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Asociación civil - Características de este contrato



Introducción

Cuando varios individuos convinieren en reunirse, de manera que no sea enteramente transitoria, para realizar un fin común que no esté prohibido por la ley y que no tenga caracter preponderantemente económico, constituyen una asociación.

El derecho de asociación tiene su fundamento legal en el artículo 9° de nuestra Constitución Política, al ordenar que “no se podra coartar el derecho de asociarse o reunirse pacíficamente con cualquier objeto lícito; pero sólo los ciudadanos de la República podran hacerlo para tomar parte en los asuntos políticos del país.”

Cuando hablamos de Beneficencia nos referimos a un conjunto de instituciones públicas o privadas que ayudan de manera desinteresada a las personas que carecen de recursos económicos



Asociación civil

Antecedentes
A raíz de la Revolución Francesa, en el Código de Napoleón se prohibió la existencia de agrupaciones de personas como las asociaciones profesionales y religiosas, pues se consideraba que atentaban a los principios de igualdad y libertad. Tendencia que también fue seguida por los códigos de 1870 y 1884, ya que si ciertamente no las prohibían tampoco las regulaba. Es hasta el Código de 1928 cuando se mencionan por primera vez en México.

Definición
El Código Civil da la definición del contrato de asociación en su artículo 2670, que a la letra dice
“Cuando varios individuos convinieren en reunirse, de manera que no sea enteramente transitoria, para realizar un fin común que no esté prohibido por la ley y que no tenga caracterpreponderantemente económico, constituyen una asociación.”

El derecho de asociación tiene su fundamento legal en el artículo 9° de nuestra Constitución Política, al ordenar que “no se podra coartar el derecho de asociarse o reunirse pacíficamente con cualquier objeto lícito; pero sólo los ciudadanos de la República podran hacerlo para tomar parte en los asuntos políticos del país.”

Características de este contrato
a) Plurilateral o bilateral.
b) Oneroso: Porque hay provechos y gravamenes recíprocos.
c) Conmutativo: Ya que las prestaciones son ciertas y determinadas desde la celebración del contrato.
d) Formal: Para su validez la ley establece que se celebre por escrito.
e) De tracto sucesivo: En razón de que produce sus efectos a través del tiempo.
f) A título personal: se toman en cuenta las cualidades de los asociados para la celebración del contrato.

Elementos Esenciales
a) Consentimiento:
En el contrato de asociación reviste como característica esencial la consecución del fin común, lícito, posible y permanente; la voluntad de los asociados debe estar encaminada a la realización de dicho fin.

b) Objeto:
Las asociaciones civiles pueden tener un fin político, científico, artístico, de recreo o cualquier otro, con la única condición de que sea lícito. De acuerdo con el artículo 25 Fracción VI del Código Civil del Distrito Federal, que a la letra dice
“Artículo 25. Son personas morales

I. La Nación, el Distrito Federal, los Estados y los Municipios
II. Las demascorporaciones de caracter público reconocidas por la ley
III.
Las sociedades civiles o mercantiles
IV.
Los sindicatos, las asociaciones profesionales y las demas a que se refiere la fracción XVI del artículo 123 de la Constitución Federal.
V. Las sociedades cooperativas y mutualistas
VI. Las asociaciones distintas de las enumeradas que se propongan fines políticos, científicos, artísticos, de recreo o cualquiera otro fin lícito, siempre que no fueren desconocidas por la ley.
VII. Las personas morales extranjeras de naturaleza privada, en los términos del artículo 2736”

Por su parte el artículo 2670, que define el contrato de asociación, establece: “para realizar un fin común que no esté prohibido por la ley y que no tenga caracter preponderantemente económico”.

También se considera como objeto de este contrato la cosa que el asociado se obliga a dar, que puede estar representada por una aportación en dinero o en bienes distintos al numerario, o bien el hecho que el asociado debe hacer, cuando se obliga a aportar su trabajo. El objeto del contrato de asociación esta representado por la aportación de los asociados; dichas aportaciones pueden consistir, en dinero, en cosas que no sean dinero o en servicios, con objeto de alcanzar, el fin particular que los asociados se hayan propuesto.

Elementos de Validez
a) Capacidad:
Ser mayor de edad y estar en pleno uso de facultades mentales, excepto cuando el asociado se obliga a transmitir bienes inmuebles, porque entonces debera tener la capacidad especialpara enajenar.

b) Forma:
El contrato por el que se constituye una asociación debe constar por escrito e inscribirse en el registro Público de la Propiedad, para que produzca efectos contra terceros de conformidad con el Artículo 2671 y 3002 del Código Civil para el Distrito Federal.

Funcionamiento de la Asociación
Para el buen funcionamiento de una asociación se requiere de ciertos órganos; éstos son la asamblea general y el consejo de administración o comité ejecutivo.
También se puede prever en los estatutos, la existencia de ciertas comisiones para la mejor realización de los objetivos de la asociación; estas comisiones pueden ser permanentes o transitorias y su nombramiento puede hacerse mediante el consejo directivo o la asamblea general. Es común que las facultades de las comisiones permanentes estén fijadas de manera expresa en los mismos estatutos; en cambio, a las comisiones transitorias se las fija el consejo directivo o la asamblea general en el momento de su creación.

Requisitos de la Constitución
1. La legislación sobre asociacionismo de los distintos países exige para su constitución y pleno ejercicio determinados requisitos previos, ademas de condiciones en cuanto a objetivos, regulación interna y disolución. En líneas generales la mayor parte de las normas estatales requieren
2. Que haya un número mínimo de miembros para su constitución.
3. Que el acta de su creación y sus estatutos se presenten o, en su caso, sean aprobados, ante o por un órgano de la administración pública.4. Que las normas internas de funcionamiento establezcan, al menos, un Presidente, un órgano ejecutivo de dirección y una asamblea general compuesta por todos los miembros.
5. Que el procedimiento de elecciones internas se ajuste a un mínimo de reglas democraticas.
6. Que exista una contabilidad de libre acceso a los socios y la administración.
7. Que se determine el destino de los bienes propios en caso de disolución.

En algunos países las asociaciones civiles pueden realizar todo tipo de actividades, incluso mercantiles, con tal de que no constituyan el grueso de su actividad social.

La asociación civil se forma según el artículo 2670 del Código Civil Federal, cuando varios individuos convienen en reunirse, de manera que no sea enteramente transitoria, para realizar un fin común que no esté prohibido por la ley y que no tenga caracter preponderantemente económico.

La asociación constituye una persona moral con capacidad jurídica distinta de la de sus asociados. (Articulo 25 Frac. VI del CCF)
Contrato celebrado entre dos o mas socios, mediante el cual aportan recursos, esfuerzos, conocimientos o trabajo, para realizar un fin licito de caracter preponderantemente económico, pero que no constituya una especulación comercial. (Artículo 2688 CCF).
La sociedad civil constituye una persona moral con capacidad jurídica distinta de la de sus socios. (Articulo 25 Frac. III del CCF)

Asociaciones religiosas
Titulo segundo de las asociaciones religiosas
Capítulo primero

De su naturaleza,constitución y funcionamiento
ARTICULO 6o.- Las iglesias y las agrupaciones religiosas tendran personalidad jurídica como
Asociaciones religiosas una vez que obtengan su correspondiente registro constitutivo ante la Secretaría de Gobernación, en los términos de esta ley.
Las asociaciones religiosas se regiran internamente por sus propios estatutos, los que contendran las bases fundamentales de su doctrina o cuerpo de creencias religiosas y determinaran tanto a sus representantes como, en su caso, a los de las entidades y divisiones internas que a ellas pertenezcan.
Dichas entidades y divisiones pueden corresponder a ambitos regionales o a otras formas de organización autónoma dentro de las propias asociaciones, según convenga a su estructura y finalidades, y podran gozar igualmente de personalidad jurídica en los términos de esta ley.
Las asociaciones religiosas son iguales ante la ley en derechos y obligaciones.

ARTICULO 7o Los solicitantes del registro constitutivo de una asociación religiosa deberan acreditar que la iglesia o la agrupación religiosa:
I. Se ha ocupado, preponderantemente, de la observancia, practica, propagación, o instrucción de una doctrina religiosa o de un cuerpo de creencias religiosas;
II. Ha realizado actividades religiosas en la República Mexicana por un mínimo de 5 años y cuenta con notorio arraigo entre la población, ademas de haber establecido su domicilio en la República;
III. Aporta bienes suficientes para cumplir con su objeto;
IV.
Cuenta con estatutos en los términos delparrafo segundo del artículo 6o.; y,
V. Ha cumplido en su caso, lo dispuesto en las fracciones I y II del artículo 27 de la Constitución.
Un extracto de la solicitud del registro al que se refiere este precepto debera publicarse en el Diario Oficial de la Federación.

ARTICULO 8o.- Las asociaciones religiosas deberan:
I. Sujetarse siempre a la Constitución y a las leyes que de ella emanan, y respetar las instituciones del país;
Fracción reformada DOF 24-04-2006
II.- Abstenerse de perseguir fines de lucro o preponderantemente económicos;
Fracción reformada DOF 24-04-2006, 19-08-2010
III. Respetar en todo momento los cultos y doctrinas ajenos a su religión, así como fomentar el dialogo, la tolerancia y la convivencia entre las distintas religiones y credos con presencia en el país, y Fracción adicionada DOF 24-04-2006. Reformada DOF 19-08-2010.
IV. Propiciar y asegurar el respeto integral de los derechos humanos de las personas.
Fracción adicionada DOF 19-08-2010.

ARTICULO 9o Las asociaciones religiosas tendran derecho en los términos de esta ley y su reglamento, a:
I. Identificarse mediante una denominación exclusiva;
II. Organizarse libremente en sus estructuras internas y adoptar los estatutos o normas que rijan su sistema de autoridad y funcionamiento, incluyendo la formación y designación de sus ministros;
III. Realizar actos de culto público religioso, así como propagar su doctrina, siempre que no se contravengan las normas y previsiones de éste y demas ordenamientos aplicables;IV. Celebrar todo tipo de actos jurídicos para el cumplimiento de su objeto siendo lícitos y siempre que no persigan fines de lucro;
V. Participar por sí o asociadas con personas físicas o morales en la constitución, administración, sostenimiento y funcionamiento de instituciones de asistencia privada, planteles educativos e instituciones de salud, siempre que no persigan fines de lucro y sujetandose ademas de a la presente, a las leyes que regulan esas materias;
VI. Usar en forma exclusiva, para fines religiosos, bienes propiedad de la nación, en los términos que dicte el reglamento respectivo; y,
VIII. Disfrutar de los demas derechos que les confieren ésta y las demas leyes.

ARTICULO 10.- Los actos que en las materias reguladas por esta ley lleven a cabo de manera habitual persona, o iglesias y agrupaciones religiosas sin contar con el registro constitutivo a que se refiere el artículo 6o, seran atribuidos a las personas físicas, o morales en su caso, las que estaran sujetas a las obligaciones establecidas en este ordenamiento. Tales iglesias y agrupaciones no tendran los derechos a que se refieren las fracciones IV, V, VI y VII del artículo 9o. de esta ley y las demas disposiciones aplicables.
Las relaciones de trabajo entre las asociaciones religiosas y sus trabajadores se sujetaran a lo dispuesto por la legislación laboral aplicable.

Sociedades de beneficencia pública y privada

Beneficencia
Conjunto de instituciones públicas o privadas que ayudan de manera desinteresada a las personas quecarecen de recursos económicos: los indigentes estan a merced de la beneficencia pública.

La beneficencia se caracteriza por los siguientes caracteres (según Beltran Aguirre):
I. Progresiva estabilización, recayendo la responsabilidad sobre las corporaciones locales.
II. El individuo es autosuficiente( propio del pensamiento liberal)
III. Perdida del caracter graciable, aunque no de la gratuidad
IV.
Los sujetos pasivos se encuadran en los pobres verdaderos, aquellos cuya situación de indigencia es voluntaria.
V. Objetivo: cubrir prestaciones sanitarias y socio asistenciales.
VI. Posee organización administrativa.

REGLAMENTO DE LA LEY SOBRE FUNDACIONES Y ASOCIACIONES DE BENEFICENCIA E INSTRUCCIÓN PÚBLICA EN EL ESTADO

TITULO PRIMERO
DE LAS FUNDACIONES

CAPITULO I
NATURALEZA, OBJETO Y PERSONALIDAD DE LAS FUNDACIONES

ARTICULO 1º. Las fundaciones de beneficencia son públicas y privadas.

ARTICULO 2º. Son públicas las establecidas por el Gobierno del Estado con fondos que para este
Objeto y mediante Ley expresa haya acordado el Congreso del mismo.

ARTICULO 3º. Son privadas las que establecen los particulares filantropos, individualmente o asociados, con sus propios bienes, en los términos de los artículos 1º., 2º. y 3º., y demas relativos de la Ley del 12 de diciembre del presente año a que corresponde este reglamento.

ARTICULO 4º. Tanto las fundaciones de beneficencia pública como las de beneficencia privada, tienen el caracter de permanentes.

ARTICULO 5º. Lasfundaciones de beneficencia pública tendran la personalidad que les concede la ley especial que respecto de ellas se expida, y en cuanto a su administración se regiran por lo que la misma disponga.

ARTICULO 6º. Las fundaciones de beneficencia privada constituidas conforme a la ley de 12 de Diciembre del año en curso, tienen personalidad jurídica y por tanto estan legalmente capacitadas para adquirir bienes y derechos, contraer obligaciones y comparecer en juicio ante toda clase de autoridades, sin mas limitaciones que las establecidas por el artículo 27 de la Constitución General de la República.

ARTICULO 7º. Son objeto de las fundaciones de beneficencia privada, el establecimiento y dotación de hospitales, orfanatorios, manicomios, casas de expósitos, montepíos, casas de ahorro, y en general todo asilo u obra que tenga por objeto sostener a las clases menesterosas o desvalidas, el establecimiento y dotación de casas por instrucción primaria, la educación moral, la enseñanza de artes útiles y el 2establecimiento y dotación de colegios, institutos y bibliotecas para la enseñanza o cultivo de las ciencias, letras o bellas artes.

Conclusión

Qué es sociedad: 'Es un gran número de seres humanos que obran conjuntamente para satisfacer sus necesidades sociales y que comparten una cultura común'.

Que sus principales características son las siguientes: constituyen una unidad demografica, existe dentro de una zona geografica común, esta constituida por grandes grupos que se diferencian entre sí por su función social, secompone de grupos de personas que tienen una cultura semejante, debe poderse reconocer como una unidad que funciona en todas partes, debe poderse reconocer como unidad social separada.

Es pertinente y de incuestionable valor social, sugerir un modelo nacional de asistencia social, involucrando instituciones públicas y privadas en el que se respeten los intereses y necesidades de las sociedades receptoras de servicios.

Se sugiere efectuar una compilación de legislación asistencial en la República, y hacer un inventario de instituciones y funciones asistenciales como base para la elaboración de un Programa Nacional de Asistencia Social, en el cual la prioridad sea el derecho a recibir atención y ayuda en estado de necesidad.

La dispersión de acciones facilita que muchos esfuerzos queden como aisladas cuyo valor sería mucho mas aprovechable al aliarse y formar una cadena. Con la coordinación se articula la asistencia social.
Conviene, con absoluto respeto a la soberanía de los Estados, normar la coordinación de acciones, a nivel federal y estatal, para obtener resultados óptimos. La coordinación evitaría soluciones alejadas unas de otras o aisladas entre sí

Bibliografía

www.mop.com.mx/mapa_files/Asociacion_y_Sociedad_Civil.doc

https://200.57.142.114/archivos/filemanager/leyes/Reglamentos_en_el_Estado/R_dela_LeySobreFundaciones_yAsocdeBeneficencia_eInstruccionPub.pdf

www.pgasc.com/ccpm/5a_semana/no.ppt
https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/24.pdf

https://es.thefreedictionary.com/beneficencia


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