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Derecho romano - ley poetelia papiria



2DO TEMARIO PARA EXAMEN DE ROMANO
1 DEPÓSITO (contestada en el temario pasado)
2.- La Prenda (pregunta contestada en el temario pasado)
3.- El comodato (Pregunta contestada en el temario pasado)
4.- La Sociedad y el Mandato
La Sociedad.- es un conjunto de personas que se relacionan entre si para lograr un mismo objetivo, son susceptibles de adquirir derechos y obligaciones con fines de lucro.
-Existe desde el momento en que las partes de ponen de acuerdo para obligarse, también se conforman sobre el objeto de sus aportaciones y reparto de beneficios y perdidas.
- Se distingue de los demas contratos onerosos por las cualidades personales.
El Mandato (Nombre Tecnico: mandatum, Nombre de las partes: Mandator quien es el que encomienda y Mandatario, quien es el que ejecuta la orden).
- Es un contrato por el cual una persona llamada Mandator, da encargo a otra llamada Mandatario, que acepta de realizar gratuitamente un acto determinado o conjunto de operaciones.




Elementos
1 El consentimiento puede realizarse de manera expresa o tacitamente.
2.-Es UN contrato Sinalagmatico Perfecto
3 Se perfecciona cuando nace la obligación a cargo del mandatario de ejecutar la orden.
Es gratuito
5.- Que esté dentro de las leyes y buenas costumbres.
5.-Cesión de créditos o derechos
- Contrato por el cual se opera entre deudor y un acreedor y este ultimo lo cede a un tercero, convirtiéndose asi en el nuevo acreedor.
1.- Cedente- Acreedor Originario
2.- Cesionario- Nuevo Acreedor
3.- Deudor Debe pagar al cesionario ya que éste adquirió el derecho.
5 A. Cesión De Deudas.
- Contrato por el cual se opera entre Acreedor y un deudor y este ultimo lo cede a un tercero, convirtiéndose asi en el nuevo deudor.
Cedente de deuda: Deudor
2.- Cesionario de Deuda: Nuevo Deudor
3.- Acreedor.- Quien tiene el derecho de exigir el cobro de la deuda.
Nexum (pregunta contestada en el temario pasado)
7.- Que ley Promovieron los plebeyos para eliminar el nexum


LEY POETELIA PAPIRIA
8.- Contratos Solo Consensu
Compra-Venta (Emptio-Venditio), Arrendamiento (Locatio-Conductio), La Sociedad, Mandato (Mandatum)
9.- Emptio-Venditio (Pregunta contestada en el temario pasado)
10.- Arrendamiento (Nombre técnico: Locatio- Conductio, nombre de las partes: Locator es el que arrienda la cosa y conductor es quien paga un tendra el goce temporal de la cosa)
Esta rama del derecho se denominó en Roma “Derecho de las Acciones”, y así la llamo GAYO en la última parte de sus Instituciones; los términos de procesoy procedimiento que dieron lugar al calificativo de procesal, son posteriores. Los romanos utilizaron la palabra acción para hacer referencia tanto a la disciplina que nos ocupa como al “derecho de perseguir judicialmente lo que le deben a uno”, según definición de CELSO (D. 44 ), y también la usaban para señalar a la pretencion del litigante que iniciaba el proceso o juicio, llamado en latin iudicium.
Nosotros estudiaremos el derecho romano procesal civil que reglamento esta materia casi en su totalidad, salvo en el tocante a los crimina o delitos de derecho público, para los que existía un procedimiento penal distinto.
El derecho procesal fue de interés especial para los romanos, quienes con su pragmatismo característico, consideraban que mientras hubiera acción había derecho. Es importante recordar que el derecho honorario se originó precisamente en el ambito procesal, cuando el pretor peregrino se vio impedido a conocer de las controversias que se presentaban entre extranjeros, o entre estos y los ciudadanos. Fueron tales normas procedimentales las que dieron lugar a esa rama tan importante del sistema jurídico romano.

CAPITULO II
PARTES EN EL PROCESO Y REPRESENTACIÓN PROCESAL
El que pide que se reconozca o declare un derecho, o bien que se ejecute uno previamente reconocido, es quien ejerce la acción: el actor o demandante; la otra parte, es quien desconoce ese derecho o no ha cumplido con un deber, es el demandado, llamado reus por losromanos.
Ambos podían ser representados por un cognitor o por un procutator. El primero era un representante nombrado solemnemente frente a la otra parte y ante el tribunal, mientras que el procurator era un representante común y corriente, nombrado probablemente a través de un mandato y obviamente sin requerir la presencia del otro litigante.
Es importante destacar que la presentación no fue aceptada facilmente en Roma. En principio, se consideró que solo las partes podían intervenir en el proceso, pero por razones practicas se establecieron excepciones a esta regla; JUSTINIANO (Inst. 4 pr.) nos dice que estas aparecieron:
Cuando el tutor actúa en nombre del pupilo.
Cuando un ciudadano ejerce una acción popular.
Cuando una persona interviene en nombre de un esclavo para pedir su libertad, aquí se trata del adsentor libertatis que ya conocemos.
Cuando se actúa en nombre de un ausente en misión oficial.
Después, aparecieron el cognitor y el procurator, pero como nunca se reconoció la representación directa, ellos aunque actuaban en nombre de otro, una vez designados, se consideró que lo hacían por ellos mismos y los efectos de la sentencia se darían en su favor o en su contra, para luego ser trasladados al representado, por eso se decía que en el proceso se daba una transposición de personas.
Tanto el actor como el reus debían tener un comportamiento ético cuando demandaban o defendían sus derechos. La temeridad en el litigio, que consiste en intentar una acción o una excepcióninfundadas, nunca ha sido la conducta debida y por su puesto tampoco lo fue en Roma.
De esta manera, el Derecho Romano reprobó trató de sancionar a los litigantes temerarios. Se establecieron entre otras las siguientes medidas: una defensa infundada podía acrecentar la condena; si los litigantes prestaban juramento de obrar de buena fe y no lo hacían, se le podía acusar de perjuros; existían acciones que daban lugar a condenas infamantes, circunstancia que podría pro - es un contrato por el cual una persona llamada LOCATOR, se compromete con otra llamada CONDUCTOR a procurarle el goce temporal de una cosa, la prestación de servicios ola realización de una obra mediante una remuneración en dinero.
Elementos
1.- es perfecto por el solo consentimiento de las partes
2.- contrato de buena fe
3.- es sinalagmatico perfecto
11.- Mandato (mandatum) – Pregunta contestada en la número 4
12.- Pago de lo Indebído
- Es cuando una persona paga por error lo que no debe y quien ha recibido esta obligado a devolverlo.
13 Acción pauliana
- El pretor paulo creo una acción a favor del acreedor para anular fraudes cometidos por los deudores a sabiendas, incrementando su insolvencia y estos lo hacen en perjuicio del acreedor.
14 Novación
- Consiste en hacer pasar una obligación nueva el contenido de una obligación anterior
- extingue una deuda y hace nacer otra en su lugar.
Elementos
1 debe conservarse el mismo objeto de la obligación
2.- desaparece antigua obligación y aparece una nueva
3.- las partes deben tener la intención de novar
4.- Emplearse formas exigidas por el derecho civil (como las estipulaciones)
15.- Confusión
- Ocurre cuando la calidad de acreedo y deudor se reúnen en la misma persona
Elementos
1.- Extingue la obligación de pleno derecho como si hubiera mediado pago, la razón de que uno no puede deberse a si mismo.


NOTA: SOLO FALTA PONER LAS ESTIPULACIONES


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