, se designó al doctor Ramiro Alfredo Rivadeneira Silva por ser el postulante que ha recibido la mas alta calificación dentro del concurso, como titular de la Defensoría del Pueblo y disponer que esta resolución sea remitida a la Asamblea Nacional para la posesión respectiva.
SUPERINTENDENCIAS
Las superintendencias son organismos técnicos de vigilancia, auditoria, intervención y control de las actividades económicas, sociales y ambientales, y de los servicios que prestan las entidades públicas y privadas, con el propósito de que estas actividades y servicios se sujeten al ordenamiento jurídico y atiendan al interés general.
Las superintendencias actuaran de oficio o por requerimiento ciudadano. Las facultades específicas de las superintendencias y las areas que requieran el control, auditoria y vigilancia de cada una de ellas se determinaran de acuerdo con la ley.
La superintendenciasera dirigida y representadas por las superintendenta o superintendentes. La ley determina que los requisitos que deban cumplir quienes aspiren a dirigir estas entidades.
La superintendenta o superintendentes seran nombrados por el consejo de participación ciudadana y control social de una tema que enviara la presidencia o presidente la de republica conformada por con criterios de especialidad y méritos y sujeta a escrutinio público y derecho de impugnación ciudadana.

SUPERINTENDENCIA DE BANCOS

SUPERINTENDENTE DE BANCOS PEDRO SOLINES
1.- BASE LEGAL: Esta institución funcionó como departamento como departamento bancario del ministerio de hacienda, encargado de la ejecución de las leyes relativas a bancos, a partir del 6 septiembre de 1927, y como un organismo técnico y autónomo, de conformidad a la constitución política de 1944.
Ley que regula la organización y funcionamiento de los bancos del sistema de crédito publicad en el registro oficial número 771.

2.- ORGANIZACIÓN: Unidades administrativas: se halla organizada administrativa mente así despacho del súper intendente, intendencia de bancos, departamento legal , secretaria general que tiene a su cargo el archivo, biblioteca y comunicaciones, intervención general que comprende las secciones de: personal, auditoria, caja y proveeduría, departamento bancario con el despacho del director, auditoria, estadística, inspección: casos de cambio, bancos y asociaciones mutualistas, departamento de seguros que comprende el despacho del director, estadística, inspección, control de capitalización y la intendencia de compañías anónimas.
3.-FUNCIONES PRINCIPALES: Vigilar el funcionamiento de lasinstituciones de crédito bancario del país, llevar el control de las compañías de seguros de las de capitalización y de las de crédito reciproco; ademas, podra también controlar, conforme la ley, a las otras compañías anónimas, presentar a la legislatura recomendaciones razonadas sobre las reformas legales, conocer las solicitudes para el establecimiento de nuevos bancos, sucursales y secciones bancarias, y aceptarlas o rechazarlas, autorizar el establecimiento de bancos extranjeros en el país, el aumento o disminución del capital social, el cambio de nombre su disolución voluntaria en poner sanciones a los bancos que no cumplan con las disposiciones legales estatutarias o reglamentarias dictadas por la superintendencia, suspender su funcionamiento cuando aparezca inobservancia o violación de la ley, de los estatutos o reglamentos, supervigilar la organización, funcionamiento y liquidación de las asociaciones mutualistas de la vivienda, y dictar los correspondientes reglamentos y disposiciones necesarias para el efecto, efectuar el control y vigilancia de todas las casas de cambio, empresas comerciales , oficinas y personas que se dediquen al negocio de moneda en general compraventa de divisas extranjeras y operaciones comerciales de esta índole, debiendo estas obtener de la superintendencia la autorización para su organización y funcionamiento, previa la satisfacción de la garantía para el caso requerido, proporcionar los informes o certificación sobre el estado financiero de cualquier institución de derecho privado con finalidad social o publica, que obtengan préstamos de organismos internacionales para el desarrollo de programas económicos, apedido de esos organismos o de la entidad prestataria, mientras subsistan los préstamos.

FUNCIONES DE LAS UNIDADES ADMINITRATIVAS
Intendencia de bancos: Tiene como funcionario principal al intendente de bancos, quien ejerce las atribuciones que el superintendente le delega, pudiendo comprenderse a la delegación cualesquiera de las que corresponde que corresponden a este funcionario.
Secretaria General: Tramitar la correspondencia oficial; es de su responsabilidad reglamentar el trabajo de las secciones que las componen y organizar dirigir y mantener el servicio administrativo asegurando la debida eficacia.
Departamento Legal: Proporcionar la asesoría legal que la institución requiera.
Intervención General: Tiene bajo su responsabilidad, a través de la sección auditoria, el estudio de la situación financiera y de liquidez del sistema bancario nacional de las compañías de seguros y otras instituciones bajo el control de la superintendencia.
Departamento bancario: Intervenir en lo relativo a la marcha del sistema bancario del país, efectuar inspecciones a los bancos, para investigar la situación activa y pasiva de los mismos; el modo de manejar sus negocios y el cumplimiento o incumplimiento de las exigencias de la ley en la administración de sus negocios, vigilar el mantenimiento del encaje bancario mínimo, llevar estadísticas de la operaciones de crédito, depósitos, emisiones de cedulas hipotecarias, aceptaciones bancarias, cobranzas del exterior cotizaciones de valores. Llevar el registro del personal al servicio de los bancos del país, controlar el movimiento de cheques, verificar las retenciones de impuestos a favor del fisco y de otrasinstituciones.
Intendencia de compañías anónimas: Vigilar, controlar y fiscalizar las actividades de la compañías anónimas y de los de en comandita por acciones domiciliadas en el Ecuador, sean nacionales o extranjeras.
EJECUTIVO MAXIMO: Superintendencia de Bancos.
Sistema de periodo de nombramiento: Elegido por el congreso Nacional en Pleno, para un periodo de cuatro años.
Funciones: Representar oficial y legalmente a la superintendencia de bancos, presentar al congreso Nacional un informe anual de labores, integrar a la junta Monetaria como vocal consejero, con voto informativo, nombrar y renombrara personal de funcionarios y empleados de la superintendencia, formular el presupuesto anual de este organismo, dirigir y autorizar el movimiento financiero de la superintendencia, limitar o prohibir, la realización de préstamos e inversiones de los bancos, intervenir como parte como parte en cualquier juicio que se promoviere por contravención es a las leyes bancarias, visitar y examinar todos los bancos sin previo aviso que negociaren en la república, concurrir a las juntas de directorio y convocarlas cuando estime necesario, invertir en los sorteos de las cedulas hipotecarias de los bancos para comprobar su efectividad, calificar a los vocales de la junta monetaria y de los bancos del sistema de crédito, aprobar los presupuestos de los bancos del estado, vigilar loas compañías de seguros con las facultades de la ley de bancos le confiere para la fiscalización, examen y vigilancia de las instituciones bancarias, ejerce la jurisdicción coactiva para el cobre de deudas vencidas a favor de la superintendencia de bancos, así como de las instituciones onegocios cuya liquidación estuviere a su cargo.

5.-FUENTES DE FINANCIAMIENTO: Los fondos para atender a los gastos de la superintendencia de bancos se obtienen por contribuciones del sistema bancario nacional de las compañías de seguros y de mas instituciones sujetas al control de la misma.

ORGANIGRAMA ESTRUCTURAL DE LA SUPERINTENDENCIA DE BANCOS

SUPERINTENDENTE DE BANCOS

Departamento Legal

Intervención General

Personal

Secretaria General

Caja
Auditoria


Ite.
Compañías Anónimas
Dep. Bancario
Departamento de Seguros

Estadística
Control
Inspección

Estadística
Estadística
Estadística

Estadística
Estadística
Estadística

Intendencia de Bancos

PROCURADURIA GENERAL DEL ESTADO

PROCURADOR DIEGO GARCIA
Art.
235.- Naturaleza: La procuraduría general del estado es un organismo político, técnico jurídico, con autonomía administrativa, presupuestaria y financiera, dirigido y representado por la procuradora o procurador general del estado, designado para un periodo de cuatro años.
Art. 236.-Nombramiento del procurador general del estado: El concejo de participación ciudadana y control social nombrara a la procuradora o procurador general del estado, de una terna que enviara la presidencia de la república.
La terna se conformara con criterios de especialidad y méritos y estara sujeta a escrutinio pública y privada de impugnación ciudadana, quienes la conformen deberan reunir los mismos requisitos exigidos para ser miembros de la corte constitucional.
Art. 237 Funciones del procurador: Correspondera a la procuradora o procurador general del estado, ademas de las otras funciones que determine la ley:1. La representación judicial del estado.
2. El patrocinio del estado y de sus instituciones.
3. El asesoramiento legal y la absolución de las consultas jurídicas a los organismos y entidades del sector público con caracter vinculante, sobre la inteligencia o aplicación de la ley en aquellos temas en que la constitución o la ley no otorguen competencia a otras autoridades u organismos.
4. Controlar con sujeción a la ley en los actos y contratos que suscriban los organismos y entidades del sector público.
DEFENSORIA PÚBLICA
La Defensoría Pública del Ecuador es un organismo autónomo que forma parte de la Función Judicial, cuyo fin es garantizar el pleno e igual acceso a la justicia de las personas que, por su estado de indefensión o condición económica, social o cultural, no pueden contratar los servicios de defensa legal para la protección de sus derechos.
La Defensoría Pública orienta, informa y asesora a la ciudadanía acerca de los recursos legales a los cuales pueden recurrir en su beneficio, ademas permanentemente observa los procedimientos y practicas que aseguran la calidad, eficacia, eficiencia, ética, oportunidad y gratuidad de su servicio, siempre privilegiando los intereses de la persona defendida.
La Defensoría Publica es indivisible y funcionara de forma desconcentrada con autonomía administrativa, económica y financiera; estara representada por la Defensora Publica o el Defensor Publico General y contara con recursos humanos, materiales y condiciones laborales equivalentes a las de Fiscal General del Estado.
MISIÓN
Defender gratuitamente a las personas en estado de indefensión, garantizando su acceso a la justicia, un juiciojusto y el respeto a los derechos humanos.

VISIÓN
Conformar una institución de garantía, apreciada por la ciudadanía, por la calidad y oportunidad de su servicio.

VALORES

REQUISITOS PARA SER DEFENSOR PÚBLICO
La Defensora Publica o Defensor Publico General reunira los siguientes requisitos:
1.- Ser ecuatoriana o ecuatoriano y estar en goce de los derechos políticos
2.- Tener titulo de tercer nivel en Derecho, legalmente reconocido en el país, y conocimientos en gestión administrativa.
Haber ejercido con idoneidad y probidad notorias la profesión de abogada o abogado, la judicatura ola docencia universitaria por un lapso mínimo de diez años.
La Defensora Publica o Defensor Publico desempeñara sus funciones durante seis años y no podra ser reelegido, y rendira informe anual a la Asamblea Nacional.
ACTUAL DEFENSOR PÚBLICO

Doctor Ernesto Pazmiño Granizo, Defensor Público General del Ecuador.
El 8 de mayo de 2012 fue posesionado por la Asamblea Nacional del Ecuador, como Defensor Público General, luego de haber participado en un concurso público de méritos y oposición, organizado por el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (CPCCS), bajo veeduría ciudadana e impugnación ciudadana.
SERVICIOS DE DEFENSA Y ASESORIA JURIDICA
Las facultades de Jurisprudencia, Derecho o Ciencias Jurídicas de las universidades, organizaran y mantendra servicios de defensa y asesoría jurídica a personas de escasos recursos económicos y grupos que requieran atención prioritaria.

Para que otras organizaciones puedan brindar dicho servicio deberan acreditarse y ser evaluadas por parte de la Defensoría Publica.
IMAGEN INSTITUCIONAL

Ellogotipo de la Defensoría Pública del Ecuador expresa el concepto de justicia que nos legó el Libertador Simón Bolívar, con ocasión del Congreso de Angostura, 'el ejercicio de la justicia es el ejercicio de la libertad, y el ejercicio equilibrado de la libertad sólo proviene de la tutela de las leyes, que son dictadas por la propia voluntad de los hombres'.
Funciones de la Defensoría Pública
De acuerdo con la Constitución y la ley, la Defensoría Pública del Ecuador debera cumplir los siguientes mandatos y objetivos específicos
1. Ejercer la rectoría del servicio de defensa pública en la República del Ecuador.
2. Implementar un sistema nacional de defensoría pública, que preste servicios gratuitos de patrocinio legal y de resolución temprana de conflictos, con cobertura nacional en todas las materias, incorporando la participación de otras organizaciones sociales y niveles de gobierno.
3. Dirigir, organizar e implementar el servicio de defensa pública, con prioridad en los ambitos penal, niñez, adolescencia y laboral.
4. Ofrecer a la ciudadanía un servicio de defensa jurídica gratuita, técnica y oportuna, a fin de obtener resoluciones judiciales oportunas conforme a Derecho, promoviendo el respeto a las reglas del debido proceso.
5. Procesar y entregar de modo gratuito y oportuno, los servicios de orientación, asesoría legal, asistencia y representación judicial, a las personas que no puedan contar con ellos en razón de su situación económica o social.
6. Fomentar e implementar un servicio de defensoría pública orientada a la resolución temprana de conflictos, la mediación y conciliación social.
7. Lograr la implementaciónde un sistema de servicios de asistencia legal y de mediación gratuitos, donde se necesiten y en las materias que se necesiten.
8. Garantizar el derecho a una defensa de calidad, integral, ininterrumpida, técnica y competente.
9. Garantizar la defensa pública especializada para las mujeres, niños, niñas y adolescentes, víctimas de violencia, nacionalidades, pueblos, comunidades y comunas indígenas.
10. Gestionar, inmediatamente, los casos de indefensión de los grupos de atención prioritaria.
11. Divulgar, promocionar y entregar los servicios de defensa pública gratuita a las personas en indefensión, a fin de asegurar su oportuno acceso a la justicia.
12. Ejecutar los procesos de acreditación y evaluación de los servicios de defensa pública, cuando éstos se deleguen a otras personas jurídicas, ciñéndose a parametros técnicos y de calidad.
13. Desarrollar e implementar un sistema integral de seguimiento y evaluación objetiva del desempeño de los defensores públicos y funcionarios de la institución, mediante indicadores de gestión, estandares de calidad, productividad y competencias profesionales.
14. Proponer políticas públicas que le permitan al Estado implementar una estructura técnica, eficiente e institucionalizada de defensa pública, que coadyuve a la consolidación del Estado Constitucional de Derechos y Justicia.
15. Presentar periódicamente informes de avance y rendición de cuentas del servicio de defensa pública; y
16. Los demas objetivos establecidos en la Constitución y en la ley.

Prestamos servicios gratuitos en
1. Defensa penal de personas que por razones de indefensión, condición económica,social o cultural no puedan acceder a este. El requerimiento puede ser por petición de la parte interesada o por designación del tribunal o juez competente.
2. Orientación, asistencia, asesoría y representación judicial a las personas que no puedan acceder a ellos.
3. Defensa especializada para mujeres, niños y adolescente, víctimas de violencia, nacionalidades, pueblos y comunidades indígenas.
Te garantizamos una defensa de calidad, integral, ininterrumpida, técnica y competente.
La Defensoría Pública del Ecuador atiende a las personas que por su estado de indefensión o condición económica, social o cultural, no puedan contratar los servicios de defensa legal para la protección de sus derechos fundamentales.
Las personas con prioridad de atención son:
* Madres que demandan alimentos para sus hijas e hijos.
* Niños, niñas, adolescentes y adultos víctimas de violencia.
* Mujeres víctimas de violencia intrafamiliar.
* Trabajadores cuyos derechos han sido violentados o irrespetados.
* Detenidos que exigen un juicio justo
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FISCALIA GENERAL DEL ESTADO

La Fiscalía General del Estado es un órgano autónomo de la Función Judicial, único e invisible, funcionara de forma desconcentra y tendra autonomía administrativa, económica y financiera. La Fiscal o el Fiscal General es su maxima autoridad y representante legal y actuara con sujeción a los principios constitucionales, derechos y garantías del debido proceso.

OBJETO
La Fiscalía dirigira, de oficio o a petición de parte, la investigación prepocesal penal; durante el proceso ejercera la acción pública con sujeción a los principios de oportunidad y mínima intervenciónpenal, con especial atención al interés público y a los derechos de las víctimas. De hallar merito acusara a los presuntos infractores ante el juez competente, e impulsara la acusación en la sustanciación del juicio penal.
Para cumplir sus funciones, la Fiscalía organizara y dirigira un sistema especializado integral de investigación de medicina legal y ciencias forenses, que incluira un personal de investigación civil y policial; dirigira el sistema de protección y asistencia a víctimas, testigos y participantes en el proceso penal; y cumplira con las demas atribuciones establecidas en la ley.
REQUISITOS PARA SER FISCAL GENERAL DEL ESTADO
La Fiscal o el Fiscal General del Estado reuniran los siguientes requisitos
1.- Ser ecuatoriana o ecuatoriano y estar en goce de los derechos políticos.
2.- Tener titulo de tercer nivel en derecho legalmente reconocido en el país y conocimientos en gestión administrativa
3.- Haber ejercido con idoneidad y probidad notorias la profesión de abogada o abogado, la judicatura o la docencia universitaria en materia penal por un lapso mínimo de diez años.
La Fiscal o el Fiscal General del Estado desempeñara sus funciones durante seis años y no podra ser reelegido; rendira un informe anual a la Asamblea Nacional. La designación se realizara de acuerdo con el procedimiento establecido en la Constitución y en la ley.
Actual Fiscal General del Estado
DOCTOR GALO CHIRIBOGA, FISCAL GENERAL DEL ESTADO
La Fiscalía General del Estado, también conocida anteriormente como Ministerio Público, es una institución de derecho público en Ecuador. Tiene como misión dirigir con objetividad y ética la investigación del delito y acusara sus responsables, proteger a las víctimas y garantizar los derechos humanos.
CARRERA FISCAL
Se reconoce y garantiza la carrera fiscal, cuyas regulaciones se determinaran en la ley.
La profesionalización con la base en la formación continua, así como la evaluación periódica de sus servidoras y sus servidores, seran condiciones indispensables para la promoción y permanencia en la carrera fiscal.
Historia
Desde la creación de la República del Ecuador en 1830, hubo la necesidad de un ente fiscalizador en el poder judicial. El presidente Juan José Flores instaló la Alta Corte y se dictó la primera Ley Organica del Poder Judicial. En el Libro de Actas del Congreso del 19 de septiembre de aquel año, se señala que los diputados de aquella Convención Nacional nombraron a varios ministros, entre los cuales a quien sería el primer Fiscal del Ecuador. La Constitución de 1883 crea la figura del Ministro Fiscal de la Corte Suprema, con sede en Quito.

CORTE CONSTITUCIONAL DEL ECUADOR
Es el maximo órgano de control, interpretación constitucional y de administración de justicia y de esta manera ejerce jurisdicción nacional y su sede es la ciudad de quito.
Las decisiones relacionadas con las atribuciones previstas en la constitución seran adoptadas por el pleno de la corte.

DR. PATRICIO PAZMIÑO PRESIDENTE D ELA CORTE CONSTITUCIONAL
Art.
430. La corte constitucional gozara de autonomía administrativa y financiera.
La ley determinara su organización, funcionamiento y los procedimientos para el cumplimiento de sus atribuciones
Art. 431. Los miembros de la corte constitucional no estan sujetos a juicio político ni podran ser removidos por quienes losdesignen. No obstante, estaran sometidos a los mismos controles que en el resto de autoridades publica y responderan por los demas actos u omisiones que comentan en el ejercicio de sus funciones.
Sin perjuicio de la responsabilidad civil, en caso de responsabilidad penal únicamente seran acusados por la fiscalía o el fiscal general de la nación y juzgados por el pleno de la corte nacional de justicia, para cuyo efecto se requerira el voto conforme de las dos terceras partes de sus integrantes.

Su destitución sera decidida por las dos terceras partes de los integrantes de la corte constitucional. El procedimiento, los requisitos y las causas se determinaran en la ley.
Art. 432. La corte constitucional estara integrada por nueve miembros que ejerceran sus funciones en plenario y en salas de acuerdo con la ley. Desempeñaran sus cargos por un periodo de nueve años, sin reelección inmediata y seran renovados por tercios cada tres años.
Art.433. para ser designado miembro de la corte constitucional se requerira
1. Ser ecuatoriana o ecuatoriano y encontrarse en ejercicio de sus derechos políticos.
2. Tener titulo de tercer nivel en derecho legalmente reconocido en el país.
3. Haber ejercido con probidad notoria la profesión de abogado o abogada, la judicatura o la docencia universitaria en ciencias jurídicas por un lapso mínimo de diez años.
4. Demostrar probidad y ética.
5. No pertenecer ni haber pertenecido en los últimos diez años a la directiva de ningún partido o movimiento político.
La ley determinara el procedimiento para acreditar estos requisitos.
Art. 434. Los miembros de la corte constitucional se designaran por unacomisión calificadora que esta integrada por dos personas nombradas por cada una de las funciones, legislativa, ejecutiva y de trasparencia y control social. La selección de, los miembros se realizara de entre las candidaturas presentadas por las funciones anteriores, a través de un proceso de concurso público, con veeduría y posibilidad de impugnación ciudadana. En la integración de la corte se procurara la paridad entre hombres y mujeres.
El procedimiento, plazos y demas elementos de selección y calificación seran determinados por la ley.

Art.435. La corte constitucional elegira de entre sus miembros, a una presidenta o presidente y a una vicepresidenta o vicepresidente; quienes desempeñaran sus funciones durante tres años y no podran ser reelegidos de forma inmediata. La presidenta o presidente ejercera la presentación legal de las corte constitucional.
Art.436. La corte constitucional ejercera, ademas de las que le confiera la ley, las siguientes atribuciones
1. Ser la maxima instancia de interpretación de la constitución, de los tratados internacionales de derechos humanos ratificados por el estado ecuatoriano, a través de sus dictamines y sentencias. Sus decisiones tendran caracter vinculante.
2. Conocer y resolver las acciones públicas de inconstitucionalidad, por el fondo o por la forma, contra actos normativos de caracter general emitidos por órganos autoridades del estado. La declaración de inconstitucionalidad tendra como efecto la invalidez del acto normativo impugnado.
3. Declarar de oficio la inconstitucionalidad de normas conexas, cuando en los casos sometidos a su conocimiento concluya que una o varias de ellas soncontrarias a la constitución.
4. Conocer y resolver, a petición de parte, la inconstitucionalidad contra los actos administrativos con efectos generales emitidos por toda autoridad pública. La declaración de inconstitucionalidad tendra como efecto la invalidez del acto administrativo.
5. Conocer y resolver, a petición de parte, las acciones por incumplimiento que se presenten con la finalidad de garantizar la aplicación de normas o actos administrativos de caracter general, cualquiera que sea su naturaleza o jerarquía, así como para el cumplimiento de sentencias o informes de organismos internacionales de protección de derechos humanos que no sean ejecutables por las vías judiciales ordinarias.
6. Expedir sentencias que constituyan jurisprudencia vinculante respecto de las acciones de protección, cumplimiento, acceso a la información pública y demas procesos constitucionales, así como los casos seleccionados por la corte para su revisión.
7. Dirimir conflictos de competencias o de atribuciones entre funciones del Estado u órganos establecidos en al Constitución.
8. Efectuar de oficio y de modo inmediato el control de constitucionalidad de las declaraciones de los estados de excepción, cuando impliquen la suspensión de derechos constitucionales.
9. Conocer y sancionar el incumplimiento de las sentencias y dictamines constitucionales.
10. Declarar la inconstitucionalidad en que incurran las instituciones del Estado o autoridades públicas que por omisión inobservante, en forma total o parcial los mandatos contenidos en normas constitucionales, dentro del plazo establecido en al constitución o en el plazo considerado razonable porla corte constitucional. Si trascurrido el plazo la omisión persiste, la corte, de manera provisional, expedira la norma o ejecutar el acto omitido, der acuerdo con la ley.
Art.437 Los ciudadanos en forma individual o colectiva podran prestar una acción extraordinaria de protección contra sentencias autos definitivos y resoluciones con fuerza de sentencia. Para la admisión de este recurso al corte constatara en cumplimiento de los siguientes requisitos
1. Que se trate de sentencias, autos y resoluciones firmes o ejecutoriados.
2. Que el recurrente demuestre que en el juzgamiento se ha violado, por acción u omisión, el debido proceso u otros derechos reconocidos en la constitución.
Art.438. la corte constitucional emitira dictamen previo y vinculante de constitucionalidad en los siguientes casos, ademas de los determine la ley
1. Tratados internacionales, previamente a su ratificación por parte de la asamblea nacional.
2. Convocatorias o consultas populares de caracter nacional o a nivel de los gobiernos descentralizados.
3. Objeciones de inconstitucionalidad presentadas por la presidenta o presidente de la republica en el proceso de información de las leyes.
Art.439. las acciones constitucionales podran ser presentadas por cualquier ciudadana o ciudadano individual o colectivamente.
Art. 440. Las sentencias y los autos de la corte constitucional tendran el caracter de definitivos e inapelables.

1.

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Bibliografía
* CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA DEL ECUADOR DEL 2008
* MANUAL DE GOBIERNO REPUBLICA DEL ECUADOR; UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR.


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