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Constitución política de 1991. ¿utopia o cambio?



“Una Constitución debería ser evaluada por su contenido, por la capacidad para interpretar la historia, la realidad social, los valores esenciales y la perspectiva del pueblo al que va dirigida, conjugando la teoría con la practica y el pasado con el porvenir”. Javier Henao Hidrón
Ex magistrado del Consejo de Estado.

CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE 1991. ¿UTOPIA O CAMBIO?
Por: Ana María Moreno Lizarazo.
Colombia ha tenido dieciséis constituciones nacionales entre 1811 hasta hoy, siendo la Constitución de 1886 la segunda mas antigua de América, con 105 años, después de la Norteamericana. La Constitución de 1886 no permaneció incólume, fue acomodandose a los cambios del país mediante 67 actos legislativos, por lo que para muchos debió continuar con algunas reformas, decían que cambiarla era un “embeleco”. Así, por ejemplo, Alvaro Gómez Hurtado la catalogaba como “un texto bien escrito, vigoroso y útil para gobernar y hacerlo bien, si había una buena política y un buen gobierno”1; sin embargo, no fue muy utilizada pues gran parte del ejercicio del poder se hizo a través del “estado de sitio”.


También es de resaltar que en la historia del constitucionalismo Colombiano hay pocas constituciones que han superado los 20 años y son: La Constitución de 1863, también llamada de Rionegro; la carta de 1886, inspirada por Rafael Núñez y Miguel Antonio Caro y la carta política de 1991.


Actualmente tiene vigencia la Constitución de 1991, producto del consensonacional y cuya legalidad fue cuestionada, por cuanto la Constitución de 1886, que en su título XXI, artículo 218, disponía: “La Constitución, salvo lo que en materia de votación ella dispone en otros artículos, sólo podra ser reformada por un Acto Legislativo, discutido primeramente y aprobado por el Congreso en sus sesiones ordinarias; publicado por el Gobierno, para su examen definitivo en la siguiente legislatura ordinaria; por ésta nuevamente debatido, y, últimamente, aprobado por la mayoría absoluta de los individuos que componen cada Camara. Si el Gobierno no publicare oportunamente el proyecto de Acto Legislativo, lo hara el Presidente del Congreso.


En adelante las reformas constitucionales sólo podran hacerse por el Congreso, en la forma establecida por el artículo 218 de la Constitución. (Plebiscito del 1 de diciembre de 1.957, Art. 13)”
Como se puede observar era una constitución casi pétrea, pues el único autorizado para reformar la Constitución era el congreso.
Entonces, ¿cómo se logró el cambio constitucional? Se dice que fue un cambio legítimo, mas no legal. Fue un proceso que venía desde los años ochenta cuando el expresidente Carlos Lleras Restrepo y diversos movimientos sociales planteaban la necesidad de ese cambio. Pasaron algunos años y fue mas fuerte ese sentir, la sociedad no estaba conforme con el país en que estaban viviendo y consideraban que el cambio debía ser estructural. El país pasaba por un momento crítico, enel que la violencia, el desprestigio de las instituciones, el narcotrafico, la corrupción parecían conducirnos hacia un estado fallido.
El pueblo se cansó de tanta permisividad, del conformismo que lo caracterizaba y el detonante final fue el asesinato de líderes políticos como: Rodrigo Lara Bonilla (30 de abril de 1984), Jaime Pardo Leal (10 de octubre de 1987), Luis Carlos Galan Sarmiento (18 de agosto de 1989), Bernardo Jaramillo Ossa (22 de marzo de 1990), Carlos Pizarro Leongómez (26 de abril de 1990), Enrique Low Murtra (30 de abril de 1990), Gerardo Molina (29 de marzo de 1991) entre otros, que llevaron a que el Presidente Virgilio Barco Vargas propusiera un proyecto de reforma, convocando un plebiscito para derogar el artículo 13 del plebiscito de 1957, que incorporaba al artículo 218 de la constitución de 1886, que como se mencionó anteriormente consideraba, que cualquier reforma únicamente podía hacerse a través del Congreso. El partido Social Conservador se opuso férreamente y no prosperó dicha iniciativa.


Posteriormente, el 25 de agosto de 1989 surge un movimiento que partió de las universidades denominado la séptima papeleta, debido a que los electores del 11 de marzo de 1990, depositaban seis papeletas: Senado, Camara de Representantes, Asamblea Departamental, Concejo Municipal, Alcalde Municipal y Consulta interna del partido liberal, por lo que la séptima papeleta presentaba la iniciativa de convocar al cuerpo constituyente paracambiar la constitución, que aunque no fue escrutada, tuvo tal acogida, que se menciona que cerca de dos millones doscientos mil ciudadanos apoyaron la iniciativa.


Con base en lo anterior el presidente Virgilio Barco expidió el Decreto Legislativo 927 de 1990, mediante el cual se autorizó al escrutinio de los votos a favor de la Asamblea Nacional Constituyente, de manera ya oficial por la Registraduría Nacional del Estado Civil. Este decreto tuvo el control de la Corte Suprema de Justicia, quien declaró su exequibilidad. El 27 de mayo de 1990, la propuesta a favor de la Asamblea Constitucional recibió el respaldo de los colombianos.
Hubo cambio presidencial y el presidente entrante Cesar Gaviria Trujillo, mediante el decreto 1926 de 1990 estableció el temario, la composición de la Asamblea y los requisitos para ser constituyente; decreto que también tuvo control de la Corte Suprema de Justicia, siendo declarado exequible con excepción de tres puntos: 1. El temario y las prohibiciones que limitaban la competencia de la constituyente. 2. La competencia que se asignaba a la Corte Suprema para decidir sobre la constitucionalidad de la reforma que expida la Constituyente, por lo que no hubo control judicial de la reforma. 3. La caución o garantía de seriedad que se pedía constituir para la inscripción por cada una de las listas de candidatos cuando no se cumpliera el requisito de la proclamación escrita de, por lo menos, 100.000 ciudadanos,permitiendo la inclusión de sectores minoritarios.


Autores como Luis Córdoba Mariño consideraron que la Asamblea Nacional Constituyente tuvo “un claro desbordamiento de su misión, pues el mandato del pueblo que recibió fue para reformar la constitución y no para sustituirla” y lo que respecta a la revocatoria del Congreso, “es indudable que constituyó incalificable atropello y verdadero golpe de Estado, ya que la Asamblea no sólo carecía de facultades para hacerlo, sino que en los documentos de su convocatoria quedó expresamente prohibido modificar, recortar o anular el periodo de los parlamentarios y los funcionarios elegidos el año anterior.”2
Debido a que el curso de los hechos llevó al cambio constitucional, autores como Jesús Vallejo Mejía aseguran que la Constitución de 1991 nació de un golpe de Estado contra el Congreso. En fin, a pesar de los sectores opositores al cambio, se había dado paso a la Asamblea Nacional Constituyente y en ella confluyeron diversos factores reales de poder, quizas no todos pero si los representativos del momento, como grupos reinsertados que conformaron el movimiento político Alianza Democratica M-19, en cabeza de Antonio José Navarro Wolff, grupos tradicionales como el partido Liberal representado por Horacio Serpa Uribe, el grupo de Salvación Nacional encabezado por Alvaro Gómez Hurtado, ademas de miembros de la Unión Patriótica, de exguerrilleros, representantes de grupos indígenas y religiosos no católicos. En total74 constituyente, de los cuales cuatro tenían voz pero no voto ( Dos por el ejército popular de liberación EPL, uno por el partido revolucionario de los trabajadores PRT y el otro por el movimiento armado QUINTIN LAME).
De esa amalgama de sectores se logró un consenso, que parecía imposible, en el que muchas de las propuestas quedaron en el tintero, como por ejemplo el conformar un congreso unicameral, el acabar con los monopolios rentísticos y el voto obligatorio.
Los constituyentes querían un nuevo modelo de sociedad y estado, la preocupación no era la búsqueda de un “estado Fuerte”3, sino alcanzar un pacto social mas justo, mas incluyente, en el que la base de la organización social no es la ley, sino que surge un principio pilar del nuevo orden establecido en el que hay que trabajar para construirlo y es el Estado Social de Derecho. El resultado entregado son 380 artículos en los que encontramos una parte dogmatica que comprende los valores, principios, derechos y deberes de los habitantes del territorio y una parte organica en la que se encuentra la estructura del Estado Colombiano.
La nueva carta política expresa taxativamente los valores y principios que la rigen, los valores se encuentran en el preambulo, escrito que antecede a la Constitución y que tiene caracter vinculante; y los principios fundamentales estan en los 10 primeros artículos de la Constitución. Así encontramos, que en el artículo 1, como principio la descentralización,que en concordancia con el título XI, permite una organización territorial, donde se pretendió reorganizar las entidades territoriales, para darles unos derechos fundamentados en la autonomía, para romper con el fuerte centralismo que se ha arraigado en nuestra república.
En los estados Modernos ha sido de vital importancia la defensa de la democracia, como maximo elemento ordenador y de participación producto de la racionalidad humana, por lo que nuestro nuevo pacto social lo contempla como principio fundamental, que ya no sólo se expresa a través de la representación, sino también directamente. Es un proceso incluyente del ejercicio de la ciudadanía, con siete mecanismos de participación ciudadana (Artículo 103 de la Constitución) y otras posibilidades como las veedurías, que permiten ejercer un control social por cualquier persona, lo mismo que solicitar rendición de cuentas a las autoridades y a las instituciones para verificar que se estén cumpliendo con los fines del Estado. El sufragio universal continúa siendo la base de la democracia, la participación se da en todos los niveles, así encontramos la elección popular de gobernadores (recordemos que la elección popular de alcaldes fue un avance que se logró en 1986) y que permite que las entidades territoriales elijan sus propias autoridades.
Es de resaltar que después de 200 años de fuerte influencia de la religión católica, considerada como el único dogma aceptado y elemento cohesionador,como se observa en el preambulo de la Constitución de 1886, que decía: “ En nombre de Dios, fuente suprema de toda autoridad y con el fin de afianzar la unidad nacional, una de cuyas bases es el reconocimiento hecho por los partidos políticos de que la Religión Católica, Apostólica y Romana es la de la Nación, y que como tal los poderes públicos la protegeran y haran que sea respetada como esencial elemento del orden social y para asegurar los bienes de la justicia, la libertad y la paz, el pueblo colombiano…”. Dentro de los cambios ahora establecidos la religión católica ya no cogobierna, y su misión evangelizadora del pueblo colombiano es acompañada por nuevos dogmas, nuevas doctrinas aceptadas con la libertad de cultos.
También se lograron avances destacados como por ejemplo: una amplia gama de derechos de protección a la población, que no sólo quedan en una retórica bien elaborada, sino que va mas alla, con herramientas para hacer efectiva su protección mediante acciones constitucionales, donde la mas conocida es la Acción de Tutela, con la que se pretende la protección judicial inmediata de los derechos fundamentales; pero no es la única, también encontramos las Acciones populares, de grupo, de cumplimiento, para la protección de los derechos colectivos y del ambiente; el fortalecimiento del derecho de petición, habeas corpus, habeas data que permiten a las personas la protección de las libertades, siendo protagonistas activos de la sociedad enque viven.
Un capítulo destacado en la nueva Constitución fue la supresión del Estado de sitio ahora se habla de tres Estados de excepción, con un control y término de duración claramente definidos, en los cuales no se pueden violar los derechos humanos y su declaración conlleva responsabilidad para el gobierno; medidas necesarias porque anteriormente vivíamos en una dictadura disfrazada de democracia y para mantener el orden estatal se recurría al Estado de sitio de forma indefinida.
Fueron creadas instituciones nuevas como: La Corte Constitucional, encargada de salvaguardar la integridad de la Constitución; la Fiscalía General de la Nación que reemplazó a los antiguos tribunales de Instrucción Criminal y cuya función ahora es netamente investigativa y acusatoria; El Consejo Superior de la Judicatura, muy cuestionado hoy en día, pero que le ha dado independencia a la rama judicial en la administración de la carrera judicial.
La Constitución de 1991, en su título XII, contempla los mecanismos para ser reformada, lo que ha permitido que en estos 20 años de existencia haya sido reformada mediante 29 actos legislativos, lo que hace que algunos afirmen que se ha perdido su espíritu. Dentro de esos cambios hay aciertos, ajustados a los cambios de la sociedad y el mejoramiento de las instituciones y falencias como es el caso de la reelección, para lo cual parece no se estar preparada, pues los mandatarios y el pueblo no la han entendido como lacontinuidad de un buen gobierno en aras del interés general.
En conclusión, no estamos frente a una constitución terminada, como toda obra humana es susceptible de cambios. Es necesario hacer vivo el cuerpo constitucional y para ello hay que empezar por acabar con el analfabetismo constitucional y cumplir con lo dispuesto en el artículo 41: “En todas las instituciones de educación, oficiales o privadas, seran obligatorios el estudio de la Constitución y la instrucción cívica. Así mismo se fomentaran practicas democraticas para el aprendizaje de los principios y valores de la participación ciudadana. El Estado divulgara la Constitución”. Esta en manos de la sociedad la materialización de la Constitución, que ese acuerdo sea eficaz y no vuelva a ocurrir lo que sucedió con la anterior Constitución que por algunos fue considerada casi perfecta, pero que terminó siendo letra muerta5, inoperante por la argucia de algunos y el escepticismo de otros, debido a que no tomaron las riendas de su destino, sino que en todo momento se esperó la llegada de un mesías, un ser sobrenatural, externo que cambiara lo que sólo los mismos pueblos deben cambiar.
Por eso la invitación es a conocer ese pacto, reflexionar sobre él, hacerle críticas constructivas, de tal forma que sea una realidad. Porque a veces nos pasa lo que le sucede a los elefantes en los circos, que son capturados muy pequeños y son encadenados de tal forma que cuando quieren huir no pueden porque lascadenas sujetas a postes firmes no se lo permiten y pasan los años, hasta que ya cuando grandes podrían perfectamente arrancar las cadenas o las vigas y huir, pero estan tan condicionados que permanecen en el mismo sitio sin intentar huir, con solo tener la cadena sin sujetarla a nada.
1.Gómez Hurtado, Alvaro. Magazín Constitucional Asociación Estudios Constitucionales. AEC. No. 001 Bogota, 2004.
2. En su libro finaliza diciendo: “La Constitución de 1991 es un grave error, porque no implicó solamente el abandono de unas tesis jurídicas y políticas, sino auténtica claudicación doctrinaria, ya que la Carta de 1886 era canon fundamental del partido, porque con ella el país logró tener instituciones adecuadas y perdurables que parecían ya definitivas y constituyeron el mas valioso aporte a nuestro proceso constitucional, y el mejor título de prestigio y orgullo para el conservatismo.”
3. López Michelsen, Alfonso. El Estado Fuerte. Obras Selectas. Colección Pensadores Políticos Colombianos. Camara de Representantes. Bogota, 1985.
4.Consitución Política de Colombia. Artículo 121 “En caso de guerra exterior o de conmoción interior podra el Presidente, con la firma de todos los Ministros, declara turbado el orden público y en estado de sitio toda la República o parte de ella. Mediante tal declaración, el Gobierno tendra, ademas de las facultades legales, las que la Constitución autoriza para tiempos de guerra o de perturbación del orden público y lasque, conforme a las reglas aceptadas por el Derecho de Gentes, rigen par la guerra entre naciones…”.
5. Lassalle, Ferdinand. ¿Qué es una Constitución? “Los problemas constitucionales no son, primariamente, problemas de derecho, sino de poder, la verdadera Constitución de un país solo reside en los factores reales y efectivos de poder que ese país rigen; y las constituciones escritas no tienen valor, ni son duraderas mas que cuando dan expresión fiel a los factores de poder imperantes en la realidad social”.

BIBLIOGRAFÍA
1.
CÓRDOBA Mariño, Luis. Apuntes de Historia Constitucional y Política de Colombia. Colección estudios históricos. Fundación Universidad de Bogota Jorge Tadeo Lozano. HENAO Hidrón, Javier. Constitución Política. Comentada. Decimoctava edición. Editorial Temis. Bogota, D.C. LASSALLE, Ferdinand. ¿Qué es una Constitución? Ediciones Universales, Graficas modernas. Bogota, 2005.
4. VALENCIA Villa, Hernando. Cartas de Batalla. Fondo Editorial CEREC. Bogota, 1997
5.
VIDAL Perdomo, Jaime. Derecho Constitucional general e instituciones políticas colombianas. Décima Edición actualizada. Editorial Temis. Bogota, D.C. YOUNES Moreno, Diego. Derecho Constitucional Colombiano. Tercera Edición. Editorial Legis. Bogota, D.C. 1997
7.
CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE COLOMBIA. Textos oficiales compilados por Pablo Cardenas Pérez. Colección Taller y Foro. Editorial LEGIS. Primera edición. Bogota, 1985.


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