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Aspectos políticos de la Venezuela Colonial



La capitanía general de Venezuela se crea en 1777, mediante la orden del rey Carlos III de España, a través de la Real cédula la cual separa a las provincias de Cumana, Maracaibo, Guayana, Trinidad y Margarita del virreinato de la Nueva Granada, y son asignadas a la Capitanía General de Venezuela en el ambito militar, en el ambito Judicial a la Audiencia de Santo Domingo y en lo hacendístico a la Intendencia de Caracas.
Chuecos (1945). “La Capitanía General de Venezuela. Por la Real Cédula del año siguiente, 8 de septiembre de 1777, el mismo Rey don Carlos Tercero, atendiendo a diversas representaciones que le habían dirigido el virrey de Santa Fé y los Gobernadores de Guayana y Maracaibo, sobre los inconvenientes que tanto a las referidas provincias, como a la de Cumana e Islas de Margarita y Trinidad, se ocasionaban con su unión al Virreinato, por la distancia a que se hallaban de Santa Fé; tuvo por conveniente resolver la absoluta separación de las nombradas Provincias e Islas del referido Virreinato, y agregarla en lo gubernativo y militar a la Capitanía General de Venezuela”.




La creación de la Capitanía General de Venezuela fue gracias en gran manera al éxito logrado por la Compañía Guipuzcoana al comercializar el cacao venezolano en tierras españolas, lo que hizo que la actual ciudad capitalina de Caracas tuviera gran importancia desde ese momento y la economía secentralizara paulatinamente hasta llegar a ser la maxima economía del país. Según Ramón Díaz (1887) “…Con la explotación del cacao Venezuela se convirtió en 'el mas próspero dominio agrícola que España tuvo en América…”.
Vitale (2010) “ Con el auge del cacao, Venezuela fue uno de los centros mas codiciado por las potencias europeas dedicadas al trafico de esclavos. La explotación del cacao se realizaba bajo relaciones esclavistas de producción, que determinaron una compra de mas de 40.000 esclavos en el siglo XVIII, que sumados a los anteriores y a los introducidos por vía de contrabando daban un total de 87.000 a fines de la colonia”.
La organización política de lo que posteriormente llegaría a ser la Capitanía General de Venezuela, es muy variada durante la época colonial. Esto se debe a diferentes razones, la primera es que los poderes públicos coloniales estaban separados y muchas veces ejercidos desde distintos lugares, así pues, hay que diferenciar entre el poder político, el poder militar, el poder judicial y la hacienda pública. De esta manera una provincia podía depender políticamente y militarmente de España, en lo respecta a la hacienda podía depender, de otra provincia mas importante y en lo judicial de la Real Audiencia de Santo Domingo.


En 1777, son seis las provincias, autónomas: Venezuela o Caracas, Cumana, Guayana, Maracaibo, Trinidad y Margarita, que conformaban la Capitanía General de Venezuela,todas ellas en lo político dependientes del Virreinato de Santa Fé, representando a cada provincia estaba su gobernador y capitan general. Según Bastardo (1979) “ A la Cabeza de cada provincia, su gobernador y Capitan General, también con atribuciones mucho mas amplias que las de tipo exclusivamente militar que en España incumbían a los nombrados, recibe órdenes del virrey de Santa Fe, o del presidente de la Audiencia de Santo Domingo, según los tiempos y casos”.


Para entender de manera integral el funcionamiento de la administración en la Capitanía General de Venezuela, conviene precisar cuales eran las atribuciones que tenían los gobernadores y Capitan General designados en las provincias, siguiendo una división en las siguientes materias. (Gobierno, Justicia, Hacienda y Guerra). Según el autor Méndez (2002). “En lo gubernativo: conformar las elecciones para alcaldes ordinarios realizadas en cada Cabildo de su jurisdicción, otorgar los permisos necesarios para la función de nuevos centros poblados resolver los conflictos surgidos entre funcionarios bajo su autoridad (…) En lo judicial: administrar la justicia en lo civil y criminal, colaborar en la ejecución de las sentencias dictadas por la Real Audiencia de la que dependía su provincia, consultar con las real audiencia aquellos casos difíciles, o que por su gravedad necesitarían la intervención del maximo tribunal (…) En lo hacendístico: vigilar la recaudaciónde los tributos exigidos por la Real Audiencia, dictar las medidas necesarias para hacer frente a la practica ilegal del comercio (…) En lo militar: tomar las previsiones necesarias parar la defensa del territorio a su cargo en caso de ataques externos, nombrar a los oficiales requeridos en cada una de las plazas de su jurisdicción, velar por el buen estado de y conservación de las fortalezas y demas edificaciones militares”.
En cuanto La institución armada de la Capitanía General de Venezuela, con disciplina castrense, y armas de fuego, con derecho previsto en la capitulación, con obligación de prestarse auxilio, y solidaridad en la defensa contra piratas y contra la reacción indígena, fue en hecho la única organización militar que mantuvo la Capitanía General de Venezuela desde su momento de creación, hasta 1810 cuando se forma la Junta Suprema de Caracas, en si la Capitanía no tuvo un ejército propiamente dicho. El poder militar en cada provincia estaba sometido, a la autoridad del respectivo gobernador y capitan general. Información que nos amplia:


Bastardo (1979) “Los gobernadores podían reunir a los pobladores para tareas concretas y especiales de Justicia y defensa: eran las milicias, constituidas y armadas de manera transitoria; ellas cuando mucho, sumarian en todo el país unos diez mil hombres (…) hubo milicias de Blancos, y milicias de Pardos el mando se confiaba a lo ricos y a los nobles y ningún pardo podíasubir mas alla del rango de Capitan”.
Al Sargento mayor y al Maestro de Campo correspondían, respectivamente la instrucción militar y las maniobras y simulacros del cuerpo armado, cada provincia tenía un Cabildo insular, que ere electo por los ciudadanos de cada ciudad y su deber era encargarse de los asuntos político-militares de la zona, velar por los vienes públicos y velar por los intereses de la comunidad.
Cuando el desarrollo de las colectividades reclamaba un centro de autoridad tutelar de ambito mayor en las provincias, es cuando entonces aparece en la Capitanía General de Venezuela al igual que en el resto de las colonias españolas, las Audiencias, estas en España eran tribunales inferiores cuyas decisiones podían ser examinadas por los Reales Cancilleres, estando sometido en todo caso a la palabra final del Soberano. En la Capitanía General de Venezuela así como en el resto de las colonias españolas, las audiencias ganan mayor relevancia; a estas les correspondían funciones judiciales en todas las ramas del Derecho, desde el derecho penal hasta el derecho civil e incluso el eclesiastico. También correspondía a estas audiencias, la supervisión y control de otras autoridades y le incumbía suplir las actividades de los altos funcionarios, haciendo las designaciones con caracter interino, esta potestad ejecutiva la ejercía la Audiencia en la Capitanía General, a través de su presidente.
Autor: Manuel Guerrero


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